Las sanciones
AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 02/17 – 09/02/2017
EXPEDIENTE Nº 3570/17 – TORNEO COPA ARGENTINA 2016/17
APELLIDO Y NOMB LIGA CLUB SANCION ART
- Contigiani, Roque A. San Nicolás Belgrano 3 Part. 200a1º
- Pérez, Martín (DT) Colón (BA) Barracas 1 Part. 287(5), 260
- Aybar, Gaspar M. Salta Mitre 1 Part. 207
- Brunetti, Emiliano F. Corrientes Ferroviarios 1 Part. 207
- Brunetti, Alejandro M. Corrientes Ferroviarios 3 Part. 200a 2º
- Tumbesi, Facundo Chivilcoy Independ. 3 Part. 200a 3º
- Miranda, Jorge (DT) Chivilcoy Independ. 1Part. 186,260
- Morales Oller, Wilson Sgo. Estero Guemes 3 Part. 200,a2º
- Oropel, Mario (Aux) San Juan Colón Jrs. 2 Patr. 186, 60
- Silva, Matías San Juan Colón Jrs. 2 Part. 186
- Guzmán, Enzo San Juan Colón Jrs. 3 Part. 200, a 1º
- Biasotti, Carlos San Juan Peñarol 2 Part. 186
- Cantero, Alan San Juan Peñarol 3 Part. 200, a 1º
- Torres, Armando (Aux) Formosa San Martín 2Part. 186, 260
- Ortíz Alonso, Carlos A. L. Blanca At. L. Blanca 1 Part. 207
- Giménez, Daniel G. (Aux) Mendoza Huracán L.H. 2Part. 186, 260
EXPEDIENTE Nº 3568/17 – TORNEO FEDERAL “C” 2017
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
- ACOSTA, SERGIO CORRIENTES SOBERANIA 2 PART. 200 INC. A 11
- AGÜERO, ERIC TARTAGAL SP. POCITOS 1 PART. 207
- AGUILAR, FABIAN C. RIVADAVIA USMA 1 PART. 207
- ALCARAZ, SILVIO T. DE RIO HONDO LA COSTANERA 1 PART. 201 INC. B
- ALMIRON, DANIEL SAN FRANCISCO SP. SUARDI 1 PART. 207
- ALVAREZ, HUGO RIO GALLEGOS DON BOSCO 2 PART. 200 INC. A 1
- ALVAREZ, MISAEL RIVADAVIA (MZA) LIBERTAD 2 PART. 200 INC. A 2
- ALVEA, RICARDO MENDOZA FUNDACIÓN AMIGOS 1 PART. 287 INC. 5
- ANDRADA, GABRIEL RIVADAVIA (MZA) JUNIN 1 PART. 207
- AVILA, LUIS (AUX) TILISARAO SARMIENTO 1 PART. 287 INC. 6
- BALDEZARI, MATIAS FEDERACIÓN SOC. FEDERACION 1 PART. 201 INC. B 1
- BARBALLO, MAXIMO CAMPANA DEF. LA ESPERANZA 1 PART. 207
- BARBOZA, PATRICIO GRAL. GUEMES VIVIENDAS 1 PART. 201 INC. B 1
- BARRAZA, ALDO MTE. QUEMADO SALAMANCA 1 PART. 207
- BARRAZA, AXEL COSQUIN TIRO FEDERAL 1 PART. 207
- BARRERA, EMILIANO RECREO SAN MARTÍN 1 PART. 201 INC. B
- BARRIOS, TULIO CAMPANA DEF. LA ESPERANZA 1 PART. 202 INC. B
- BARRY, ALEX ROJAS JUVENTUD 2 PART. 200 INC. A 1
- BAUTISTA, JOEL CERRILLOS OLIMPIA 1 PART. 207
- BECERRA, ENRIQUE TILISARAO SARMIENTO 1 PART. 205 INC. D
- BENITEZ, DAVID CONCORDIA SANTA MARIA DE ORO 2 PART. 200 INC. A 9
- BENITEZ, MAURICIO CONCORDIA COMUNICACIONES 1 PART. 207
- BISCALDI, ALEXIS ESCOBAR SP. PILAR 2 PART. 200 INC. A 9
- BONGIOVANI, ERNESTO (DT) ROJAS JUVENTUD 1 PART. 186 Y 260
- BORDA, MARIANO AZUL SP. PIAZZA 1 PART. 207
- CABALLERO, LEONARDO RODEO SAN MARTIN 1 PART. 207
- CACERES, WALTER RECREO DEP. OBREROS 2 PART. 200 INC. A 3
- CAPARRAZ, FERNANDO JESUS MARIA COLONIA TIROLESA 1 PART. 207
- CASTILLO, IVAN CAMPANA OTAMENDI 1 PART. 186
- CHACON, OSCAR MENDOZA MURIALDO 2 PART. 200 INC. A 3
- CHAMORRO CASAFUS, RICARDO ESCOBAR MALVINAS 1 PART. 201 INC. B 1
- CHAVEZ, AGUSTIN T. DE RIO HONDO SOC. EL ALTO 1 PART. 201 INC. B 4
- CHAVEZ, LUCAS SALTO SPORTS 1 PART. 207
- CIAVARELLI, CARLOS (AUX) CHASCOMUS RACING 1 PART. 186 Y 260
- CLOP, GERMÁN (AUX) MENDOZA FUNDACIÓN AMIGOS 1 PART. 186 Y 260
- CORREA, EDER LUIS BELTRAN ATL. LAMARQUE 1 PART. 201 INC. B 1
- DE MARTINO, PAUL COLON (BUE) RACING 1 PART. 207
- DEL RIO CHACON, RICARDO TRENQUE LAUQUEN MONUMENTAL 1 PART. 207
- DIAZ MURO, ENZO CAUCETE SP. DEL CARRIL 1 PART. 207
- DIAZ, FEDERICO CAMPANA DEF. LA ESPERANZA 1 PART. 202 INC. B
- DIAZ, MARCO TUNUYAN LA POSTA 1 PART. 207
- DIAZ, RENZO LA RIOJA RIOJA JRS. 1 PART. 207
- DICATALDO, FACUNDO AZUL BOCA JRS. 1 PART. 207
- DUVEAUX, LUCAS CÓRDOBA ALTE. BROWN 1 PART. 287 INC. 5
- FERNANDEZ, MAURO GRAL. SAN MARTIN MUNICIPAL 1 PART. 201 INC. B 4
- FERELLA, ALEJANDRO GRAL. MADARIAGA ATL. VILLA GESELL 2 PART. 200 INC. B
- FERREYRA, JUAN SAN RAFAEL RINCON 1 PART. 207
- GAGO ORTIZ, FERNANDO RIO GRANDE VICTORIA 1 PART. 207
- GALLARDO, MARIO RODEO SAN LORENZO 2 PART. 200 INC. A 7
- GALLEGO, FERNANDO CHILECITO INDEPENDIENTE 1 PART. 205 INC. D
- GARCIA, JORGE RIVADAVIA (MZA) JUNIN 1 PART. 207
- GARGAGLIONE, GABRIEL (AUX) CHACABUCO ARGENTINO 1 PART. 287 INC. 6
- GESTIDO, RAUL CHASCOMUS PROGRESO 1 PART. 204
- GIACOMELI, OSCAR (DT) MENDOZA MURIALDO 2 PART. 200 INC. A 1 Y 260
- GIAMPIETRI, ALEJANDRO PERGAMINO ARGENTINO 1 PART. 186
- GIMENEZ, FRANCO MENDOZA FUNDACIÓN AMIGOS 1 PART. 207
- GOMEZ, JORGE COLON (BUE) RACING 1 PART. 201 INC. B 1
- GOMEZ, JUAN C. DEL URUGUAY PARQUE SUR 1 PART. 287 INC. 5
- GOMEZ, MIGUEL (AUX) ESQUEL JUV. UNIDA 1 PART. 186 Y 260
- GONZALEZ, MARIANO CAMPANA OTAMENDI 1 PART. 201 INC. B
- GONZALEZ, NORBERTO (AUX) TILISARAO SAN MARTÍN 1 PART. 287 INC. 6
- GOYA, ENZO FEDERACIÓN SOC. FEDERACION 1 PART. 207
- GUERRA, MARIO MENDOZA FUNDACIÓN AMIGOS 1 PART. 287 INC. 5
- GUICHAR, JOSE (AUX) VILLAGUAY SARMIENTO 1 PART. 186 Y 260
- GUTIERREZ, ANGEL RIO GRANDE DEP. ITALIANO 2 PART. 200 INC. A 2
- HERRERA, RODOLFO CONCORDIA LA BIANCA 1 PART. 207
- IBANEZ, GERARDO TUCUMÁN J. NEWBERY 1 PART. 201 INC. A 1
- IBARRA, ROBERTO SGO. DEL ESTERO VILLA UNION 2 PART. 200 INC. A 1
- INFANTE, RODRIGO MENDOZA MURIALDO 2 PART. 200 INC. A 1 Y 260
- JOFRE, PABLO (DT) MENDOZA FUNDACIÓN AMIGOS 1 PART. 201 INC. A Y 260
- JONES, HECTOR LA PLATA PORTEÑO 1 PART. 207
- LESCANO, GASTON CAUCETE INDEPENDENCIA 1 PART. 207
- LINARES, RICARDO C. DEL URUGUAY MARIA AUXILIADORA 4 PART. 185
- LOPEZ, DANIEL SGO. DEL ESTERO CENTRAL ARGENTINO 1 PART. 207
- MAPELLI, FEDERICO MAIPU CENTRO RECREATIVO 1 PART. 207
- MARIN, RUBEN MARIA GRANDE JUVENTUD 1 PART. 204
- MARQUEZ, DIEGO SGO. DEL ESTERO ESTUDIANTES 2 PART. 200 INC. A 9
- MARTINEZ, VICTOR (AUX) LAS BREÑAS ATL. CHARATA 1 PART. 186 Y 260
- MAZA, LUCIANO SALTO SPORTS 1 PART. 207
- MIRANDA, JONATHAN SAN RAFAEL RINCON 1 PART. 207
- MITRE, JULIO PARANA PALERMO 1 PART. 207
- MOLINA, MARCELO FRIAS DEP. COINOR 1 PART. 207
- MORALES, ABEL TINOGASTA LA PAZ 1 PART. 207
- MORARDO, NICOLAS TILISARAO SARMIENTO 2 PART. 200 INC. A 7
- NEIRA, MAXIMILIANO RIVADAVIA (MZA) JUNIN 1 PART. 207
- NIZ, BRUNO FORMOSA INDEPENDIENTE 1 PART. 207
- NOGUERA, ANGEL (DT) BASAVILBASO RASMAR 1 PART. 205 INC. D Y 260
- OJEDA, DANIEL GRAL. SAN MARTIN CAPIL 1 PART. 207
- ORELLANA, ELIAS SGO. DEL ESTERO INDEPENDIENTE 2 PART. 200 INC. A 2
- PALMIERI, NICOLAS CHACABUCO ARGENTINO 1 PART. 207
- PAMPILLON, FABIAN FEDERACIÓN SOC. FEDERACION 2 PART. 200 INC. A 11
- PEÑALOZA, HUGO LA QUIACA GIMNASIA Y TIRO 1 PART. 201 INC. B 1
- PERALTA GUERRERO, RUBEN GRAL. GUEMES UNION GUEMES 1 PART. 207
- PERALTA, SACHA SEBASTIAN RECREO SAN MARTÍN 1 PART. 207
- PITALUGA, JOSE SAN NICOLÁS MATIENZO 1 PART. 207
- POMSSA VALDEZ, LUCAS CRUZ DEL EJE OLAYON 1 PART. 207
- PORTILLO. PAOLO PASO DE LOS LIBRES PUENTE SECO 2 PART. 200 INC. A 8
- QUINTELA, LUIS (DT) TANDIL UNICEN 1 PART. 186 Y 260
- QUINTERO, MARTÍN ROJAS JUVENTUD 1 PART. 207
- RAMIREZ, LEANDRO CONCORDIA COMUNICACIONES 1 PART. 207
- RAPALIN, RAMIRO COLON (BUE) PORTEÑO 1 PART. 186
- REGUEIRA, JORGE (DT) NECOCHEA SPORTIVO 1 PART. 186 Y 260
- RIOS, NESTOR SAN JORGE LA EMILIA 1 PART. 201 INC. B 1
- RIQUELME, JONATAN RIO GALLEGOS DON BOSCO 1 PART. 204
- RIQUELME, MARCELO CERRILLOS ATL. CHICOANA 2 PART. 200 INC. A 8
- RIVERO, LEONARDO CONCORDIA DEF. CONSTITUCIÓN 1 PART. 201 INC. A
- ROBLEDO, BRIAN MENDOZA MURIALDO 1 PART. 207
- RODA, JESUS FORMOSA LIBERTAD 3 PART. 200 INC. A 1 Y 207
- ROJAS, FRANKLIN C. OLIVIA OLIMPIA 1 PART. 207
- ROJAS, MAXIMILIANO PIRANE MUNICIPAL 1 PART. 207
- ROLDAN, BRAIAN CÓRDOBA PAZ JRS. 2 PART. 200 INC. A 11
- SALAS, GASTON TARTAGAL CORNEJO 1 PART. 207
- SALLA, GERMÁN J. UNIDA SAN JUAN 1 PART. 201 INC. B 4
- SANHUESA, JORGE CIPOLLETTI LA AMISTAD 1 PART. 207
- SANTIAGO, CLAUDIO CONCORDIA COMUNICACIONES 1 PART. 204
- SCHLEGEL, EDGARDO LAS BREÑAS HURACÁN 2 PART. 200 INC. A 1
- SOBIERAJ, MARIANO ESQUEL INDEPENDIENTE 1 PART. 204
- SOLIS, DIEGO ESQUEL INDEPENDIENTE 1 PART. 207
- SOSA, LUIS LA QUIACA GIMNASIA Y TIRO 1 PART. 207
- SOSA, MANUEL AÑATUYA SP. DORA 1 PART. 201 INC. B 1
- SPOSITO, EZEQUIEL RIVADAVIA (BUE) BARRIO NORTE 1 PART. 186
- STAMPONI, MARCOS PERGAMINO ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 7
- TAPIA, JUAN FRIAS INST. TRAFICO 1 PART. 207
- TELLO, JOSE TILISARAO SARMIENTO 1 PART. 207
- TOLOSA, LUCIO (AUX) NECOCHEA SPORTIVO 1 PART. 186 Y 260
- TORRES, JONATAN RIO GRANDE VICTORIA 1 PART. 201 INC. B 4
- TOMMASINI, FEDERICO RIO CUARTO TORO CLUB 1 PART. 207
- URQUIA, NICOLAS SAN FRANCISCO SP. SUARDI 1 PART. 207
- VALDIVIEZO, DIEGO LA QUIACA ESTIBADORES 1 PART. 287 INC. 5
- VALENZUELA, CRISTIAN (AUX) LA QUIACA ESTIBADORES 1 PART. 186 Y 260
- VALLOTTO CÓRDOBA PAZ JRS. 1 PART. 207
- VAZQUEZ, PABLO LA QUIACA SP. LIBERTAD 1 PART. 287 INC. 5
- VEGA, ADRIAN ALIJILAN LAVALLE 2 PART. 200 INC. A 1
- VERDUN, KEVIN CLORINDA 9 DE JULIO 1 PART. 207
- VILLALBA, HECTOR TARTAGAL SP. POCITOS 1 PART. 207
- VILLALVA, SERGIO MERCEDES (CTES.) COMUNICACIONES 1 PART. 207
- YABRON, JUAN PERGAMINO ARGENTINO 1 PART. 207
NOTA: EN LAS SANCIONES QUE ANTECEDEN SE APLÍCO AL ART. 220 DEL REGLAMENTO DE TRANSGRESIONES Y PENAS.
Buenos Aires, 9 de febrero de 2017.
EXPEDIENTE Nº 3564/17
Ref. Alberto Beacon s/ denuncia.
Buenos Aires, 9 de enero de 2017.
Vistos:
Se presentó ante el Tribunal al señor Alberto Beacon, Secretario General del Consejo Federal de Futbol y denunció que en cumplimiento de su tarea recibió una llamada telefónica del señor Milton Reyes, a la sazón presidente del Club Belgrano de la Liga Oeste del Chubut, (Esquel) quien en forma exaltada expresó su disconformidad con el armado de la zona en la cual su club tendría que participar.
Además, agrega el denunciante, manifestó que los dirigentes del Consejo Federal eran ladrones y corruptos.
El Tribunal confirió traslado de la denuncia interpuesta en su contra al señor Milton Reyes, para que pudiera efectuar su descargo.
En su defensa manifiesta Reyes que se comunicó con el Consejo Federal a los efectos de realizar una consulta sobre la zona donde debería jugar su equipo ya que por nota habían solicitado jugar en la zona Bariloche y por información no oficial el Consejo Federal dispuso otra cosa.
Que, manifiesta, desconoce los términos vertidos por el denunciante.
Considerando:
La denuncia presentada por el señor Beacon en calidad de Secretario General del Consejo de haber recibido una llamada telefónica del imputado en relación a la tarea que le es propia por su función está acreditada pues Reyes acepta haber llamado y por el mismo tema.
Claramente surge, que entre las funciones del señor Beacon está la de colaborar con presidencia en la conformación de las zonas de equipos, y por esa razón recibe llamadas de dirigentes que defienden los intereses de sus clubes solicitando disputar encuentros en zonas donde los equipos pertenezcan a localidades cercanas en territorio.
Esta situación fue reconocida por Milton Reyes, de haber llamado por una consulta sobre la zona donde debería su equipo pues pretendía jugar en otra, y eso es indicio de motivo y la conversación derivó en insultos.
Además de la motivación existe el indicio de oportunidad pues Milton Reyes llamó a Beacon por el tema que el denunciante expone y el acusado esperaba jugar en otra zona que antes había solicitado.
Tenemos acreditado que la oportunidad existió pues Reyes llamó a Beacon por el mismo motivo expresado por el denunciante y que la planificación de los partidos en una zona distinta a la pedida fue el disparador de su disconformidad que corono con insultos.
Es sabido el análisis libre de la prueba que donde una prueba directa no llega las pruebas indirecta, como los indicios, sí; son plurales y concordantes los indicios que nos permiten tener a Milton Reyes como autor del trato descomedido e insultante para con el Secretario General del Consejo Federal.
El artículo 246 del R.T.P. establece suspensión de un mes a cinco años al dirigente de club que injurie a dirigente de la Liga, o sus cuerpos colegiados y que haga manifestaciones maliciosas contra las Ligas o autoridades.
Entendemos acreditada la responsabilidad de Milton Reyes de haber tratado de forma descomedida, injuriosa e insultante al Secretario General del Consejo Federal.
Se suspenderá por cuatro meses a Milton Reyes como Presidente del Club Belgrano de Esquél, con la inhabilitación del Art. 253 y será amonestado el Club Belgrano por aplicación del art. 249 del R.T.P.
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) Suspender al señor Milton Reyes por cuatro meses como Presidente del Club Belgrano de Esquel (Art. 246 letra b y c del R.T.P.) con la inhabilitación del
Art. 253 del R.T.P.)
2°) Amonestar al Club Belgrano de Esquel por la conducta de su presidente. (Art. 249 del R.T.P.)
3°) Notifíquese y archívese.
EXPEDIENTE Nº 3567/17
Ref. Galotti s/ Apelación.
Buenos Aires, 9 de enero de 2017.
Vistos:
Llegan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Presidente del Club Embajadores de Olavarría contra la resolución del Tribunal de Disciplina de la Liga de Olavarría, que resolvió sancionar con seis meses de suspensión al jugador Martín Galotti, supuestamente jugador de ese club, y
Considerando:
Que previo al tratamiento de los agravios expuestos por el quejoso, sobre el fallo dictado por el Tribunal a quo, debemos adentrarnos a efectuar un análisis de admisibilidad del recurso.
Y en ese sentido adelantamos opinión que no puede prosperar la impugnación pues claramente el apelante no es el titular de los derechos agraviados.
En el derecho deportivo punitivo la persona acusada, ya sea jugador dirigente o técnico, es quien está sujeto a las normas procesales y de fondo, sean Reglamentos o Estatutos.
Es el acusado o condenado quien debe interponer los recursos, o impugnaciones, que a su criterio sea merecedor el fallo y no el club, que si bien tiene la representación deportiva de sus jugadores, no tiene poder especial para recurrir en su nombre.
El artículo 71 del Reglamento del Consejo Federal establece con claridad que cualquier resolución de organismos directivos o disciplinarios de las Ligas que violen disposiciones expresas de sus Estatutos o Reglamentos serán apelables, por el titular del derecho supuestamente agraviado, con tal que el recurso sea interpuesto dentro de los veinte días corridos posteriores a la fecha en que haya quedado notificado de la resolución.
Deben a esta altura del desarrollo de los procesos deportivos tener en claro los clubes qué las conductas de sus jugadores los hacen responsables y cuáles no.
Así existen acciones por las que ellos son los sujetos procesales y en otras los jugadores; al no percibir estas claras diferencias se confunde el rol en el expediente.
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) Rechazar el recurso interpuesto por el Club Embajadores de Olavarría por no estar debidamente legitimado para actuar en este caso. (Art. 32, 33 del R.T.P. y 71 del Reglamento del Consejo Federal).
2°) Destínese a la cuenta gastos de administración el importe depositado como arancel de la apelación. (Art. 71 del Reglamento del Consejo Federal).
3°) Notifíquese y archívese.
EXPEDIENTE Nº 3575/16 – TORNEO FEDERAL “C” 2017
Buenos Aires, 9 de febrero 2017.
VISTO Y CONSIDERANDO
Que el art. 220º del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal contempla que, previo al inicio de cada certamen, el Tribunal de Penas tiene las facultades reglamentarias para reducir las sanciones establecidas en cada uno de los artículos.
Que, en uso de tales facultades y en orden a la norma citada, el Tribunal de Disciplina.-
RESUELVE
1º) Reducir en un CINCUENTA POR CIENTO (50 %) las penas correspondientes al Torneo Federal “C” 2017.
2º) La presente disposición comenzará a regir a partir de la iniciación del certamen mencionado en el artículo precedentemente.
3º) Comuníquese, publíquese y archivase.
PRESENTES: Esc. Carlos E. De Giacomi; Dr. Antonio Carbone; Dr. Miguel Rossi.
Jueves 09 de febrero de 2017, 18:32