Cambios en la estructura del Consejo Federal: Se derogaron varios cargos, entre ellos las vicepresidencias que ostentaban J.L.Larocca y Perez Gasul
Luego de una serie de modificaciones programadas en el Reglamento del Consejo Federal quedaron derogados algunos cargos de importancia.
Entre los cargos que YA NO ESTAN en la estructura del Consejo Federal, podemos citar los siguientes:
- Vicepresidente 1ero.: Julio Cesar Larocca
- Vicepresidente 2do.: Alberto Perez Gasul
- Prosecretario: Gustavo Marcial
- Secretario Ejecutivo: Actualmente vacante
- Secretario Deportivo: Omar Sperdutti
- Vocal: Mario Echeverria (sigue como Delegado)
- Vocal: Eduardo Barucco
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL – COMPOSICIÓN
A partir del 15 de Junio de 2018 el Consejo Federal del Fútbol queda compuesto de la siguiente manera:
Órgano Ejecutivo
- Presidente: CLAUDIO F. TAPIA
- Presidente Ejecutivo: PABLO TOVIGGINO
- Secretario General: JAVIER TREUQUE
- Secretario del Interior: MARIO GIAMMARÍA
- Vocales (4):
- JUAN CARLOS ROSSBERG
- ALFREDO ITURRI
- NACIF FARIAS
- EMETERIO FARÍAS
La nueva composición del Consejo Federal. Foto: @SantiDezio
REGLAMENTO DEL CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL – MODIFICACIÓN DEL ART. 26º
DESPACHO Nº 12423
Art. 1° - Disponer la modificación del Art. 26 del Reglamento del Consejo Federal, conforme a lo señalado en los considerandos del presente, el que queda así redactado:
“Componen el Consejo Federal un Órgano Ejecutivo, un Órgano Deliberativo y un Órgano Judicial.
Órgano Ejecutivo integrado por: El Presidente Ejecutivo que será designado conforme el procedimiento establecido en el Art. 52.-
Asimismo integran el Órgano Ejecutivo el Secretario General, y cinco (5) Vocales, los que serán elegidos por el Presidente de la Asociación del Fútbol Argentino, que ejercerá asimismo el cargo de Presidente del Consejo Federal.
También integra el Órgano Ejecutivo, y será designado por el Presidente Ejecutivo, el Secretario del Interior.
Por último formarán parte del Órgano Ejecutivo en carácter de colaboradores inmediatos del Presidente Ejecutivo del Consejo Federal, quien será el único facultado para designarlos, los Delegados Federales que ejercerán sus funciones en las jurisdicciones deportivas que integran.
Para ocupar los cargos referidos en el presente inciso, se deberá acreditar haber sido dirigente Liga o Federación al menos tres (3) años seguidos o cinco (5) alternados, y no tener ninguna condena por delitos penales dolosos.
b) El Órgano Deliberativo está integrado por: Las Ligas afiliadas por intermedio de catorce (14) Representantes, los que deberán ser Presidentes o Vice Presidentes de Ligas, conforme lo establece el Estatuto de la AFA, y serán elegidos por período de un (1) año, pudiendo ser reelectos, y de conformidad con lo que se establece seguidamente:
b.1. Jurisdicción Bonaerense Pampeana: Por intermedio de un (1) Representante por las Ligas Capitalinas y un (1) Representante por las Ligas del Interior de las provincias.
b.2. Jurisdicción Norte: Por intermedio de un (1) Representante por las Ligas Capitalinas y un (1) Representante por las Ligas del Interior de las provincias.-
b.3. Jurisdicción Cuyo: Por intermedio de un (1) Representante por las Ligas Capitalinas y un (1) Representante por las Ligas del Interior de las provincias.
b.4. Jurisdicción Centro: Por intermedio de un (1) Representante por las Ligas Capitalinas y un (1) Representante por las Ligas del Interior de las provincias.
b.5. Jurisdicción Litoral: Por intermedio de un (1) Representante por las Ligas Capitalinas y un (1) Representante por las Ligas del Interior de las provincias.
b.6. Jurisdicción Sur: Por intermedio de un (1) Representante por las Ligas Capitalinas y un (1) Representante por las Ligas del Interior de las provincias.
b.7 Jurisdicción Mesopotámica: Por intermedio de un (1) Representante por las Ligas Capitalinas y un (1) Representante por las Ligas del interior de las provincias”.
Art. 2° - En concordancia con lo resuelto precedentemente quedan así redactados los siguientes artículos del Reglamento del Consejo Federal:
“ART. 29º: PRESIDENCIA
Presidirá las sesiones del Órgano Deliberativo el Presidente Ejecutivo del Consejo Federal, quien solo podrá votar en caso de empate.”
“ART. 51º: INTEGRACION – Primer Párrafo
Integran el Órgano Ejecutivo del Consejo Federal el Presidente, el Presidente Ejecutivo, el Secretario General, el Secretario del Interior y cinco (5) vocales”.
“ART. 52º: DESIGNACION DE MIEMBROS DEL ORGANO EJECUTIVO – Anteúltimo y último Párrafo
El Secretario General y vocales del Órgano Ejecutivo será competencia exclusiva del Presidente de la Asociación del Fútbol Argentino, en quien recaerá la Presidencia del Consejo Federal.
Asimismo la designación del Secretario del Interior será facultad exclusiva del Presidente Ejecutivo y del Secretario General del Consejo Federal”.
“ART. 53º: REQUISITOS PARA SER MIEMBRO
Los miembros del Órgano Ejecutivo del Consejo Federal deberán reunir los siguientes requisitos:
b) haber ejercido como Presidente y/o Vicepresidente de Liga o Federación durante cinco de los últimos diez años o durante los últimos tres años.”
“ART. 56º: ACEFALIA
El Presidente Ejecutivo y en su reemplazo el Secretario General, en ese orden, sustituirán al Presidente natural del Consejo Federal, en caso de inasistencia del mismo a sus sesiones, en la función de presidir el Cuerpo en las reuniones que celebre, con iguales facultades, incluido el doble voto en caso de empate”
“ART. 57º: FUNCIONES DEL PRESIDENTE EJECUTIVO – Tercer y Cuarto Párrafo
El Presidente Ejecutivo podrá delegar en el Secretario General del Cuerpo, con carácter transitorio, todas o parte de las facultades que le confiere este artículo, en caso de ausencia o impedimento.
El Secretario General reemplazará al Presidente Ejecutivo en caso de ausencia o impedimento temporal, con las mismas facultades y atribuciones.”
“ART. 58º: FUNCIONES SECRETARIO GENERAL
b) Refrendar los actos escritos del Presidente”
“ART. 59°: PROSECRETARIO.
Derogado”.
“ART. 60º: SECRETARIO EJECUTIVO
Derogado”
“ART. 61º: SECRETARIO DEPORTIVO
Derogado”
Art. 3° - El inc b) del Art. 26 entrará en vigencia a partir de la próxima elección de Representantes.
Art. 4° - Comuníquese; publíquese y manténgase en Secretaria a sus efectos.
-PUESTO A CONSIDERACIÓN SE APRUEBA POR UNANIMIDAD-
Boletín Oficial Nº 614 (Sesión del 23 de Mayo de 2.018)
Viernes 17 de agosto de 2018, 00:26
EQUIPOS: 20
DESCENSOS: 3
FECHAS: 38. PARTIDO IDA Y VUELTA.
- SEGUNDA DIVISIÓN
EQUIPOS: 20
ASCENSOS: 3.
1ro y 2do del torneo ascienden directo - 3 ascenso por play off del 3º al 10º al puesto
DESCENSOS: 4. ULTIMOS 4.
FECHAS: 38. PARTIDO IDA Y VUELTA.
- TERCERA DIVISIÓN
EQUIPOS: 40. 2 ZONAS DE 20 EQUIPOS POR CERCANÍA GEOGRÁFICA
ASCENSOS: 4. 1º de cada zona. Los otros 2 ascensos por play off entre el 2º al 9º de cada zona
DESCENSOS: 8. ÚLTIMOS 4 DE CADA ZONA
FECHAS: 38. PARTIDO IDA Y VUELTA.
CUARTA DIVISIÓN: 80 EQUIPOS- 8 ZONAS DE 10 EQUIPOS
ASCENSOS: 8. 1º DE CADA ZONA
DESCENSOS: 8. ÚLTIMO DE CADA ZONA
FECHAS 18. PARTIDO IDA Y VUELTA.
QUINTA DIVISIÓN: LIGAS REGIONALES
ASCENSOS: POR PLAY OFF ENTRE LOS CAMPEONES DE CADA LIGA, POR CERCANÍA GEOGRÁFICA HASTA LLEGAR A LOS 8 ASCENSOS.
Hay que poner el tema en la agenda.
¿ Para cuando un verdadero Congreso o Asamblea de Ligas ?.
Todo supuesto porque estos tipos supuestamente representan a clubes del interior castigados por no ser metropolitanos.. ni mas ni menos
Reformaron la parte del consejo federal cuando el correntino romero feris fue presidente y les dijo la justa dejaron todo para que este el interior siempre debajo de los clubes aficionados de afa
Asi esta el estatuto .jeje o no?
osea tapia de la metropolitana ahora es el verdadero presidente del consejo.. y toviggino esta pintado. que futuro
RTA: SIEMRE FUE ASI. GRONDONDA ERA EN SU MOMENTO, DESPUES SEGURA....ESTA EN EL ESTATUTO