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Tribunal de Disciplina

LAS SANCIONES DE LA FECHA

CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 73/13 – 31/10/2013
EXPEDIENTE Nº 2234/13 – TORNEO ARGENTINO “A” 2013/14
APELLIDO Y NOMBRES LIGA CLUB SANCION ART
ERRAMUSPE, ESTEBAN G OLAVARRÍA *RACING (O) 1 208
LABAKE, JORGE FERNANDO SAN LUIS *J. U. UNIVERSITARIO (S.L.) 1 208
SUSO, GASTON SALTA *GIMNASIA Y TIRO 1 208
ZAMBRANO, FRANCO TUCUMÁN *SAN JORGE JRS 1 208
VISCONTI, ALDO LUIS RESISTENCIA *CHACO FOR EVER 1 208
ZBRUN, MAXIMILIANO MARIO ROSARIO *TIRO FEDERAL 1 208
RAMASCO, DANIEL ESTEBAN SANTIAGO DEL ESTERO *CTRAL. CORDOBA 1 208
CORDOBA, LUCIANO DAMIAN SALTA *JUV. ANTONIANA 1 202 B
BOGGIO, ALBERTO -AUX- SALTA *JUV. ANTONIANA 2 287 5 260 48 A 1
BIANCO, JOSE MARIA -DT- POSADAS *GUARANI A. F. 4 200 A 11 260 48 A 1
FERNANDEZ, HERNAN RAUL SALTA *JUV. ANTONIANA 3 200 A 8
RAMIREZ RIASCOS, ANDRES M. GUALEGUAYCHU *JUV. UNIDA 1 207
ALARCON, WALTER A. RESISTENCIA *CHACO FOR EVER 2 186
BERNASCONI, OSVALDO -DT- TUCUMÁN *SAN JORGE JRS 2 186 260 48 A 1
RODRIGUEZ, JUAN -AUX- TUCUMÁN *SAN JORGE JRS 2 186 260 48 A 1
VILLEGAS, MAURO DARIO COMODORO RIVADAVIA *C.A.I. 3 200 A 5
MANSO, EMILIANO -AUX- COMODORO RIVADAVIA *C.A.I. 1 186 260
GIMENEZ, FABIO RODRIGO TRELEW *SDG.BROWN 1 201 A
GIMENEZ, DIEGO ARMANDO TRELEW *SDG.BROWN 1 202 B
SEGUEL, NELSON J. COMODORO RIVADAVIA *C.A.I. 1 202 B
SPERDUTTI, LUIS -AUX- MENDOZA *DEP. MAIPU 3 186 260 48 A 1
SPERDUTTI, CARLOS CESAR -DT- MENDOZA *DEP. MAIPU 2 186 260
CORRENTE, MARCELO -AUX- MAR DEL PLATA *ALVARADO 1 186 260
JOVAS, MIGUEL A. -AUX- MENDOZA *DEP. MAIPU 2 186 260
STANG, GASTON FELIPE SAN LUIS *ESTUDIANTES S.LUIS 1 207
NOSEI, MAURICIO -AUX- TANDIL *SANTAMARINA 1 186 260
BLANCO, MILTON DARIO OLAVARRÍA *RACING (O) 1 207
REINOSO, EMANUEL SAN LUIS *J. U. UNIVERSITARIO (S.L.) 3 200 A 3
NOTA: Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituídas por su equivalente en valor
entradas (Art. 260, segundo párrafo del RTP).
Buenos Aires, 31/10/2013
 
EXPEDIENTE Nº 2225/13 - TORNEO ARGENTINO “B” 2013/14
APELLIDO Y NOMBRES LIGA CLUB SANCION ART
AMARILLO, ELIAS TOMAS COLON (ER) **ACHIRENSE 1 208
KILLER, GABREIEL A. ROSARIO **CORONEL AGUIRRE 1 208
FERRI, GUIDO A. RIO COLORADO **DEF. BUENA PARADA 1 208
BRUNO, EMILIANO PERICO DEL CARMEN **MONTERRICO S.V. 2 200 A 3
ARRU, RAMIRO DEL LUJAN JOAQUÍN V. GONZÁLEZ **RIO DORADO 1 207
SAAVEDRA, JAIRO P. JUJUY **TALLERES PERICO 1 207
ALZOGARAY, JONATAN FEDERICO GRAL. GÜEMES **LIBERTAD C.SANTO 1 207
GOMILA, JOSE GABRIEL CERRILLOS **AT. CHICOANA 1 205 D
RIVERO, CARLOS LUIS CATAMARCA **AT. POLICIAL 1 207
ARANCIBIA, MARCELO -AUX- SAN JUAN **SP. DESAMPARADOS 2 200 A 11 260
ALANIZ, MARTIN FIDEL SAN JUAN **ALIANZA 2 186
CABELLO, VICTOR -DT.- SAN JUAN **SP. DESAMPARADOS Susp.Prov. 22
SOTTILLE VILLERA, NICOLAS L. SAN JUAN **SP. DESAMPARADOS 1 201 B 4
GOMEZ, DANIEL ALEJANDRO SAN JUAN **SP. DESAMPARADOS Susp.Prov. 22
QUIROGA, ESTEBAN -AUX- SAN JUAN **ALIANZA 2 200 A 11 260
FERNANDEZ LUCERO, CARLOS SAN JUAN **TRINIDAD 1 207
VILLALON, MARIO EZEQUIEL SAN RAFAEL **HURACAN S.RAFAEL 1 207
RUIZ, RUBEN DARIO SAN RAFAEL **HURACAN S.RAFAEL 1 201 B 1
CASTRO, MARIO -AUX- MENDOZA **SAN MARTIN MZA 1 186 260
DERIMAIS, MARIO -AUX- MENDOZA **SAN MARTIN MZA 1 186 260
ESPINOSA, GUSTAVO JAVIER SAN RAFAEL **SAN MARTIN M.COMAN 2 200 A 8
ALTAMIRANO, LEANDRO CÓRDOBA **LAS PALMAS 1 207
DIAZ, HECTOR DAVID SAN FRANCISCO **9 DE JULIO (M) 1 207
GAIDO, DANIEL -DT- SAN FRANCISCO **9 DE JULIO (M) 2 186 260
CEBALLOS LLANOS, JUAN PABLO LA RIOJA **INDEPTE LA RIOJA 1 287 5
LUNA, JUAN ANTONIO LA RIOJA **INDEPTE LA RIOJA 1 201 B 4
MARTINEZ, MARTIN L. CÓRDOBA **GRAL. PAZ JRS. 2 200 A 2
VEZZANI, SEBASTIAN CÓRDOBA **RACING (C) 2 200 A 7
TROILO, SEBASTIAN EDUARDO CÓRDOBA **ARGENTINO PEÑAROL 1 207
ROSENDO DE SOUSA, FILHO F. CORRIENTES **TEXTIL MANDIYU 2 201 B 1 287 5
AUGUSTO, IVAN R. -AUX- CORRIENTES **TEXTIL MANDIYU 2 186 260
ZARACHO, RODRIGO EMMANUEL GOYA **HURACAN GOYA 1 207
ACEBO, MANUEL O. GOYA **HURACAN GOYA 1 207
GOMEZ, GUILLERMO GUSTAVO CORRIENTES **TEXTIL MANDIYU 1 201 B 4
SEMINO, FACUNDO ADRIAN OBERA **EX ALUMNOS ESC. 185 2 200 A 8
GALEANO, ADRIAN MARCELO FORMOSA **SP. PATRIA 2 200 A 1
FERNANDEZ, ALFREDO JAVIER -AUX- RESISTENCIA **FONTANA 2 186 260
AMARAL, FRANCO MARTIN FORMOSA **INDEPTE FORMOSA 2 200 A 8
CASARETTO, FABIAN -AUX- VENADO TUERTO **RIVADAVIA V.T. 2 287 5 260
MONTOLLA, FLAVIO -AUX- VILLA MARÍA **ALUMNI 1 287 5 260
PALAVECINO, DARIO A. COLÓN **SP BARRACAS 1 207
LEGUIZAMON, ANDRES COLÓN **SP BARRACAS 1 207
BLANCO, ALCIDES JUAN AYACUCHO **SARMIENTO AYACUCHO 1 201 B 1
VALLI, LEONARDO JESUS OLAVARRÍA **FERROCARRIL SUD 1 207
MURAD, JUAN GILBERTO VIEDMA **VILLA CONGRESO 1 201 B 1
MELLADO, UBALDO IVAN RIO COLORADO **DEF. BUENA PARADA 2 200 A 3
LOPEZ, LUCAS GONZALO RIO COLORADO **DEF. BUENA PARADA 2 186
GALAN, HECTOR TRELEW **GERMINAL 2 200 A 1
NOTA: En las sanciones que anteceden se aplicó el Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
VISTAS:
PARTIDO Nº 13: DANIEL GÓMEZ - Club Desamparados (San Juan);
PARTIDO Nº 13: VICTOR CABELLO -DT- Club Desamparados (San Juan);
PARTIDO Nº 15: ADRIÁN ARGUMENDO - Directivo - Club Leonardo Murialdo
(Mendoza).
Buenos Aires, 31/10/2013
 
 
EXPEDIENTE Nº 2228/13 - TORNEO ARGENTINO SUB “13” 2013
BUENOS AIRES, 31 DE OCTUBRE DE 2013.-
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
ROLDAN, CAMILO OLAVARRIA EMBAJADORES 1 PART. 154
SEVERO, MATIAS OLAVARRIA EMBAJADORES 1 PART. 154
EXPEDIENTE Nº 2229/13 – TORNEO ARGENTINO SUB “15” 2013
BUENOS AIRES, 31 DE OCTUBRE DE 2013.-
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
ARTAZA, ROBERTO ANDALGALA VELEZ 1 PART. 154
HERNANDEZ, MATIAS GRAL. GUEMES AT. GRAL. GUEMES 1 PART. 154
ILINCHETA, TOMAS CARLOS CASARES AT. CARLOS CASARES 1 PART. 154
MENDEZ, FACUNDO PDO. DE LA COSTA DEF. UNIDOS 1 PART. 154
PECCHIAR, ALEJANDRO TANDIL INDEPENDIENTE 1 PART. 154
ROSENZUAI, MARCOS (DT) CARLOS CASARES AT. CARLOS CASARES 2 PART. 186 Y 260
SOSA, LEONARDO MENDOZA GIMNASIA Y ESGRIMA 1 PART. 154
YOBEN, EZEQUIEL LOBOS SAN MIGUEL 1 PART. 154
EXPEDIENTE Nº 2196/13
Asunto: Talleres de Córdoba infracción art. 83 del R.T.P.
Buenos Aires, 24 de octubre de 2013.-
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Llegan las actuaciones a conocimiento del Tribunal, según cargo de
ingreso el día 4/10/2013, para que se investigue la presunta infracción
al artículo 83 del R.T.P. por parte del Club Atlético Talleres de Córdoba.
Es en ese sentido que el informe del árbitro del partido pone en
conocimiento del Tribunal que “el juego estuvo detenido por espacio de
3´ (tres minutos) debido a que en la popular que ocupaba la parcialidad
de Talleres apareció una bandera con los colores de la bandera de
Bolivia de aproximadamente (de unos 20 metros por 2 de ancho)
llevada por los inchas que ingresaban en ese momento, se disputaba el
minuto 26´del Primer periodo…en ese momento se escucharon cantos
ofensivos y discriminatorios hacia la parcialidad rival (son todos de
Bolivia y Paraguay).” (sic).
2°) En la planilla de juego puede observarse que el encuentro se
desarrolló por el Torneo Copa Córdoba, es decir, que fue un certamen
no organizado por el Consejo Federal y por ende fuera del marco de
competencia de este Tribunal.
El artículo 60 del Reglamento del Consejo Federal, establece que el
Tribunal entenderá en el juzgamiento de las transgresiones
contempladas por el Reglamento de Transgresiones y Penas como
consecuencia de la disputa de los torneos que organiza el Consejo
Federal y las apelaciones derivadas de los torneos de las ligas
afiliadas.
Además, surge del Boletín Oficial de A.F.A. 4722 del 20/12/2012 que
en el decreto administrativo que autorizó el torneo bajo la
denominación Copa Córdoba, se estableció al Tribunal de Disciplina
Deportiva de A.F.A como competente para intervenir en las
infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas en ese
certamen.
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) DECLARAR LA INCOMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL Y
DECLINAR LA COMPETENCIA QUE SE LE ADJUDICA A FAVOR DEL
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE A.F.A. A QUIEN SE LE
REMITIRÁN LAS ACTUACIONES (ARTS. 32, 33, 83 DEL R.T.P. 60
DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO FEDERAL Y NORMA ESPECIAL
PUBLICADA EN BOLETÍN OFICIAL DEL 4722 DEL 20/12/2012.)
2°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, A QUIEN CORRESPONDA Y
REMÍTASE.
 
EXPEDIENTE Nº 2197/13 – TORNEO ARGENTINO “A” 2013/14
Reconsideración presentada por los jugadores Walter Rafael Ledesma y José More.
Buenos Aires, 31 octubre de 2013.
VISTOS y CONSIDERANDO:
Las presentaciones de los jugadores Ledesma y More resultan
inoportunos, por haberse agotado la sanción impuesta.
Por ello el Tribunal,
RESUELVE:
1°) NO HACER LUGAR A LA RECONSIDERACIÓN IMPETRADA P OR
LOS JUGADORES WALTER RAFAEL LEDESMA DE GIMNASIA Y
ESGRIMA (CONCEPCIÓN DEL URUGUAY) Y JOSÉ MORE (SAN
MARTÍN – TUCUMÁN).
2°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUE Y ARCHÍVESE.
 
EXPEDIENTE Nº 2203/13 – TORNEO ARGENTINO “A” 2013/14
Reconsideración presentada el jugador Juan Cárdenas.
Buenos Aires, 31 de octubre de 2013
VISTOS y CONSIDERANDO:
La presentación efectuada el jugador Juan Pablo Cárdenas del
Club Centro Juventud Antoniana de Salta, solicitando se reconsidere la
sanción de tres partidos que le impusiera este Tribunal con fecha
17/10/2013.
Los argumentos esgrimidos por el peticionante no alcanzan para
conmover la resolución que adoptó este Tribunal.
Al quejoso se le aplicó el mínimo que establece el reglamento
para la infracción endilgada.
Por ello el Tribunal,
RESUELVE:
1°) NO HACER LUGAR A LA RECONSIDERACIÓN IMPETRADA P OR
JUAN PABLO CÁRDENAS DE CENTRO JUVENTUD ANTONIANA DE
SALTA.
2°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.
 
EXPEDIENTE Nº 2217/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2013/14
Partido del 13/10/13 – Argentino Peñarol (Córdoba) Vs. Gral. Paz Jrs.(Córdoba).
Buenos Aires, 31 de octubre de 2013.
VISTO
El informe efectuado por el árbitro del encuentro, mediante el cual
nos hace saber: “…A los 27 minutos de juego expulse al Sr. Pedernera
Nicolas preparador físico de Juniors por dirigirse hacia mi persona
diciendome textuales palabras “No nos cagues hijo de puta..” en el
momento de pedirle que se que se retire, el mismo se aproxima hacia
mi posición me empuja con ambas manos al tiempo que se dirige
diciéndome “ Te voy a cagar a trompadas negro hijo de puta”, cuando
lo retiran el mismo el mismo me aplica un golpe con el puño cerrado el
cual impacta sobre mi pecho…” (sic).
CONSIDERANDO
Que, mediante nota Nº 140/13 el Tribunal de Disciplina, corrió
traslado a la Liga Cordobesa de Fútbol, con la finalidad que el señor
Nicolás Pedernera, procediera a ejercer su derecho de defensa.
Que, en su descargo el señor Nicolás Pedernera, manifiesta lo
siguiente: “…Por la presente tengo el agrado de dirigirme a Ud. Y por
su intermedio al Consejo Federal en respuesta a la corrida de vista
que me realiza el Presidente del Tribunal de Disciplina Deportiva del
interior Esc. Carlos E. De Giacomi, junto a copia del informe del Arbitro
del partido indicado en la referencia de la presente. Quiero aclarar que
si bien es cierto que cometí el exabrupto de gritarle al ser juez,
reclamándole que no se dejara influenciar, realizando fallos localistas,
en ningún momento lo empuje, ni mucho menos aplicarle golpe de
puño, puesto que al momento de acercarme varios jugadores de mi
equipo me rodeaban y me sostenían los brazos. Quiero pedir disculpas
por mi exceso verbal y ponerme a su disposición para cualquier otra
aclaración…” (sic).
Que a criterio de este Tribunal, los informes arbitrales constituyen
semiplena de lo que ellos contienen y solo pueden ser desvirtuados
mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.
Que los incidentes producidos por el señor Nicolás Pedernera,
deben encuadrarse en lo previsto en el art. 184 del R. T. P. que
establece lo siguiente: Suspensión de diez a treinta partidos al jugador
que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda
gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con las
manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se
realice con menor violencia que en los casos previstos en el artículo
anterior.
Por consiguiente, debe sancionarse al señor Nicolás Pedernera
y, aplicárse la pena de 10 (diez) fechas de suspensión (arts. 184 y
260 del R.T.P.).
El Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior, entonces,
RESUELVE:
1°) SANCIONAR AL SEÑOR AUXILIAR NICOLÁS PEDERNERA
(GENERAL PAZ JUNIORS - CÓRDOBA), CON LA PENA DE DIEZ
(10) PARTIDOS DE SUSPENSIÓN (ARTS. 184 Y 260 DEL R.T.P.).
2°) PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, y NOTIFÍQUESE.
 
EXPEDIENTE Nº 2230/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2013/14
Buenos Aires, 26 de octubre 2013.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 24/10/2013 en el
encuentro disputado entre los clubes 25 De Mayo(Cipoletti) y su similar de
Belgrano (Esquel), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió
por parte del Club 25 De Mayo la suma de $ 4.726.00
CONSIDERANDO
Que, el art. 33° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, luego de transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”,
corresponde correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO
DÌA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE
ORIGINÓ LA DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna
arbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este
Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de
las previsiones establecidas en el art. 118° del Re glamento de Transgresiones y
Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club 25 De Mayo (Cipoletti), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
1/11/2013 (Art. 33° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a dar cuenta,
en forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la
suma de $ 4.726,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que
disputó el 24/10/2013 con Belgrano.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación
total de la deuda reclamada, el Club 25 De Mayo quedará AUTOMÁTICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad
con lo establecido en el art. 118° del Reglamento d e Transgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo
cumplimiento (remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros
involucrados); y, simultáneamente la remisión a este Organismo de la
documentación respaldatoria de haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
 
MIEMBROS PRESENTES: Esc. Carlos E. De Giacomi; Dr. Antonio Carbone; Dr. Miguel Rossi; Dr. Roberto Torti y Dr. Edgardo Moroni.-

Jueves 31 de octubre de 2013, 19:20

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Dante · Jueves 07 de noviembre de 2013, 20:04 · Citar
Y a Juventud Antoniana, por los quilombos en el partido contra CN , donde casi matan un policía, nada de sanción, encima en el partido siguiente contra Juventud de Gchu les permitieron ir a los hinchas, ni sanción económica hubo, así da gusto , armás quilombo, te haces el pesado y no pasa nada , total los políticos te bancan, matas a alguien y quizás hasta te aplaudan ...hdp , asi quieren frenar la violencia.... por lo menos le hubieran hecho jugar sin publico por 2 o 3 fechas como para decir que hicieron algo los del tribunal de penas, pero ni eso, lo lamento por los hinchas de CJA correctos, pero si no sancionan en general los hinchas quilomberos éstos seguirán en la de ellos, o sea armando despelotes, hasta que se les vaya la mano y maten gente, allí quizás o tal ves el Consejo Federal (impresentable por cierto) tome alguna medida.
juan k · Lunes 04 de noviembre de 2013, 14:57 · Citar
SARACHO UNA FECHA????? LAMENTABLE LO DEL ARBITRO!! EL PIBE ESTE TIRO UN BOTELLAZO ( VIDRIO) A UN JUGADOR DE TEXTIL, EL ARBITRO LO VE Y NO LO INFORMA???? IGUAL A LA VUELTA ESTA EL DATO
La Blanca!! · Viernes 01 de noviembre de 2013, 19:59 · Citar
Apalusos para Radio republica!!! la mejor Radio For ever!
radio republica · Viernes 01 de noviembre de 2013, 00:40 · Citar
plis resolución partido NO jugado de tiro e independiente de la rioja y la resolución del tribunal ya reprogramo, el gordo que hace el progra con la camiseta quiere YA los 3 puntos,porque el consejo.la afa la fifa y el papa francisco lo apoya. En la Radio de suardi el arbitro fue claro: el reglamento dice que se debe jugar a las 24 hs., PERO si los clubes se ponen de acuerdo, si alguno esgrime un argumento valido, el(ARBITRO) no tiene facultades para reprogramar un partido,por ende a resolución del tribunal y que dijo se REPROGRAMA. Gordo camiseta K x 2 pesos y del tiro cual es la parte que no ENTENDES, cuanto te salio comprar el titulo de ........ perio....... depo........tivo. SACATE LA BLANCA Y LA K PARA HACER EL PROGRAMA QUE NO TENES PARA LOS PARCHES DE LA BICI payaso