Tribunal: Las sanciones a los jugadores de Sp.Atenas de Rio Cuarto
En el dia de hoy se conocieron las sanciones a los jugadores de Sportivo Atenas de Rio Cuarto por los incidentes frente a Tiro Federal de Morteros
EXPEDIENTE Nº 3405/16 – TORNEO FEDERAL “B” 2016 SEGUNDA EDICIÓN
Ref. Club Atenas s/ Incidentes.
Buenos Aires, 22 de setiembre de 2016.
Vistos:
El presente expediente iniciado en virtud del informe presentado por el
árbitro del encuentro que disputaban los equipos de Tiro Federal de
Morteros y Club Atenas de Rio Cuarto, por el Torneo Federal “B” el día
4 de setiembre pasado y que fue suspendido a las 39 minutos de
juego,
Considerando:
1°) El árbitro del partido explicó que a los 36 minutos expulsó al
jugador n° 5 (1°) Torres, Cesar DNI 37490538 del Club Atenas por
doble amonestación.
Que, a los 39 minutos expulsó al jugador n° 1 Testa Emanuel DNI
34.414.440 (2°) de Atenas por agresión verbal diciendo “ esto es culpa
tuya la con… de tu madre, hijo de p.., más vale que compenses
porque te vamos a matar si perdemos”.
Que, en ese momento de la expulsión de Testa comienzan las
protestas que generó una gresca de la cual participaron, según pudo
identificar, a los siguientes jugadores Testa, quien le aplicó un golpe
en la espalda y un cabezazo en la nuca; que además ese jugador era
el capitán del equipo.
Que, luego expulsó al jugador n° 6 Maldonado Fernando DNI
34.560.433 (3°) del Club Atenas por haberlo empujado violentamente
y aplicarle un golpe de puño en el abdomen y zona costal, además de
aplicarle un golpe en la pierna izquierda, que le produjo una lesión
visible y de ello adjuntó certificado médico.
Que, dicho jugador al retirarse realizaba gestos a la parcialidad local
incitando a la violencia y pagos de coimas.
Que, al jugador n° 7 (4°) Tambusi Guillermo DNI. 29.758.954 del Club
Atenas lo expulsó por aplicarle un golpe de puño en el abdomen y
puntapié en las canillas seguido de agresiones verbales.
que el jugador n° 4, (5°) Saporiti Federico DNI 36.587.615 le aplicó un
golpe en “las canillas” seguido de agresiones verbales diciéndole
“quien te crees que sos la co… de tu madre, vas a aprender quien es
Atenas”; asimismo el mismo jugador agredió al asistente Attorri.
Que al jugador número 3, Baigorria, Hugo, DNI28787670 del club
visitante, (6°) fue expulsado, por aplicarle un puntapié en “las canillas”,
seguido de agresión verbal “vas a cobrar hijo de puta”.
Que el jugador 2 Becerra Héctor DNI 31.047.942 del Club Atenas, (7°)
fue expulsado por haberle quitado y retenido, para sí, la tarjeta roja
luego de aplicarle un puntapié al árbitro juntamente con sus
compañeros, mientras manifestaban “hay que meter el pecho, acá
mandamos nosotros, no nos van a pasar por arriba”.
Que el señor Director Técnico de Atenas Bringas Darío DNI
23.617.346 fue expulsado por increpar al árbitro en forma violenta y
desmedida, habiéndolo tomado de la casaca hasta romperla. Además,
agredió al árbitro manifestándole “vos descendiste a un equipo hijo de
puta.
Que, el Director Técnico antes citado, más el jugador n° 10 Cuello
Álvaro DNI 38.018.056 con el Kinesiólogo Bertone DNI 18.191.563 en
la zona internas de vestuarios continuaron con las agresiones
verbales, refiriéndose a las agresiones sufridas “te lo mereces por hijo
de puta, chorro, corrupto, delincuente”
Además en zona de vestuarios había personas que no habían firmado
planillas y estaban con vestimentas del Club Atenas y le aplicaron al
árbitro un golpe de puño en el rostro.
2°) Que el Tribunal dio traslado del informe a los jugadores informados
y que se encuentran inhabilitados provisoriamente por Expediente
3402/16 del 08/09/2016.
En ese sentido para comenzar con el análisis de los hechos
denunciados debemos recordar que para este cuerpo los informes
elaborados por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en
ellos se consigna, y que sólo mediante el aporte de testimonios
directos en contrario puede desacreditarse ese valor.
Esa valoración procede del principio de autoridad sobre el que radica
el imperio que tiene la persona que a la sazón es la autoridad máxima
del partido.
De otra manera no sería posible juzgar en forma sumaria, segura y
acorde a los principios del deporte, un legajo deportivo.
La autoridad del encuentro es el árbitro y se presume la legalidad de
sus actos hasta que se demuestre su error, de otra manera no podría
sustanciarse ningún proceso administrativo deportivo.
Dicho lo anterior, ha de señalarse que existen dos cuestiones a
resolver y que ellas son: la primera, la continuidad o no del partido que
se estaba disputando; en el segundo lugar analizar individualmente las
situaciones de los señores jugadores, y cuerpo técnicos expulsados, y
luego informados.
2-A-) Para solucionar la primera de las cuestiones propuestas al
acuerdo del Tribunal y resolver la misma debemos indicar que el
partido fue interrumpido, y luego suspendido, por los incidentes
producidos por los jugadores de Club Atenas, y que a medida que
progresaban esas incorrecciones reglamentarias y sancionados los
jugadores que actuaron en los mismos con la expulsión del campo de
juego. Quedó el club en inferioridad numérica.
Que la cantidad de jugadores expulsados dejó al Club Atenas con una
cantidad de ellos por debajo de las exigencias reglamentarias; esto es
lo que reglamentariamente se conoce como inferioridad numérica.
Que esta regla introducida en el Reglamento de Transgresiones y
Penas específicamente establece la condena que debe aplicarse al
equipo infractor en casos de infracción numérica; así el art, 106 dice
“PÉRDIDA DE PARTIDO - Pérdida de partido cuando el árbitro lo
suspenda por alguno de los siguientes motivos:
e) Cuando un equipo quede en inferioridad numérica (menos de
siete jugadores), o cuando por cansancio de sus jugadores
abandone el juego en cualquier momento del partido”.
Que con lo hasta aquí expuesto surge claramente que la causa de
suspensión del partido fue la imposibilidad de continuar con el mismo
por haber quedado, el Club Atenas, con menos cantidad de jugadores
reglamentariamente establecidas para la disputa del encuentro.
Así se dará por perdido el partido al Club Atenas de Rio Cuarto y se
registrará el siguiente resultado Tiro Federal de Morteros 1- Club
Atenas de Río Cuarto 0.
2-B). Respecto de la segunda de las cuestiones planteadas y respecto
a la situación individual de cada uno de los jugadores expulsados
tenemos que decir que ellos, los jugadores, Héctor Becerra, (fs. 23)
Tambusi a (fs. 27); Hugo Baigorria (fs. 28); Álvaro Cuello a (fs. 29);
Emanuel Testa (fs. 31); Federico Saporitti (fs. 34); Fernando
Maldonado (fs. 36); Darío Bringas (fs. 23) han presentado sus
descargos por escrito, ejerciendo su derecho de defensa que
ampliaron en la audiencia celebrada ante el Tribunal.
Los jugadores solicitaron audiencia al Tribunal que se llevó a cabo el
día 14 de setiembre pasado a partir de las 15 horas.
En la citada entrevista ejercieron plenamente su derecho de defensa
al exponer su visión de los hechos ocurridos, y denunciados por el
árbitro, luego que les fue leída la acusación formulada.
En ese sentido y siguiendo el orden que impuso el árbitro en su
acusación, seguido por el Tribunal para ordenar las exposiciones, el
primero en hacer uso de la palabra fue Emanuel Testa quien en
principio manifestó sentirse arrepentido de lo que ocurrió, solicitó las
disculpas al Tribunal y al árbitro, continuó diciendo que no agredió al
juez, sí que se dirigió en términos impropios o descomedidos pero no
lo agredió; que sabe las graves consecuencias que ello acarrearía;
que pudo haber realizado un gesto de “pechar” al árbitro pero que no
lo agredió.
Posteriormente, se le dio la palabra al jugador Fernando Maldonado
quien sobre los hechos manifestó que no le pego al árbitro, que lo
pudo haber empujado con el cuerpo pero siempre con las manos
atrás; que estaba muy caliente y que luego de ver lo que había
pasado se sintió muy arrepentido.
Que se acuerda perfectamente de los gestos que hizo a la tribuna
local, poniendo la palma de la mano sobre la otra en signo que se
había pagado; pero agregó que a esa altura de los acontecimientos lo
vivió como una burla entre la tribuna rival y él, no lo hizo con la
intensión de incitar a la violencia.
A continuación se le concedió la palabra al jugador Guillermo
Tambusi, quien principió su relato manifestando que se siente muy
avergonzado por lo que ocurrió; que se dirigió al árbitro para solicitarle
explicaciones de por qué había expulsado a su capitán (Testa); que es
un jugador sin antecedentes y que el árbitro pudo haberse confundido.
Prosiguió el acto con la declaración efectuada por el jugador Federico
Saporitti, quien expresó que se siente arrepentido de lo ocurrido pues
deja mala imagen del Club Atenas y esto no es correcto; que él sintió
que el árbitro lo estaba cargando y lo predispuso mal.
Que estaba caliente, que pudo haber amagado con golpear al árbitro
pero no lo hizo; que no agredió al juez.
En su momento de ejercer su defensa el jugador Hugo Baigorria
manifestó que no agredió al árbitro sólo fue a pedir explicaciones por
la expulsión del capitán Testa.
Que a continuación hizo uso de la palabra el jugador Becerra
manifestando que no es cierto lo denunciado por el árbitro pues lo que
realmente ocurrió fue que en el tumulto se le cayó la tarjeta roja y él lo
único que hizo fue levantarla y alcanzársela; que no se la quitó ni se la
guardó.
Que lo único que hizo fue pedirle al árbitro que se calmara que no era
para tanto lo que había ocurrido.
El jugador Álvaro Cuello al momento de deponer negó lo denunciado
por el árbitro y explicó que el árbitro protegido por la policía ingresó a
la zona de vestuarios; que los jugadores de ambos equipos
permanecieron en el campo de juego.
Que, luego de aproximadamente 10 minutos salieron los delegados,
que eran los únicos que habían ingresado a la zona interna de
vestuarios, e informaron que el partido estaba suspendido por
inferioridad numérica de Atenas; ahí recién ingresan al vestuario sin
haberse encontrado en ningún momento con el juez del partido.
Que a continuación hizo uso de la palabra el DT. Bringas quien
reconoció haber ingresado al campo de juego con intenciones de
separar a sus jugadores de la protesta incipiente que se gestaba; que
perdió el control y le dijo al árbitro que era un ladrón y corrupto; que sí
le dijo que había descendido a un equipo de la Liga; que le tiró de la
camiseta pero cree que no se la rompió, sino que el árbitro se la
arranco el mismo.
Que dentro de la zona de vestuarios no vio al árbitro porque ingresó
mucho más tarde; que cuando vio la filmación sintió mucha vergüenza
por su hija y la familia. Que promete nunca más verse involucrado en
un hecho similar.
Que la delegación de jugadores fueron acompañados, y presenciaron
el acto, la presidente del club, el titular de la comisión de Fútbol los
letrados del Club y las letradas que lo representan en la C.A.B.A.
Todos los presentes hicieron uso de la palabra, por así haberlo
dispuesto el Tribunal, solicitando morigeración de las penas, teniendo
en cuenta que el Club no registra antecedentes de este tipo.
Especialmente la presidente explicó que conoce a cada jugador, que
conoce a la familia de ellos y que de lo que conoce de las personas
son contradictorias con los hechos que se les endilgan, pues los
chicos (por los jugadores) no son violentos.
Que al momento de analizar lo ocurrido debemos decir que la
violencia producida por los propios protagonistas, jugadores, cuerpo
técnicos o dirigentes, son especialmente graves y a lo que hay que
prestarles atención pues generan violencia que puede exacerbar al
público y causar perjuicio y daños perfectamente imaginables.
Que como atenuante genérico advertimos, en la inmediatez que da la
audiencia, la sinceridad de los jugadores, su propia autocrítica y su
arrepentimiento.
Luego de analizar el video, y contraponerlo con las explicaciones
brindadas por los jugadores, llegamos a la conclusión que pese al
esfuerzo que han puesto de manifiesto en sus defensas los jugadores,
dirigentes y letrados no pueden conmover la denuncia presentada por
el árbitro.
Sin embargo los hechos deben ser analizados individualmente y en
ese sentido emerge una duda razonable en el caso del jugador Álvaro
Cuello el que por el beneficio de la duda del art. 39 será absuelto de la
persecución administrativa por este caso.
Los jugadores Testa Emanuel DNI 34414440; Tambusi, Guillermo
DNI. 29758954; Saporiti, Federico DNI 36587615; Baigorria, Hugo,
DNI28787670; Becerra, Héctor DNI 31047942 serán sancionados con
tres partidos de suspensión por aplicación del art. 186 del R.T.P.
El jugador Maldonado Fernando DNI 34560433 será sancionado con
cinco partidos de suspensión (art. 185 del R.T.P.)
El Técnico Bringas Darío DNI 23617346 y el Kinesiólogo Bertone, DNI
18191563 serán sancionados con cinco partidos de suspensión (arts.
185 y 260 del R.T.P.).
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) Dar por perdido el partido al Club Atenas de Rio Cuarto y
registrar el siguiente resultado Tiro Federal de Morteros 1- Club
Atenas de Río Cuarto 0 (arts. 32, 33. 106 y 152 del R.T.P.)
2°) Absolver al jugador Álvaro Cuello, DNI 38.018.056 del Club
Atenas por el beneficio de la duda a que alude el art. 39 del R.T.P.
por el hecho que fue acusado (arts. 32, 33 y 39 del R.T.P.)
3°) Sancionar a los jugadores Testa Emanuel DNI 34.414.440;
Tambusi Guillermo DNI. 29.758.954; Saporiti Federico DNI
36587615; Baigorria, Hugo, DNI 28.787.670; Becerra Héctor DNI
31.047.942, del Club Atenas con tres partidos de suspensión
(arts. 32, 33 y 186 del R.T.P.)
4°) Sancionar al jugador Maldonado Fernando DNI 34.560.433 con
cinco partidos de suspensión (art. 185 del R.T.P.).
5°) Sancionar al Técnico Bringas Darío DNI 23.617.346 y al
Kinesiólogo Duillo Bertone, DNI 18.191.563 con cinco partidos de
suspensión (arts. 185 y 260 del R.T.P.).
6°) Publíquese y archívese.
Jueves 22 de septiembre de 2016, 18:43
y el arbitro deberia ir y preguntarle al H.T.D en que se basan para hacer semejante mamarracho, esos viejos chupan ginebra y no saben un carajo de futbol....un dia van a matar a un arbitro y ellos van a hacer los responsables
ES UNA REAL MENTIRA.
A UN JUGADOR 4 FECHAS POR ROJA DIRECTA EN EL FEDERAL B ZONA CENTRO Y POR PEGARLE A UN ARBITRO SOLO 5?
DA LUGAR A QUE SIGAN SUCEDIENDO ESTE TIPO DE COSAS! !!!
Habiendo formado parte de un Tribunal de Disciplina puedo afirmar que han sido bastante condescendientes con los jugadores, pero la sanción es reglamentaria. También puedo afirmar que la idoneidad del referee es algo que uno tiene muy en cuenta a la hora de establecer una sanción