TORNEO NACIONAL DE SELECCIONES DE LIGAS SUB 15 EDICIÓN 2018 - CLASE 2003 - REGLAMENTO
ASPECTOS GENERALES DEL CERTAMEN
1 – ORGANIZACIÓN
La organización del Torneo Nacional de Selecciones de Ligas Sub 15 2.018, Clase 2003, estará a cargo del Consejo Federal.
2 - OBJETIVO
Clasificar OCHO -8- Selecciones de Ligas (UNA -1- por cada Región), las que surgirán de conformidad con la Regionalización dispuesta por el Consejo Federal (Regiones: PATAGÓNICA –
BONAERENSE PAMPEANA (2) – CUYO – LITORAL SUR – LITORAL NORTE – CENTRO – NORTE), a las que se sumará, en forma directa en la Etapa Final la Liga que organice la misma.
3 – FECHA DE INICIO
Julio de 2018
4 – ESTADIOS
Los partidos del certamen deberán disputarse exclusivamente EN ESTADIOS AUTORIZADOS POR EL CONSEJO FEDERAL, no asistiendo facultad alguna en favor de las Ligas o de Presidentes de las mismas a disponer lo contrario.
Las Ligas serán las únicas responsables que los estadios autorizados no sean disminuidos en su capacidad o que sufran modificaciones o inconvenientes antes o durante la disputa del certamen que impidan el normal desarrollo de los encuentros programados. La transgresión a lo prescripto precedentemente, por parte de la Liga dará lugar al Consejo Federal a aplicar las siguientes penalidades, de conformidad con las responsabilidades que en cada caso surjan de los actuados pertinentes: multas, no participación en futuras ediciones del certamen (hasta cinco ediciones), amonestación y suspensión de afiliación.
Sin perjuicio de las autorizaciones emanadas del Consejo Federal, serán las Ligas las que deberán controlar que los respectivos estadios cuenten con la pertinente HABILITACION emanada de la Municipalidad u Organismos Oficiales competentes o con CERTIFICADO de APTITUD TECNICA expedido por Profesional Matriculado donde específicamente se certifique para que cantidad de espectadores es que se extiende tal habilitación o certificado y la habilitación otorgada por el Organismo de Seguridad Deportiva de cada provincia; corriendo por cuenta y riesgo de las Ligas los efectos y consecuencias, de cualquier índole, que pudieran sobrevenir por la inobservancia de tal exigencia.
5 - PROGRAMACION - Las Ligas, salvo comunicación en contrario, se ajustarán a la programación y fechas obrantes en el PROGRAMA DE PARTIDOS emanado del Consejo Federal.
6 - CAMBIO DE FECHAS - Para el cambio de fecha de cualquiera de los partidos (adelantar, pero nunca postergar), ambas Ligas (local y visitante) deberán hacer llegar su conformidad en tal sentido, con no menos de cinco (5) días de anticipación a la fecha elegida para llevar a cabo el partido.
7 - RESERVAS - El Consejo Federal se reserva el derecho de efectuar cualquier modificación de las fechas, horarios o estadios de los partidos cuando razones de fuerza mayor o de agilización del certamen así lo aconsejaren.
La transgresión a lo precedentemente establecido dará lugar a la adopción de las medidas disciplinarias que se estimen convenientes.