Atención Clubes del Interior: Primer fallo de derecho formativo en el país. La aplicaron a favor del club Bochófilo Bochazo contra Estudiantes de La Plata.
LO GANÓ UN CLUB DE SAN VICENTE, CERCA DE RAFAELA
La diputada Claudia Giaccone había impulsado la Ley Nacional 27.211 de Derechos de Formación Deportiva. La aplicaron a favor del club Bochófilo Bochazo contra Estudiantes de La Plata.
Facundo Sánchez. Así llegó el volante a Colón, en el 2008, desde Bochófilo Bochazo de San Vicente, club de la provincia de Santa Fe. Los sabaleros lo dejaron libre y fichó en Estudiantes de La Plata. Un juez obliga a que el “Pincha” pague.
Foto: Flavio Raina
Darío Pignata - dpignata@ellitoral.com
El Dr. Juan Carlos Marchese, juez de Circuito Judicial Nº 29 de San Vicente, decidió aplicar por primera vez en la República Argentina la Ley Nacional 27.211 de Derechos de Formación Deportiva, por lo que un club grande de la Superliga —Estudiantes de La Plata— deberá pagarle al club Bochófilo Bochazo de la Liga Rafaelina una suma importante de pesos por los inicios del jugador Facundo Sánchez. Si bien el “Pincharrata” apelará la medida, el fallo es inédito para el balompié criollo.
La Ley Nacional Nº 27.211 de Derechos de Formación Deportiva, que había sido iniciada por el diputado Nito Artaza pero finalmente por la legisladora Claudia Giaccone, establece que “de manera irrenunciable, que al firmar su contrato profesional y en todas las transferencias futuras a nivel nacional, el club de destino del deportista debe aportar el 5 por ciento del monto pagado a las instituciones donde fue formado el mismo”.
Foto: La legisladora Claudia Giaccone, fue quien presento el proyecto (El Litoral)
Acorde al espíritu de la ley, “se considera formación el período que va entre los 9 y 18 años, y es válido para todos los deportes en equipo o individuales, no solo para el fútbol; y para todos los clubes del país.
“Esta ley pone justicia en el tema, ya que es un reconocimiento de legítima compensación al esfuerzo y recursos puestos en la formación de valores de nuestros niños y jóvenes. La legislación aprobada establece un modo de aplicación muy operativo y de ejecución concreta y automática. No precisa reglamentación del Poder Ejecutivo, y si la deben hacer cada Federación, Confederación y Ligas, en plazos concretos establecidos en el articulado”, explica Giaccone.
Lo que también es importante es que los clubes o asociaciones civiles formadoras muchas veces debían recurrir a la Justicia para reclamar su derecho a una compensación económica, pero como no existía ley no podían lograrlo. “Bien, ahora hay una ley muy precisa”, explica la legisladora.
Se establece en la ley como “formación deportiva” al adiestramiento, entrenamiento y perfeccionamiento de la calidad y destreza del deportista involucrado en la práctica de una disciplina amateur o profesional, entre los 9 y 18 años de edad.
Ese derecho existirá cuando el atleta “se encuentre inscripto federativamente a fin de representar a la entidad deportiva en confederaciones, federaciones, asociaciones, ligas o uniones”.
Hasta aquí se conocían los famosos derechos de formación de la FIFA (es el 5% que cobraron algunas instituciones del interior por centas al extranejero), pero no había precedentes entre clubes argentinos.
¿Cuándo puede aplicarse realmente la ley en los casos de fútbol?:
— 1) Cuando se realiza una venta entre clubes argentinos
— 2) Cuando se firma el primer contrato profesional del jugador
— 3) Cuando se produce la renovación de ese contrato profesional.
¿Cómo se calcula el monto a percibir?:
Es un 0.5 por ciento por cada año de formación, por lo que al comprender “desde los 9 hasta los 18”, es un 5 por ciento total del monto final.
¿Quiénes la redactaron?
Ante esa primera iniciativa del por entonces diputado Nito Artaza, quien se puso al frente —para redactar los fundamentos jurídicos de lo que luego sería Ley— fue el Dr. Ricardo Frega Navia, profesional del Derecho con especialización en Derecho del Deporte. Incluso, fue presidente de la ALADDE, que es la Asociación Latinoamericana de Derecho del Deporte.
Ricardo Frega Navia, que aconseja profesionalmente a Unión y Colón, es además asesor legal de Federaciones, Clubes, agentes y deportistas. Es abogado litigante en la justicia ordinaria, en instancias Federativas (ej.:FIFA) y, ante el Tribunal Arbitral del deporte (TAS).
Junto con Frega Navia trabajaron la Dra. Gisselle Caudana y los doctores Norrberto Outerelo y Augusto Fonte Allegrone para darle forma al espíritu de esta Ley.
El miércoles 19 de noviembre de 2015 fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional la Ley 27.211(de Formación Deportiva) al ser publicada en el Boletín Oficial, que había sido sancionada el 4 de noviembre del mismo año.
“Este Proyecto presentado por la Diputada Nacional Claudia A. Giaccone con el asesoramiento de ALADDE y la colaboración del Movimiento Social del Deporte (Jorge A. Becerra), es un gran reconocimiento a los pequeños clubes de todo el país que desde hace casi un siglo han sido verdaderas escuelas de deportistas”, se afirmaba hace tres años. En el año 1997, por ejemplo, hubo una iniciativa del entonces senador nacional Hugo Sager, pero no prosperó. Ahora, varios años después, es realidad. Es ley y un juez ya falló a favor de un “chiquito” contra el poder de un grande. Por lo visto, esta vez, será justicia.
Facundo Sánchez, el primer caso
Este primer reclamo de Bochófilo Bochazo nace por haber tenido en su escuelita a Facundo Sánchez, hoy jugador profesional en Estudiantes de La Plata.
Daniel Giardini, presidente de la entidad de San Vicente, atendió en exclusiva a El Litoral: “Estamos a 50 kilómetros de Rafaela, en una población de 7.000 habitantes. Si bien el club se llama Bochófilo Bochazo, ya no hay bochas. Tenemos 400 socios. Hay 60 chicos en Escuelita, 90 en inferiores y 40 entre primera y reserva: jugamos en el Grupo “B” zona sur de la Liga Rafaelina. Hacemos fútbol y hóckey femenino”.
“Facundo Sánchez es nacido en Sa Pereira y arrancó acá. Nosotros lo cedimos a Colón de Santa Fe, allá hizo su primer contrato profesional y nunca vimos un peso. Quedó libre por ese famoso 20 por ciento y se fue a Estudiantes. Esto lo hacemos a pulmón, vendemos pollos, hacemos rifas, movemos 200 jugadores por fin de semana. Cualquier dinero que venga, será bien recibido”, se ilusiona.
FUENTE: EL LITORAL
“Celebramos este fallo que nos permite implementar el Derecho de Formación Deportiva en nuestro país”
Por primera vez en la República Argentina un Juez decidió aplicar la Ley Nacional 27.211 de Derechos de Formación Deportiva, cuya autoría pertenece a la diputada Claudia Giaccone.
En el fallo el Dr. Juan Carlos Marchese, juez de Circuito Judicial Nº 29 de San Vicente, establece que Estudiantes de La Plata –institución que participa de la Superliga- deberá pagarle al club Bochófilo Bochazo de la Liga Rafaelina, una suma importante de pesos por los inicios del jugador Facundo Sánchez.
“Esta decisión da así plena legitimidad a un derecho que largamente vienen peleando los clubes de barrio y clubes formadores, que se plasmó en Ley 27211, sancionada y promulgada en noviembre de 2015 y para cuya redacción trabajamos con un equipo de profesionales especialistas provenientes de ALADDE (Asociación Latinoamericana de Derecho del Deporte), a los que se sumaron miembros del Movimiento Social del Deporte”, dice Giaccone.
La legislación, plenamente vigente, establece que las entidades deportivas formadoras, o sea aquellos clubes que aportaron al adiestramiento, entrenamiento y perfeccionamiento de la calidad y destreza del atleta involucrado en la práctica de una disciplina amateur o profesional desde la infancia, deben recibir una compensación económica cuando ese atleta ingrese al profesionalismo, y por cada transferencia posterior.
La diputada destacó que “ley es aplicable a todos los deportes en todas sus disciplinas, y el Derecho establecido en esta norma se adquiere cuando el deportista se haya inscripto federativamente”. Explicó además que el período de un deportista en formación se considera “entre los 9 y 18 años de edad”. Y la compensación que corresponda abonar en concepto de Derecho de Formación Deportiva, “es la suma del cinco por ciento (5%) sobre el valor bruto del pago total y por todo concepto. En los deportes colectivos se hace efectiva cuando el deportista, siendo amateur, celebra el primer contrato profesional, y luego cada vez que se produzca una transferencia de derechos federativos o que se suscribe un nuevo contrato”.
FUENTE: http://claudiagiaccone.com.ar/
Lunes 10 de septiembre de 2018, 12:01
Seguro sos de los bolubles que pagan en las peñas para que los porteños reciban plata facil fomentada por tipos onanistas como vos
Sanchez es de san vicente santa fe, como fantino que relata futbol pero en la canchita lo mandaron a jugar al tenis
Estuvo poco tiempo usando la vidriera de deportivo español en primera division para luego ir a mexico donde tuvo gran campaña en varios clubes grandes ,mientras algunos fanaticos de español daban datos muy falsos en wikipedia mintiendo que el jugador era nativo del club porteño como si el poco tiempo que estuvo se transformara en un año por cada mes de permanencia