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Tribunal de Disciplina

LAS SANCIONES DE LA FECHA

CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 29/13 – 18/04/2013

1°) HACER LUGAR A LOS RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN PRESENTADOS POR LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES: CONCEPCIÓN FÚTBOL CLUB (TUCUMÁN); AGUILARES (TUCUMÁN); GUEMES DE SANTIAGO DEL ESTERO; DEPORTIVO MANDIYÚ DE CORRIENTES Y ANDINO SPORT DE LA RIOJA EN LOS EXPEDIENTES . (Todos, salvo Famaillá).

2°) DEJAR SIN EFECTO LA QUITA DE PUNTOS EFECTIVIZADA EN CADA EXPEDIENTE Y COMUNICAR AL CONSEJO FEDERAL LO AQUÍ RESUELTO. 

SANCIONES DEL VIERNES 19/04/2013
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 30/13 – 19/04/2013

EXPEDIENTE Nº 2077/13 – TORNEO ARGENTINO “A” 2012/1 3
APELLIDO Y NOMBRES LIGA CLUB SANCION ART
MOLINA, RUBEN ALEJANDRO TUCUMÁN *SAN MARTIN 1 208
AGUIRRE M., EXEQUIEL NICOLAS SALTA *JUV. ANTONIANA 1 208
GIANNACCINI, GERMAN TANDIL *SANTAMARINA 1 208
ALARCON, ALBERTO RICARDO OLAVARRÍA *RACING (O) 1 208
TOLEDO, ALEJANDRO DANIEL TUCUMÁN *SAN JORGE JRS 1 208
SALGUEIRO FOLCHI, GONZALO SAN LUIS *J. U. UNIVERSIT ARIO (S.L.) 1 204
UBIETA, IVAN A. -AUX- SAN LUIS *J. U. UNIVERSITARIO (S.L.) 3 186 260
ORDOÑEZ, DIEGO GASTON -AUX- SAN LUIS *J. U. UNIVERS ITARIO (S.L.) 4 186 260 48 A 1
SOLIS, PEDRO -AUX- TUCUMÁN *SAN MARTIN 2 186 260
LOPEZ, HECTOR EDUARDO TUCUMÁN *SAN MARTIN 2 200 A 1
ROLDAN, CARLOS -DT- TUCUMÁN *SAN MARTIN 3 186 260 48 A 1

NOTA: Las sanciones aplicadas a los directores técn icos y auxiliares pueden ser sustituídas por su equ ivalente en valor entradas (Art. 260, segundo párrafo del RTP).

VISTAS: PARTIDO Nº 02: CLUB JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO (S an Luis).

Buenos Aires, 19/04/2013

SANCIONES DEL VIERNES 19/04/2013

EXPEDIENTE Nº 2076/13 BIS – TORNEO DEL INTERIOR 2013
BUENOS AIRES, 18 DE ABRIL DE 2013.
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ARTICULOS
ARENA, FRANCO SAN JUAN ATENAS 1 PART. 208

 

EXPEDIENTE Nº 2075/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2012/13
APELLIDO Y NOMBRES LIGA CLUB SANCION ART
TEMPESTTI, MARTIN NUEVE DE JULIO **ONCE TIGRES 1 208
MERELLO, KERLY E. SAN NICOLÁS **LA EMILIA 1 208
VILLALBA, GUSTAVO MARTIN CORRIENTES **DEP. MANDIYU 1 208
CABRERA MENDEZ, JONNI Z. MERCEDES (C) **COMUNICACIONES 1 208
RODRIGUEZ, FERNANDO MATIAS SAN NICOLÁS **LA EMILIA 1 208
ANGELINETTI, NICOLAS S. SAN JORGE **SAN JORGE 1 208
GOMEZ VARAS, FAUSTO D. SANTA FE **SAN JUSTINO 1 208
SUAREZ, NICOLAS PARANA **BELGRANO 1 208
ROMERO, CLAUDIO OMAR RESISTENCIA **FONTANA 1 208
CARRIZO, ALEJANDRO JAVIER SAN JORGE **SAN JORGE 1 208
GOMEZ, HECTOR LUIS TUCUMÁN **AGUILARES 1 208
TOMMASINI, FEDERICO RÍO CUARTO **ALIANZA C.MOLDES 1 208
DIAZ, SAMUEL SANTIAGO DEL ESTERO **SARMIENTO LA BANDA 1 208
FUNES, DANIEL FEDERICO RÍO CUARTO **ATENAS R.C. 2 208 48 A 1
GIAMARCHI, DIEGO RUBEN SALTO **DEF. SALTO 1 208
PAUTASSO, NICOLAS SAN JUAN **PEÑAROL 1 208
RAMELLA TETAMANTI, DARIO H. SAN JUAN **PEÑAROL 1 208
QUITTET, ALAN ORLANDO C. DEL URUGUAY **AT. URUGUAY 1 208
ACOSTA, CRISTIAN C. DEL URUGUAY **AT. URUGUAY 1 208
CARRIZO, RUBEN DARIO C. DEL URUGUAY **AT. URUGUAY 1 208
STUBBE, OSCAR VIEDMA **PATAGONES 1 208
ESCOBAR, SERGIO DANIEL CONCORDIA **COLEGIALES 1 208
VEGA, ERIC F. SAN LUIS **ESTUDIANTES S.LUIS 1 208
MACIA, RODRIGO RIO COLORADO **INDEPENDIENTE RC 1 208
IGNACIO, HECTOR R. SAN RAMON - NUEVA ORAN **RIVER EMBARCACION 1 208
HERMAN, MAURO JESUS SAN RAMON - NUEVA ORAN **RIVER EMBARCACION 1 208
MILLARES, GABRIEL PEDRO SALTA **MITRE SALTA 1 208
VILLAN, DARIO OSCAR JUNÍN **VILLA BELGRANO 1 208
SANCHEZ, JUAN MANUEL CHIVILCOY **INDEPENDIENTE CH. 1 208
GUILINO, SANTIAGO CHIVILCOY **INDEPENDIENTE CH. 1 208
FERNANDEZ, DAVID L. MENDOZA **HURACAN L.HERAS 1 208
MOREIRA ALDANA, ROBERTO R. SAN LUIS **ESTUDIANTES S.LUIS 1 208
SCHNEIDER, MARCOS GENERAL PICO **ALVEAR FC 1 208
ORIETA, CARLOS RAMON SANTIAGO DEL ESTERO **SP. FERNANDEZ 1 208
PONCE, PEDRO (AUX) SAN RAMON - NUEVA ORAN **RIVER EMBARCACION 1 186 260
MEDINA, CARLOS ALBERTO JUJUY **AT. TALLERES 1 207
RUARTE, WILSON ELIO SAN JUAN **SP. DEL BONO 2 200 A 2
TAPIA, RICARDO MARCELO CATAMARCA **VILLA CUBAS 2 200 A 1
BARRIONUEVO, HUGO S. CATAMARCA **VILLA CUBAS 2 200 A 1
COSTA, WALTER M. SAN JUAN **TRINIDAD 1 202 B
GARAY, MAURO M. SAN JUAN **TRINIDAD 2 200 A 1
AGUILAR, DIEGO MARTIN CATAMARCA **VILLA CUBAS 2 186
CASTRO, JONATHAN CATAMARCA **VILLA CUBAS 1 207
GONZALEZ, NAHUEL A. SAN RAFAEL **HURACAN S.RAFAEL 1 207
LEITES, LUIS -AUX- MENDOZA **HURACAN L.HERAS 2 186 260 48 A 1
MARTINELLI, MATEO MARIANO RÍO CUARTO **ESTUDIANTES R.C. 1 201 B 1
GOMEZ, EMILIANO L. GENERAL PICO **ALVEAR FC 3 186
JAIME, CARLOS GENERAL PICO **ALVEAR FC 3 186 48 A 1
AUED, ESTEBAN -AUX- GENERAL PICO **ALVEAR FC 2 186 260
PUCHETA, MARTIN ARIEL MENDOZA **ANDES TALLERES 1 207
SANCHEZ, CRISTIAN E. CONCORDIA **LAS HERAS 1 207
NOTARIO, CESAR HUGO FORMOSA **SOL DE AMERICA 1 207
IRIBARREN, NAHUEL NICOLAS APOSTOLES **ROSAMONTE 1 207
VAZQUEZ, EMANUEL V. SANTA FE **SAN JUSTINO 2 200 A 8
ESPINOZA, JESUS N. SAN JORGE **SAN JORGE 1 207
BUENO, SEBASTIAN A. SANTA FE **SAN JUSTINO 2 200 A 11
COMBA, MARCOS M. SAN JORGE **SAN JORGE 1 201 A
PRADO, DIEGO FERNANDO SAN NICOLÁS **LA EMILIA 1 207
VALIENTE, MARIO CESAR SAN NICOLÁS **LA EMILIA 1 201 B 1
COSTAMAGNA, SANTIAGO RAFAELA **BEN HUR 1 207
PIZZICHINI, MATIAS CAÑADA DE GÓMEZ **SPORTIVO AT. 1 207
SILVA, HERNAN SALTO **DEF. SALTO 1 207
OLAECHEA, AGUSTIN TANDIL **GRUPO UNIV. 1 207
BOLCATO, LUCIO FABRICIO SAN CARLOS DE BARILOCHE **CRUZ DE SUR 1 207
MANSILLA, DIEGO OMAR SAN CARLOS DE BARILOCHE **CRUZ DE SUR 2 200 A 7
AZOCAR, LEANDRO A. SAN CARLOS DE BARILOCHE **CRUZ DE SUR 1 207
VEJAR, ADRIAN A. VIEDMA **PATAGONES 1 207
CABRERA, MATIAS OSCAR EMANUEL NEUQUEN **ALIANZA C-CO 1 207
BARRIONUEVO, GONZALO A NEUQUEN **ALIANZA C-CO 2 186
CARCAMO, JUAN RODRIGO COMODORO RIVADAVIA **J. NEWBERY C.R. 3 200 A 8 48 A 1
BEQUER URBANO, RODRIGO COMODORO RIVADAVIA **HURACAN C.R. 2 287 5
NOTA: En las sanciones que anteceden se aplicó el Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
Buenos Aires, 18/04/2013

 


EXPEDIENTE Nº 2074/13 – TORNEO DEL INTERIOR 2013
BUENOS AIRES, 18 DE ABRIL DE 2013.-
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ARTICULOS
ALVAREZ, DIEGO MAR DEL PLATA KIMBERLEY 2 PART. 200 INC. A 5
BALQUINTA, JUAN CARLOS AZUL AZUL ATLHETIC 2 PART. 200 INC. A 8
BUSTAMENTE, ARNALDO V. MERCEDES J. NEWBERY 1 PART. 207
CHAMBIQUE, EDUARDO PTO. RICO PAPEL MISIONERO 2 PART. 200 INC. A 11
CORDOBA, LUIS TINOGASTA TINOGASTA CTRAL. 1 PART. 207
CORNEJO, DIEGO GRAL. PICO RACING 1 PART. 207
DUGUINE, LUCIANO TRES ARROYOS INDEPENDENCIA 1 PART. 201 INC. B 1
GUERRA, HERMAN MENDOZA EMP. DE COMERCIO 2 PART. 200 INC. A 1
MAYOZ, MAXIMILIANO OLAVARRIA EL FORTIN 2 PART. 200 INC. A 3
MOLINA, XAVIER ROSARIO CNEL. AGUIRRE 2 PART. 200 INC. A 8
MUÑOZ, DANIEL C. CASARES BOCA 1 PART. 207
RAMOS, DIEGO PTO. RICO 25 DE MAYO 1 PART. 207
ROMERO, GASTON ROSARIO CNEL. AGUIRRE 2 PART. 200 INC. A 1
SALAS, CARLOS (AUX) TARTAGAL INDEPENDIENTE 2 PART. 186 y 260
SANABRIA PRIETO, RUDY (DT) TINOGASTA TINOGASTA CTRAL. 2 PART. 186 y 260
SOSA, OSCAR FORMOSA DEF. DE FORMOSA 1 PART. 207
TOLEDO, GONZALO MENDOZA ARGENTINO 1 PART. 207
VALLEDOR, JOSE CIPOLLETTI 25 DE MAYO 2 PART. 186
BARLESSI, JAVIER RESISTENCIA SAN MARTIN 1 PART. 208
FABIANO, NICOLAS LA PLATA NVA. ALIANZA 1 PART. 208
FIGUEROA, CRISTIAN RIO GALLEGOS PETROLERO 1 PART. 208
GARAY, MAURO PTO. RICO 25 DE MAYO 1 PART. 208
MARTINO, MATIAS SAN RAFAEL SAN MARTIN 1 PART. 208
MEDINA, CLAUDIO RIO GALLEGOS PETROLERO 1 PART. 208
MORINIGO, OSCAR LAS BREÑAS JUV. UNIDA 1 PART. 208
PARODI, FERNANDO AZUL AZUL ATHLETIC 1 PART. 208
RENDANI, SEBASTIAN LA PLATA NVA. ALIANZA 1 PART. 208
RUIZ DIAZ, NICOLAS CONCORDIA UNION VILLA JARDIN 1 PART. 208
SANCHEZ, DANIEL OLAVARRIA EL FORTIN 1 PART. 208
SEIFI, EMANUEL LAS BREÑAS JUV. UNIDA 1 PART. 208
VILCA, JOSE GRAL. GÜEMES UNION 1 PART. 208
NOTA: En las sanciones que anteceden se aplicó el Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
 

EXPEDIENTE Nº 1998/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2012/13
La Rocca Pte. de General Paz Jrs.-
///nos Aires, 16 de abril de 2013.-
AUTOS y VISTOS:
Para resolver la presente causa iniciada por la denuncia que presenta el árbitro en su informe, del que resulta y
CONSIDERANDO:
1°) El árbitro del partido informó que durante todo el partido recibió maltrato y atropello del señor presidente de club local.
Que en el entretiempo del partido hasta intentó agredirlo; que lo amenazo que no saldría de Córdoba, que personalmente le desfiguraría la cara.
2°) El Tribunal dio traslado de la denuncia, al Presidente del Club General Paz Jrs, quien se presentó a fs 11 y respondió la denuncia en su contra.-
Manifestó que no tenía referencia clara de quien es la persona a la que se refiere el árbitro y considera que hay un error o confusión pues no estuvo en ese lugar.
3°) Que de las evidencias que se colectaron, y con las que tiene el Tribunal que emitir el fallo, no surge con la claridad necesaria la individualización de la persona, o sus rasgos fisonómicos; como asimismo nombre del encargado de
seguridad para solicitar informes.
Del mismo modo en estos hechos que aparecen en la denuncia como graves no se entiende porqué los árbitros asistentes no elaboran informes que puedan ilustrar al Tribunal pues alguno pudo aportar datos de interés.
Así las cosas surge para este Tribunal una duda insuperable por faltas de pruebas y con ello no puede sustentarse en un pronunciamiento condenatorio.
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) ABSOLVER POR EL BENEFICIO DE LA DUDA AL PRESIDENTE DEL CLUB ATLÉTICO GENERAL PAZ JUNIOR’S, SERGIO LA ROCCA DE LA DENUNCIA INTERPUESTA EN SU CONTRA. (ART. 2, 32 Y 39 DEL R.T.P.).
2°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE
.


EXPEDIENTE Nº 2037/13 – TORNEO ARGENTINO “A” 2012/13
Dávola Pte. de Tiro Federal informado.
Buenos Aires, 16 de abril de 2013.
AUTOS y VISTOS:
Para resolver la presente causa iniciada por el informe que presenta el árbitro, del que resulta y
CONSIDERANDO:
1°) El juez del encuentro da cuenta que, una vez terminado, el señor presidente del Club Tiro Federal Carlos Dávola, invade el vestuario de los árbitros y empieza a gritarle, vociferando que haría lo imposible para que no dirija más; además, señala que lo provocó y lo invitó a pelear. Motivo por el cual, debió ser separado por otros dirigentes.
2°) El Tribunal dio traslado de la denuncia al Presidente del Club Tiro Federal Argentino, quien se presentó a fs 8 y negó lo denunciado por el árbitro.
Manifestó en su alegato que luego de finalizado el partido se constituyó en el vestuario del árbitro solicitó autorización para ingresar, saludo a los asistentes por su tarea y al árbitro le expresó su disconformidad, por como había dirigido.
3°) No habiendo realizado los asistentes un informe como lo indica el art. 2 del R.T.P. ni tampoco rubricado el presentado por el árbitro, surge para este Tribunal una duda insuperable por faltas de pruebas y, por tal situación, no corresponde sustentarse en un pronunciamiento condenatorio.
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) ABSOLVER POR EL BENEFICIO DE LA DUDA AL PRESIDENTE DEL CLUB TIRO FEDERAL ARGENTINO DE ROSARIO, CARLOS DANIEL DÁVOLA, DE LA DENUNCIA INSTAURADA EN SU CONTRA. (ART. 2, 32 Y 39 DEL R.T.P.).
2°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.


EXPEDIENTE Nº 2049/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2012/13
El Linqueño reconsideración.
///nos Aires, 18 de abril de 2013.-
AUTOS y VISTOS:
Para resolver el recurso de reconsideración interpuesto por el Club El Linqueño, de Lincoln (Buenos Aires), del que resulta y
CONSIDERANDO:
El Club alega que no presentó descargo en su momento pues entendió que el traslado conferido lo era únicamente por la expulsión de su preparador físico.
Manifiesta que a su parecer la sanción resulta desproporcionada en relación a otros casos dictados por este Tribunal.-
Además señala que fueron sancionados económicamente en forma grave por la APREVIDE. (Agencia de seguridad de la Provincia de Buenos Aires).-
Que el Tribunal modificará la sanción impuesta que será de 100 entradas por dos fechas las que se dejaran en suspenso. (Art. 32, 63 y 80 del R.T.P.).-
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) HACER LUGAR A LA RECONSIDERACIÓN Y SANCIONAR AL CLUB EL LINQUEÑO CON PENA DE MULTA DE 100 ENTRADAS POR DOS FECHAS, LAS QUE SE DEJAN EN SUSPENSO. (ART. 32, 33, 40 Y 80 DEL R.T.P.).-
2°) NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.


EXPEDIENTE Nº 2060/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2012/13
Reconsideración de Concepción Fútbol Club (Tucumán); Aguilares (Tucumán); Guemes Santiago del Estero; Deportivo Mandiyú de Corrientes y Andino Sport de la Rioja.
///nos Aires, 17 de abril de 2013.
AUTOS y VISTOS:
Para resolver el pedido de reconsideración efectuado por Concepción Fútbol Club en relación al fallo dictado de este Tribunal del día 11 de abril, y publicado en el boletín oficial 27/13, por el que se hizo efectiva la suspensión del club por no pago de árbitros, del que resulta y
COSIDERANDO:
1°) El Tribunal en el boletín 27/13, del 11 del abril, sancionó por deuda de aranceles de árbitros a los equipos de Concepción Fútbol Club (Tucumán); Aguilares (Tucumán); Guemes Santiago del Estero; Deportivo Mandiyú de Corrientes y Andino Sport de la Rioja. En los expedientes 2060/13; 2062/13; 2066/13; 2069/13 y 2068/13.
En cada uno de los expedientes se mandó descontar 54, 45, 45; 3 y 21 puntos respectivamente a los clubes señalados.
Los clubes sancionados han presentado en término pedidos de reconsideración de la sanción de quita de puntos alegando haber abonado a los árbitros las sumas indicadas.
Por tratarse del mismo objeto perseguido por los clubes, esto es que se revea o reconsidere la sanción impuesta, por economía procesal se resolverá la cuestión en este expediente con copia certificada en cada uno de los demás
legajos indicados.-
2°) Ingresados que fueron a cada expedientes los reclamos de reconsideración a la sanción impuesta, este Tribunal en fecha 16 de abril requirió por nota al Consejo Federal informe si los clubes peticionarios habían abonado los aranceles adeudados a los árbitros.-
El Consejo Federal respondió haciendo saber que los clubes Concepción Fútbol Club (Tucumán); Aguilares (Tucumán); Guemes Santiago del Estero; Deportivo Mandiyú de Corrientes y Andino Sport de la Rioja, abonaron los montos adeudados correspondientes a aranceles arbitrales por los encuentros del Torneo Argentino “B” 2012/13. (fs 13).-
3°) El recurso de reconsideración se encuentra previsto en el artículo 40 segundo apartado del R.T.P. y habilita reconsiderar fallos del Tribunal a pedido de parte.-
Que las motivaciones expuestas por cada club como sustento del recurso se encuentran corroboradas con la comunicación del Consejo Federal.-
Pues entonces, acreditado que no existen deudas de los clubes sancionados por concepto de aranceles de árbitros será reconsiderado el fallo y dejado sin efecto el descuento de puntos.-
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) HACER LUGAR A LOS RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN PRESENTADOS POR LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES: CONCEPCIÓN FÚTBOL CLUB (TUCUMÁN); AGUILARES (TUCUMÁN); GUEMES DE SANTIAGO DEL ESTERO; DEPORTIVO MANDIYÚ DE CORRIENTES Y ANDINO SPORT DE LA RIOJA EN LOS EXPEDIENTES 2060/13; 2062/13; 2066/13; 2069/13 Y 2068/13 SOBRE LA QUITA DE 54, 45, 45; 3 Y 21 PUNTOS RESPECTIVAMENTE.
2°) DEJAR SIN EFECTO LA QUITA DE PUNTOS EFECTIVIZADA EN CADA EXPEDIENTE Y COMUNICAR AL CONSEJO FEDERAL LO AQUÍ RESUELTO. (ARTS. 32, 33 DEL R.T.P.)
3°) OBTÉNGASE COPIA DE LA PRESENTE Y CERTIFICADA POR EL ACTUARIO AGRÉGUESE A CADA EXPEDIENTE.
4°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.-


MIEMBROS PRESENTES: Esc. Carlos E. De Giacomi; Dr. Antonio Carbone; Dr. Miguel Rossi y Dr. Roberto Torti.-

Jueves 18 de abril de 2013, 17:45

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marcial jorge · Jueves 18 de abril de 2013, 23:16 · Citar
son todos corruptos y entre ellos se entienden ladrones sinverguensa espero que puedan arreglar los errores cometidos por el bien de los clubes perjudicados
Nico - L.R · Jueves 18 de abril de 2013, 22:30 · Citar

Claudio sabes algo sobre la supuesta invitacion de nuevo para Andino y algun chileciteño?

RTA: NO SE NADA MUCHACHOS SOBRE INVITACIONES, ANULACIONES DE DESCENSO, NI NADA DE ESO, PORQUE AUN ESTAN JUGANDO EL TDI. ABRAZO

guille · Jueves 18 de abril de 2013, 19:36 · Citar

claudio siempre te felicite por la pagina pero ahora no pienso lo mismo puesto que sigo esperando la desicion que tomaron con tesorieri de la rioja ,no me digas que no van a hacer nada despues de semejante quilombo pero en cambio si sacaron la erronea quita de puntos al andino sport club que cumplio con todos los pagos estipulados por ustedes no pueden perjudicar asi a las instituciones y cubrir la violencia como lo hizo tesorieri pero bue...asi estamos en nuestro querido futbol,estan apañando la violencia aca se sabe que el presidente de nuestra liga que tambien fue presidente de ese club viajo a bs as o casualidad cuando tenia que salir dicha pena.

RTA: GUILLE, CON TODO RESPETO, QUE TIENE QUE VER LA PAGIN CON ESTO....TE REFERIS "PAGOS ESTIPULADOS POR USTEDES" "ESTAN APAÑANDO LA VIOLENCIA"

GUILLE SOMOS UNA PAGIN DE FUTBOL, NO LA AFA NI EL CONSEJO FEDERAL. PUBLICAMOS LO QUE ELLOS DICTAMINA, ESTE PLANTEO SE LO DEBERIAS HACER A ELLOS

ABRAZO. CLAUDIO

mari · Jueves 18 de abril de 2013, 18:10 · Citar
es una falta de respeto y poca seriedad lo que hicieron tendria que haberse verificado antes de dar esa resolucion, se juega con la ansiedad de los equipos que estan por desender, y hoy se acabo la ilusion de seguir en el torneo como river de embarcacion, me gustaria que se tome en cuenta equipos como este con tanto publico que lo sigue y con una cancha digna para este torneo y para la proxima verifiquen todo antes confundir porque el futbol es un sentimiento y como tal se tiene que entender