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Tribunal de Disciplina

Las sanciones

AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 14/17 – 16/03/2017

EXPEDIENTE Nº 3600/17 – Torneo Federal “A” 2016/17
APELLIDO Y NOMBRES LIGA CLUB SANCION ART
BASTIANINI, DAMIAN O. C. DEL URUGUAY *GIM. Y ESGRIMA 1 208
FORMIGO, RAMIRO E. BAHÍA BLANCA *VILLA MITRE 1 208
ROJAS, LEONARDO CATAMARCA *SAN LORENZO ALEM 1 208
ACOSTA, HECTOR D. CATAMARCA *SAN LORENZO ALEM 1 208
VALENTE, PATRICIO IVAN COLON (ER) *DEPRO 1 208
MORETE, CESAR EMANUEL GENERAL PICO *FFCC OESTE G.P 1 208
MEZA, BRAIAN JOEL CAÑADA DE GÓMEZ *SPORTIVO AT. 1 208
YBAÑEZ, LUIS JAVIER RAFAELA *LIBERTAD S. 1 208
PIRIS, OSCAR ALBERTO SANTIAGO DEL ESTERO *MITRE S.ESTERO 1 207
CAMPI, JOSE LUIS (AUX) JUJUY *ALTOS H. ZAPLA 1 186 260
HERRERA, MAXIMILIANO JUJUY *ALTOS H. ZAPLA 1 207
CANUTO, GASTON L. FORMOSA *SP. PATRIA 1 287 5
DOBBOLETTA, JUAN IGNACIO SAN NICOLÁS *DEF. BELGRANO (V.R.) 1 207
DHO, FEDERICO JUNÍN *RIVADAVIA L. 1 207
MOREYRA, PABLO JUNÍN *RIVADAVIA L. 1 207
GOMEZ, NICOLAS AGUSTIN TUCUMÁN *SAN JORGE JRS 1 207
LONDERO, MIGUEL A. SAN JUAN *SP. DESAMPARADOS 1 207
OROZCO, JOSE DARIO (AUX) SAN LUIS * J .U. UNIVERSITARIO 1 186 260
NOTA: Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituídas por su equivalente en valor entradas (Art. 260, segundo párrafo del RTP).
Buenos Aires, 16/03/2017

EXPEDIENTE Nº 3601/17 – Torneo Copa Argentina 2016/17
Buenos Aires, 16 de marzo de 2017.

JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART

DE ZEN, DIEGO (AUX) BAHÍA BLANCA BELLA VISTA 1 287 6º, 260
DEL RIO, GONZALO (AUX) ALVARADO MAR DEL PLATA 1 186, 260
COMACHI, MARTIN NICOLAS SPORTIVO AC CAÑADA DE GOMEZ 1 207
SABENA, GONZALO M. (PF) SPORTIVO AC CAÑADA DE GOMEZ 1 287 6º, 260
OLIVERA, PAOLO SEBASTIAN (AUX) G. ESGRIMA MENDOZA 1 186, 260
VALDEZ, RAUL RICARDO (DT) SARMIENTO RESISTENCIA 2 186, 260

EXPEDIENTE Nº 3599/17 – Torneo Federal “C” 2017
Buenos Aires, 16 de marzo de 2017.

JUGADOR LIGA CLUB SANCION ARTICULOS
ACEÑA. HERNAN ESCOBAR ATL. PILAR 1 PART. 207
ACOSTA, DIEGO V. MARIA ALEM 1 PART. 207
ACOSTA, HUGO MACHAGAI COMERCIO 1 PART. 207
AGUILAR, ORLANDO LA QUIACA ESTIBADORES 2 PART. 200 INC. A 5
ALBARRACIN, NAHUEL RECREO SAN MARTIN 1 PART. 287 INC. 5
ALZOGARAY, JONATAN (AUX) GRAL. GUEMES 135 VIVIENDAS 1 PART. 186 Y 260
ARIAS, MATIAS (AUX) TANDIL INDEPENDIENTE 1 PART. 186 Y 260
ARRIETA, SANTIAGO V. MERCEDES DEF. DEL ESTE 1 PART. 207
AYALA, MATIAS USHUAIA UOM 2 PART. 200 INC. A 8
BARGAS, LEONEL ZARATE SARMIENTO 1 PART. 201 INC. A 1
BARRAZA, AXEL COSQUIN TIRO FEDERAL 1 PART. 207
BENITEZ, IVAN JUNÍN V. BELGRANO 1 PART. 207
BERNAL, JOEL SALTO SPORT 1 PART. 201 INC. B 1
BLANGINO, CRISTIAN J. MARIA C. TIROLESA 1 PART. 201 INC. B 1
BASSIN, FERNANDO (AUX) CAMPANA OTAMENDI 1 PART. 186 Y 260
BRISEÑO, VICTOR TUNUYAN PUCARA 1 PART. 201 INC. B 1
BRUNO, JUAN (AUX) NECOCHEA SP. SAN CAYETANO 1 PART. 186 Y 260
CABALLERO, LUCAS LAG. BLANCA JUVENTUD 1 PART. 207
CACERES, MARCOS V. ANGELA SP. ESPAÑOL 1 PART. 207
CARLES, MATIAS LA QUIACA GIM Y TIRO 1 PART. 201 INC. B 4
CAMARGO, PABLO SAN LUIS DEF. DEL OESTE 2 PART. 200 INC. A 1
CANALE, MARTIN CAMPANA DEFENSORES 1 PART. 207
CANAVIRE, MAURO LA QUIACA ESTIBADORES 1 PART. 186
CARDOSO VERA, MATIAS AÑATUYA TALLERES BELGRANO 1 PART. 287 INC. 5
CARDOZO, RICARDO PIRANE MUNICIPAL 1 PART. 207
CASAP, CARLOS TARTAGAL SP. POCITOS 1 PART. 207
CASAS, GONZALO TANDIL INDEPENDIENTE 2 PART. 200 INC. A 11
CASTRO, JOSE L. G. S. MARTIN PEÑAROL 1 PART. 207
CAVALLERA, SEBASTIAN V. MERCEDES ATTE II 1 PART. 207
CEDREZ, FRANCISCO TRES ARROYOS HURACÁN CICLISTA 1 PART. 201 INC. B 1
CENTENO, DIEGO TUPUNGATO SOC. TUPUNGATO 1 PART. 201 INC. B 4
CENTURION, ROCENDO (DT) FEDERACION SOC. FEDERACION 1 PART. 207 INC. J Y 260
CIAVARELLI, CARLOS (AUX) CHASCOMUS RACING 4 PART. 185 Y 260
CONTENTE, NICOLAS CNEL. VIDAL MAR DE COBO 1 PART. 207
CORBALAN, ENZO M. QUEMADO DEFENSORES 2 PART. 200 INC. A 1
CORNEJO, ALVARO RIO GRANDE DEP. ITALIANO 1 PART. 186
CORRALES, DANIEL (AUX) RODEO SAN LORENZO 1 PART. 186 Y 260
COSTANTIN, JUAN (AUX) TANDIL INDEPENDIENTE 1 PART. 207 INC. J Y 260
CRESPO, PAUL ESQUEL BELGRANO 1 PART. 207
CRUZ, OSCAR GRAL. GUEMES 135 VIVIENDAS 1 PART. 287 INC. 5
DE ROO, MAXIMILIANO CHIVILCOY COLON 2 PART. 200 INC. A 1
DIAZ, RAMON (AUX) TUCUMÁN MARAPA 1 PART. 186 Y 260
DOMINGUEZ, PABLO C. OLIVIA SAN LORENZO 2 PART. 200 INC. A 1
FARIAS, JUAN C. OLIVIA BANFIELD 2 PART. 200 INC. A 1
FERNANDEZ, JULIAN (DT) CORRIENTES SOBERANIA 1 PART. 186 Y 260
GADOLA, PABLO ARRECIFES PEÑA BOCA 1 PART. 201 INC. AB1
GALEANO, JOSE (DT) V. ANGELA SP. ESPAÑOL 1 PART. 186 Y 260
GALVAN, ROBERTO (DT) ALBARDON RINCON 4 PART. 185 Y 260
GARAY, KEVIN PARANA URQUIZA 1 PART. 207
GODOY, VICTOR TARTAGAL CNEL. CORNEJO 1 PART. 207
GONZALEZ, ENRIQUE CORRIENTES SOBERANIA 1 PART. 207
GONZALEZ, JUAN GRAL. SAN MARTIN AMERICA 1 PART. 207
GRASSI, JOAQUIN SALADILLO ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 3
GUEVARA, MATIAS ROJAS J. NEWBERY 1 PART. 207
GUILLONI, JULIAN MAIPU CULTURAL GUIDO 1 PART. 207
GULLE, FABIAN MENDOZA DEP. GUAYMALLEN 1 PART. 186
GUTIERREZ, ANGEL RIO GRANDE DEP. ITALIANO 1 PART. 186
GUTIERREZ, MIGUEL JUJUY LOS PERALES 1 PART. 205 INC. B
HERMOSA, MAURICIO MACHAGAI VILLA ELENA 1 PART. 207
IBARRA, RUBEN GRAL. SAN MARTIN MUNICIPAL 1 PART. 207
JUAREZ, MARIO SGO. DEL ESTERO INDEPENDIENTE 1 PART. 207
JUAREZ, YONATHAN FRIAS INST. TRAFICO 1 PART. 205 INC. B
KRAMM MORAGA, ERWIN RIO GALLEGOS CAÑADON 1 PART. 207
LAHORA, JACK ESQUEL JUV. UNIDA 1 PART. 207
LAMAS, SERGIO ORAN CABALLITO 1 PART. 186
LEGUIZAMON, JUAN IBARRETA AFI LOS PUMAS 2 PART. 200 INC. A 1
LEZCANO, EXEQUIEL BARILOCHE ESTUDIANTES 1 PART. 207
LOCASTRO, MARCELO PEHUAJO KDT 1 PART. 207
MAIGUA, DANIEL LA QUIACA LIBERTAD 2 PART. 200 INC. A 1
MARCO, NICOLAS LOBOS DEP. COREANO 1 PART. 205 INC. B
MENA, FRANCO CERRILLOS ATL. CHICOANA 1 PART. 202 INC. B
MONTERO, DAVID L. G. S. MARTIN BANCARIO 1 PART. 207
MONTES, CRISTHIAN (DT) TUCUMÁN MARAPA 1 PART. 186 Y 260
MORALES, EMANUEL FRIAS INST. TRAFICO 1 PART. 201 INC. B 4
MORENO, CRISTIAN (DT) JUNÍN V. BELGRANO 1 PART. 186 Y 260
NOGUERA, JUAN PERGAMINO ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 9
NORGEOT, VICTOR LAG. BLANCA JUVENTUD 4 PART. 185
NUÑEZ, ALBINO OBERA CAMPO VIERA 1 PART. 207
OBALLES, PABLO SAN JUAN ARBOL VERDE 2 PART. 200 INC. A 1
ORTEGA, JONATAN CERES FERRO DHO 1 PART. 207
ORTELLADO, MIGUEL FORMOSA DEF. DE FORMOSA 2 PART. 200 INC. A 11
ORTIZ, MARTIN CHASCOMUS PROGRESO 1 PART. 207
OSORIO, MATIAS FORMOSA DEF. DE FORMOSA 1 PART. 205 INC. B
PADILLA, MAXIMILIANO R DE LA FRONTERA N. ROSARINO 1 PART. 204
PEDRANTI, EMILIO LUIS BELTRAN LAMARQUE 1 PART. 207
PENNISI, LEANDRO MAIPU CULTURAL GUIDO 1 PART. 207
PEÑALOZA, MARCELO (DT) GRAL. GUEMES 135 VIVIENDAS 1 PART. 186 Y 260
PERALTA, JOSE LUJAN ATL. LUJAN 1 PART. 287 INC. 5
PERESOTTI, ALEXIS COSQUIN RIVADAVIA 2 PART. 200 INC.A 3
PEREZ, DARDO (DT) LAS FLORES EL TALADRO 1 PART. 186 Y 260
PEREZ, MAURICIO ALBARDON RINCON 1 PART. 207
PERIALE, JUAN E. BUSTOS EL FORTIN 1 PART. 287 INC. 5
PESCI, FABRICIO CÒRDOBA ATL. CARLOS PAZ 2 PART. 200 INC. A 3
PETRIZ, BERNANDO SALADILLO ARGENTINO 2 PART. 200 INC. A 1
PRIETO, JOSE CLORINDA 9 DE JULIO 1 PART. 205 INC. B
RAMIREZ, JULIO IBARRETA AFI LOS PUMAS 4 PART. 185
RIGOLO, RUBEN (AUX) AZUL BOCA 1 PART. 186 Y 260
RIOS, MIGUEL CAMPANA DEFENSORES 1 PART. 207
RIVEIRA ROMERO, DAMIAN MAR DEL PLATA BANFIELD 1 PART. 207
ROCHA, KEVIN VENADO TUERTO TEODELINA 1 PART. 207
RODRIGUEZ, VENECIANO CLORINDA 9 DE JULIO 1 PART. 205 INC. B
ROJAS, JORGE (AUX) VEDIA MATIENZO 1 PART. 186 Y 260
ROMERO, CLAUDIO (AUX) METAN EL CRESTON 1 PART. 186 Y 260
ROSAS, ERIC GRAL. PICO COSTA BRAVA 1 PART. 207
ROSSO, VALENTIN RIO CUARTO SAN BASILIO 2 PART. 200 INC. A 3
ROSTAGNO, DAMIAN T. LAUQUEN MONUMENTAL 2 PART. 200 INC. A 1
RUARTE, ELIO SAN JUAN DEL BONO 1 PART. 201 INC. A
RUIZ DIAZ, RICARDO (AUX) MACHAGAI VILLA ELENA 1 PART. 186 Y 260
SALAS, MARIO AIMOGASTA SANTA ROSA 1 PART. 201 INC. B 1
SANCHEZ, HUGO M. QUEMADO JUV. UNIDA 2 PART. 200 INC. A 2
SAYAGO CABALLERO, JONATHAN CORDOBA GRAL. PAZ JRS. 1 PART. 207
SIARRA, MARTIN (AUX) CONCORDIA COMUNICACIONES 1 PART. 207 INC. J Y 260
SIERRA, JOAQUIN CHASCOMUS PROGRESO 1 PART. 287 INC. 5
SISTO, SEBASTIAN BARILOCHE ESTUDIANTES 2 PART. 200 INC. A 8
SOTELO, MARIANO USHUAIA UOM 1 PART. 207
SUAREZ, ERNESTO ORAN CABALLITO 1 PART. 207
TAPIA, JUAN FRIAS INST. TRAFICO 1 PART. 207
TISSERA, CARLOS AÑATUYA SP. DORA 1 PART. 207
TORRES, MARTIN JUJUY LOS PERALES 1 PART. 207
TUSSETT, SERGIO ESQUEL BELGRANO 1 PART. 207
VALENZUELA, JORGE CONCORDIA DEFENSORES 1 PART. 201 INC. A 1
VALLEJO, OSCAR DIAMANTE V. MARIA 2 PART. 200 INC. A 1
VALLEJOS, FEDERICO CORRIENTES SOBERANIA 1 PART. 201 INC. B 6
VARGAS, CARLOS JUJUY PALERMO 1 PART. 207
VERDUN KEVIN CLORINDA 9 DE JULIO 1 PART. 205 INC. B
VILLAGRA, CARLOS T. LAUQUEN MONUMENTAL 2 PART. 200 INC. A 1
YACUZZI, DIEGO SAN NICOLAS MATIENZO 1 PART. 207
ZALAZAR, RICARDIO MACHAGAI UNIÓN 1 PART. 207
ZARATE, GONZALO CLORINDA 9 DE JULIO 1 PART. 205 INC. B
NOTA: EN LAS SANCIONES QUE ANTECEDEN SE APLÍCO AL ART. 220 DEL REGLAMENTO DE TRANSGRESIONES Y PENAS.

EXPEDIENTE Nº 3605/17 – Torneo Federal “C” 2017
Buenos Aires, 16 de marzo de 2017.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 11/03/2016 en el encuentro
disputado entre los clubes Lavalle (Alijilan) y su similar de El Alto (Termas de Río Hondo),
mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del Club Lavalle la
suma de $ 8.230,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 33° del Reglamento del Certamen establece claramente el mecanismo a
seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el encuentro,
y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde correr traslado al
mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL
DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINÓ LA DEUDA, para que proceda a cancelar
la suma adeudada a la terna arbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma
simultánea a este Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la cancelación
de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará automáticamente
“SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las previsiones establecidas
en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Lavalle (Alijilan), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL 17/03/2017 (Art. 33°
del Reglamento del Certamen), para que proceda a dar cuenta, en forma fehaciente ante este
Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $8.230,00 que le adeuda a la
terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el 11/03/2017 con El Alto.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total de la
deuda reclamada, el Club Lavalle, quedará AUTOMÁTICAMENTE SUSPENDIDO EN
FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros programados con el consecuente
descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha comprendida en el término de la suspensión
y demás previsiones, de conformidad con lo establecido en el art. 118° del Reglamento de
Transgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será automáticamente
levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento (remisión del pago a la
Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y, simultáneamente la remisión a este
Organismo de la documentación respaldatoria de haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.

EXPEDIENTE Nº 3606/17 – Torneo Federal “C” 2017
Buenos Aires, 16 de marzo de 2017.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 12/03/2016 en el encuentro
disputado entre los clubes Deportivo Obrero (Recreo) y su similar de Deportivo Coinor (Frías),
mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del Club Deportivo
Obrero la suma de $ 9.616,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 33° del Reglamento del Certamen establece claramente el mecanismo a
seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el encuentro,
y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde correr traslado al
mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL
DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINÓ LA DEUDA, para que proceda a cancelar
la suma adeudada a la terna arbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma
simultánea a este Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la cancelación
de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará automáticamente
“SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las previsiones establecidas
en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Deportivo Obrero (Recreo), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL
17/03/2017 (Art. 33° del Reglamento del Certamen), para que proceda a dar cuenta, en forma
fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $9.616,00
que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el 12/03/2017 con
Deportivo Coinor.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total de la
deuda reclamada, el Club Deportivo Obrero, quedará AUTOMÁTICAMENTE SUSPENDIDO
EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros programados con el
consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha comprendida en el término de
la suspensión y demás previsiones, de conformidad con lo establecido en el art. 118° del
Reglamento de Transgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será automáticamente
levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento (remisión del pago a la
Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y, simultáneamente la remisión a este
Organismo de la documentación respaldatoria de haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.

PRESENTES: Esc. Carlos E. De Giacomi; Dr. Antonio Carbone; Dr. Miguel Rossi.

Viernes 17 de marzo de 2017, 01:36

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Anónimo · Viernes 17 de marzo de 2017, 18:54 · Citar

Por que razón Deportivo Taco Pozo quedo segundo si igualo en puntos y tenia mayor diferncia de goles que Barrio Obrero.? Mano negra.?????

 

RTA. LO EXPLICAMOS MIL VECES. ES POR EL ENFRENTAMIENTO ENTRE 1A1 Y 2A2. BARRIO OBRERO QUEDO SEGUNDO POR LOS DOS GOLES DE VISITANTE. PODES ENTENDER? NO ES TAN DIFICIL.