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Buenos Aires Federaciones Institucional AFA-CF-Fed-Ligas Torneo Federal C Torneo Regional Torneo Regional Amateur

La Federación Bonaerense Pampeana organiza su clasificatorio al Regional: fixture y reglamento.

El torneo otorga dos plazas para el Regional 2022. Se jugará en formato playoff ida y vuelta y comenzará el 27/04. Participarán 42 equipos. Todos los detalles.

Federación de Futbol Bonaerense Pampeana (@ffbpok) / Twitter

 

El Torneo de la FFBP tiene todo definido. En las últimas horas se dieron a conocer el listado final de equipos, los cruces y todo lo concerniente al campeonato que otorgará DOS PLAZAS para el Torneo Regional Federal Amateur. A continuación compartimos todos los detalles.

 

ACLARACIÓN: El Martes 12/04/22 se sortearán las localias por Lotería de la Ciudad Nocturna. Cada club tiene una P (par) o una I (impar) para el sorteo. El favorecido define esta fase de local.

 

FIXTURE

 
SUB ZONA BONAERENSE PAMPEANA SUR
 
PRIMERA FASE - FECHAS 27/04 Y 04/05/22
 
Equipo 1: Futbol y Tenis Club Mayor Buratovich (Liga Villarino) P vs Equipo 2: Club Colonia San Adolfo (Liga Villarino) I
 
Equipo 3: Club Deportivo San Francisco (Liga del Sur) P vs Equipo 4: Club Juventud Unida (Liga Villarino) I
 
Equipo 5: Club Sportivo San Cayetano P vs Equipo 6: Club Atl.Villa Rosa (Cnel. Dorrego) I
 
Equipo 7: Atl. Independiente (Pringles) P vs Equipo 8: Club Ferro (Olavarria) I
 
Equipo 9: Racing Eduardo Castex (Liga Pampeana) P vs Equipo 10: Foot Ball Club Argentino (Liga de Trenque Lauquen) I
 
Equipo 11: Club Balompie (Bolivar) P vs Equipo 12: Club Embajadores (Olavarria) I
 
Equipo 13: Club Gimnasia Esgrima (Liga Tandil) I vs Equipo 14: Club Social y Deportivo Unión (Liga de Maipu) P
 
Equipo 15: Club Velense (Liga Tandil) P vs Equipo 16: Club Atl.Jorge Newvery (Liga Maipu) I
 
Equipo 17: Club Parque Labarden (Liga Maipu) P vs Equipo 18: Club Mar de Cobos (Liga Mar Chiquita) I
 
Equipo 19: Club Estudiantes (Liga Mar Chiquita) P vs Equipo 20: Club Belgrano (Liga Mar Chiquita) I
 
Equipo 21: Club Atl. Sportivo (Liga Veinticinqueña) P vs Equipo 22: Club Atl. El Taladro (Liga Las Flores) I
 
Equipo 23: Club Ferrocarril Roca (Liga Las Flores) P vs Equipo 24: Club Argentino (Liga Veinticinqueña) I
 
Equipo 25: Club Sportivo Piazza (Liga Azul) P vs Equipo 26: Club Plaza España (Liga Veinticinqueña) I
 
SEGUNDA FASE 11/05 Y 17/05
  • Una vez disputada la primera fase se confeccionará una tabla general con los trece (13) equipos ganadores de la primera fase siguiendo los parámetros indicados en el punto 12 del presente reglamento.

  • El equipo mejor clasificado pasa directamente a la tercera fase.

  • Los doce (12) equipos restantes clasificados de la primera fase jugaran por eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Pasando los ganadores a la tercera fase.

 
TERCERA FASE 24/05 Y 01/06
  • Una vez disputada la segunda fase se confeccionará una tabla general con los seis (6) equipos perdedores de la segunda fase siguiendo los parámetros indicados en el punto 12 del presente reglamento.

  • El equipo mejor perdedor clasificado disputara la tercera fase.

  • Los seis (6) equipos restantes clasificados de la segunda fase más el mejor clasificado de las primera fase más el mejor perdedor de la segunda fase – Total 8 (ocho) equipos - jugaran por eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Pasando los ganadores a la cuarta fase.

 
CUARTA FASE 08/06 Y 15/06
  • Estará integrada por los cuatro equipos (4) ganadores de la Tercera Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Clasificando los ganadores a la quinta fase.

 
QUINTA FASE 22/06 Y 29/06
  • Estará integrada por los  dos (2) equipos ganadores de la Cuarta Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. El Ganador de esta fase obtendrá una (1) plaza para disputar el Torneo Regional Amateur 2022 y el derecho a disputar la final del Torneo de Primera División de la FFBP.

 
 

SUB ZONA BONAERENSE PAMPEANA NORTE

PRIMERA FASE 27/04 Y 04/05
 
A - Equipo 27: Club Napoli Argentino (Chascomus) P vs Equipo 28: Club Las Malvinas (La Plata) I
 
B - Equipo 29: Sociedad de Fomento Etcheverry (Chascomus) P vs Equipo 30: San Lorenzo Villa Castelli (La Plata) I
 
C - Equipo 31: ADES (Chascomus) P vs Equipo 32: Club Ever ready (Dolores) I
 
D - Equipo 33: Club Atl. Don Torcuato (Escobar) P vs Equipo 34: Club Roma (Escobar) I
 
E - Equipo 35: Club Dep. Metalurgico (Escobar) P vs Equipo 36: Club Atl. La Sonia (Escobar) I
 
F - Equipo 37: Club El Linqueño (Lincoln) P vs Equipo 38: Club Juventud Alsina (Los Toldos) I
 
G - Equipo 39: Club Atl.River Plate (Los Toldos) I vs Equipo 40: S y D Atlanta (Vedia) P
 
H - Equipo 41: Deportivo Sarmiento (Vedia) I vs Equipo 42: Viamonte FC (Los Toldos) P
 
SEGUNDA FASE 11/05 Y 17/05
 
1 - Ganador A P vs Ganador B
2 - Ganador C P vs Ganador D I
3 - Ganador E P vs Ganador F I
4 - Ganador G P vs Ganador H I
 
TERCERA FASE 24/05 Y 01/06
 
X - Ganador 1 P vs Ganador 2 I
Y - Ganador 3 P vs Ganador 4 I
 
CUARTA FASE 08/06 Y 15/06
 
Final: Ganador X P vs Ganador Y I
Estará integrada por los dos (2) equipos ganadores de la Cuarta Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. El Ganador de esta fase obtendrá una (1) plaza para disputar el Torneo Regional Amateur 2022 y el derecho a disputar la final del Torneo de Primera División de la FFBP.
 
 

Fase Final

La disputaran el clasificado de la Región Bonaerense Pampeana Sur Vs. el clasificado de la Región Bonaerense Pampeana Norte. Se disputara a un único encuentro por sistema de eliminación directa en una sede a designar. El ganador será el Campeón Torneo de Primera División de la FFBP.

 

 

REGLAMENTO

TORNEO PRIMERA DIVISIÓN FEDERACION BONARENSE PAMPEANA - EDICION 2022
REGLAMENTO
 
CAPITULO I – ASPECTOS GENERALES DEL CERTAMEN
 
1 – ORGANIZACIÓN:
La organización del Torneo Interprovincial de Primera División  estará a cargo de  la Federación de Futbol Bonaerense Pampeana (FFBP).
 
2.- OBJETIVO:
El presente Torneo tiene los siguientes objetivos:
2.1 Promover la participación de los equipos de primera división de las ligas afiliadas de la FFBP.
2.2 Consagrar un Campeón de equipos de Primera División de las ligas afiliadas a la FFBP.
2.3 Clasificar a los dos equipos mejor clasificados para participar del Torneo Federal Amateur 2022 organizado por el Consejo Federal del Futbol Argentino.
 
3.- PARTICIPANTES: 
Participarán tres (3) equipos por cada liga con jurisdicción en la Provincia de La Pampa y Provincia de Buenos Aires.
 
4.- DATOS:
 Los Equipos participantes a través de sus ligas deberán comunicar no más allá del 18 de abril de 2022 a la FFBP, lo siguiente:    
a) Nombre completo del Club;
b) Domicilio, localidad, teléfonos y fax del Club;
c) Apellidos y nombres completos del Presidente y del Secretario del Club
d) Domicilios, teléfonos y fax del Presidente y del Secretario del Club
e) Estadio donde el Club hará las veces de local. Dicho estadio deberá ser alguno de aquellos que, estando dentro de la jurisdicción deportiva de la Liga, se encuentre AUTORIZADO por el Consejo Federal; debiendo contar, asimismo, el referido estadio, bajo responsabilidad de la Liga y el Club participante, con la correspondiente HABILITACION emanada de la Municipalidad u Organismos Oficiales competentes o con CERTIFICADO de APTITUD TECNICA expedido por Profesional Matriculado donde específicamente se certifique para que cantidad de espectadores es que se extiende tal habilitación o certificado;
f) Domicilio, teléfonos y fax del estadio aludido en el inc. e) precedente; y,
g) Un número de FAX, como mínimo, donde la FFBP puede remitir las comunicaciones pertinentes al Club, las que por este medio tendrán el carácter de OFICIAL a todos sus efectos.
h) Dos (2)direcciones de correo electrónico (E-Mail) las que revestirán el carácter de oficiales, mediante las cuales este Organismo canalizará todo tipo de información, documentación; normas y/o disposiciones que se dicten durante el desarrollo del certamen, de las cuales los clubes no podrán aducir desconocimiento o bien alegar la falta de recepción en sus casillas; motivo por el cual, se hace imprescindible no contratar servidores que no puedan soportar la cantidad de material a remitir por este Organismo. 
i) Acreditar Certificado de  Vigencia de la Dirección de Personas Jurídica de la jurisdicción correspondiente con una antigüedad no mayor al año 2019. 
j) Abonar el derecho de inscripción. Para Los clubes de ligas afiliadas a la FFBP de pesos Cuatro mil ($ 10000.-) y para los clubes de las ligas no afiliadas a la FFBP de pesos ocho mil ($ 20000.-)
k) Acreditar Póliza de cobertura de Seguro de espectador y póliza del seguro obligatorio para jugadores y cuerpo técnico. 
 
5.- ESTADIOS - Los partidos del certamen deberán disputarse exclusivamente EN ESTADIOS AUTORIZADOS POR EL CONSEJO FEDERAL, no asistiendo facultad alguna en favor de las Ligas o de Presidentes de las mismas (en caso de su actuación como Representantes del Consejo Federal) a disponer lo contrario.
Las Ligas serán las únicas responsables de que los estadios autorizados no sean disminuidos en su capacidad o que sufran modificaciones o inconvenientes antes o durante la disputa del certamen que impidan el normal desarrollo de los encuentros programados. La transgresión a lo prescripto precedentemente, por parte de la Liga, Club participante o locador, dará lugar a la FFBP a aplicar las siguientes penalidades, de conformidad con las responsabilidades que en cada caso surjan de los actuados pertinentes: multas, no participación en futuras ediciones del certamen (hasta cinco ediciones), amonestación y suspensión de afiliación.
Sin perjuicio de las autorizaciones emanadas de la Unión de Ligas FFBP, serán las Ligas las que deberán controlar que los respectivos estadios cuenten con la pertinente HABILITACION emanada de la Municipalidad u Organismos Oficiales competentes o con CERTIFICADO de APTITUD TECNICA expedido por Profesional Matriculado donde específicamente se certifique para que cantidad de espectadores es que se extiende tal habilitación o certificado y la habilitación otorgada por el Organismo de Seguridad Deportiva de cada provincia; corriendo por cuenta y riesgo de las Ligas los efectos y consecuencias, de cualquier índole, que pudieran sobrevenir por la inobservancia de tal exigencia.
 
6.- INICIO: 27 de abril de 2022
 
7.- PROGRAMACION - Los Clubes representantes, salvo comunicación en contrario, se ajustarán a la programación y fechas obrantes en el PROGRAMA DE PARTIDOS emanado de la FFBP. 
Se establece que la programación de los partidos será preferentemente los días miércoles de cada semana, para evitar interposición con las programaciones de campeonatos de las respectivas Ligas. Caso contrario se evaluaran los motivos que impidan jugar en los días estipulados y la FFBP definirá al respecto.
 
8.- CAMBIO DE FECHAS - Para el cambio de fecha de cualquiera de los partidos (adelantar, pero nunca postergar), ambas Clubes (local y visitante), por conducto de las respectivas Ligas, deberán hacer llegar su conformidad en tal sentido, con no menos de cinco (5) días de anticipación a la fecha elegida para llevar a cabo el partido.
 
9.- RESERVAS - La FFBP se reserva el derecho de efectuar cualquier modificación de las fechas, horarios o estadios de los partidos cuando razones de fuerza mayor o de agilización del certamen así lo aconsejaren.
La transgresión a lo precedentemente establecido dará lugar a la adopción de las medidas disciplinarias que se estimen convenientes. 
 
CAPITULO II - FORMA Y SISTEMA DE DISPUTA
 
10.-  FORMA DE DISPUTA 
Se disputará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Las localias en todas las fases se sortearan en fechas a estipular por la Comisión de Torneos y se realizarán por Quínela de la Ciudad nocturna. Se confeccionaran dos sub-zonas por cercanía geográfica (Región Pampeana Bonaerense Norte y Región pampeana bonaerense Sur). 
10.1   Primera Fase: 
10.1.1 Zona Bonaerense Pampeana Sur: Estará integrada por Veintiséis equipos (26) equipos. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Clasificando los ganadores a la segunda Fase. 
10.1.2 Zona Bonaerense Pampeana Norte: Estará integrada por dieciséis equipos (16) equipos. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Clasificando los ganadores a la Fase segunda Fase. 
10.2  Segunda Fase: 
10.2.1 Zona Bonaerense Pampeana Sur: Una vez disputada la primera fase se confeccionará una tabla general con los trece (13) equipos ganadores de la primera fase siguiendo los parámetros indicados en el punto 12 del presente reglamento. 
10.2.2 El equipo mejor clasificado pasa directamente a la tercera fase.
10.2.3 Los doce (12) equipos restantes clasificados de la primera fase jugaran por eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Pasando los ganadores a la tercera fase.
10.2.4 Zona Bonaerense Pampeana Norte: Estará integrada por ocho equipos (8) equipos ganadores de la Primera Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Clasificando los ganadores a la tercera fase.
10.3  Tercera Fase: 
10.3.1 Zona Bonaerense Pampeana Sur: Una vez disputada la segunda fase se confeccionará una tabla general con los seis (6) equipos perdedores de la segunda fase siguiendo los parámetros indicados en el punto 12 del presente reglamento. 
10.3.2 El equipo mejor perdedor clasificado disputara la tercera fase.
10.3.3 Los seis (6) equipos restantes clasificados de la segunda fase más el mejor clasificado de las primera fase más el mejor perdedor de la segunda fase – Total 8 (ocho) equipos - jugaran por eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Pasando los ganadores a la cuarta fase.
10.3.4 Zona Bonaerense Pampeana Norte: Estará integrada por cuatro equipos (4) equipos ganadores de la Segunda Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Clasificando los ganadores a la cuarta fase.
10.4 Cuarta Fase: 
10.4.1 Zona Bonaerense Pampeana Sur: Estará integrada por los  cuatro equipos (4) ganadores de la Tercera Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. Clasificando los ganadores a la quinta fase.
10.4.2 Zona Bonaerense Pampeana Norte: Estará integrada por los  dos (2) equipos ganadores de la Tercera Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. El Ganador de esta fase obtendrá una (1) plaza para disputar el Torneo Regional Amateur 2022 y el derecho a disputar la final del Torneo de Primera División de la FFBP.
10.5 Quinta Fase: 
10.5.1 Zona Bonaerense Pampeana Sur: Estará integrada por los  dos (2) equipos ganadores de la Cuarta Fase. Se desarrollará por el sistema de eliminación directa a doble partido, uno en cada sede. El Ganador de esta fase obtendrá una (1) plaza para disputar el Torneo Regional Amateur 2022 y el derecho a disputar la final del Torneo de Primera División de la FFBP.
10.6 Fase Final
La disputaran el clasificado de la Región Bonaerense Pampeana Sur Vs. el clasificado de la Región Bonaerense Pampeana Norte. Se disputara a un único encuentro por sistema de eliminación directa en una sede a designar. El ganador será el Campeón Torneo de Primera División de la FFBP.
 
11.- DEFINICIONES 
11.1 En favor del equipo que hubiera obtenido más puntos en la serie de partidos disputado entre una pareja de equipos.
11.2 De existir igualdad, en favor del equipo que obtuviera mayor diferencia de gol en esa serie.
11.3 En caso de no existir definición por los puntos anteriores se deberá recurrir a la ejecución de tiros desde el punto del penal, conforme las previsiones del art. 111° del Reglamento General de la A.F.A.
 
12.- DEFINICIONES PARA LA TABLA GENERAL DE LA SEGUNDA Y TERCERA FASE ZONA BONAERENSE PAMPEANA SUR:
Se confeccionará una tabla general contabilizándose la totalidad de los partidos disputados en la fase en cuestión, en caso de existir igualdad se definirá de acuerdo con en el siguiente orden:
a) mayor diferencia de goles.
b) mayor cantidad de goles a favor.
c) mayor cantidad de goles como visitante.
d) Tabla de Conducta Deportiva y por último 
f) Una vez agotadas las alternativas previstas en los ítems anteriores, de persistir el empate a la finalización de la etapa o ronda la posición se definirá por medio de un sorteo.
Si por aplicación de algunos de los puntos precedentes se definieran posiciones en forma parcial (cuando el empate es entre 3 o más clubes), se comenzará nuevamente a definir las posiciones en el orden establecido en este artículo.
 
13.- DEFINICIÓN DEL CAMPEON DE LA FFBP:
En caso de no existir definición en el partido que hace referencia la fase final, se deberá recurrir a la ejecución de tiros desde el punto del penal, conforme las previsiones del art. 111° del Reglamento General de la A.F.A.
 
CAPITULO III - LISTAS DE BUENA FE
 
14.- JUGADORES – CANTIDAD, INSCRIPCION Y HABILITACION 
 Cada Lista de Buena Fe deberá estar integrada con no más de Cuarenta (40) jugadores debidamente inscriptos y habilitados por el sistema COMET, al último día hábil inmediato anterior al inicio del certamen (27/04/2022). En caso de adelantar el partido, lo estipulado en el párrafo anterior será 24 Hs. antes de la disputa del partido. Cada jugador deberá contar con la Ficha de Aptitud Física (se adjunta modelo). El jugador que no cuenta con la Ficha de Aptitud Fisca debidamente cumplimentada por un profesional médico (debe constar que está apto para la práctica deportiva) se encontrara inhabilitado para actuar hasta tanto de cumplimiento al requisito exigido; 
Se deja establecido que un jugador no podrá figurar en la Lista de Buena Fe en Torneos organizados por la AFA y del Torneo de primera división de la FFBP  simultáneamente. 
 
15.- COPIAS 
La Lista de Buena Fe se confeccionará por triplicado, en el formulario adjunto al presente Reglamento.
 
16.- REMISION 
Al ORIGINAL de la Lista de Buena Fe se le deberá agregar lo siguiente: 
1) Copia legible del convenio de transferencia “a prueba con opción” o “sin opción” de cada jugador incorporado en tal carácter y la Ficha de Aptitud Física de cada jugador (se adjunta modelo). El jugador que no cuenta con la Ficha de Aptitud Fisca debidamente cumplimentada por un profesional médico (debe constar que está apto para la práctica deportiva) se encontrara inhabilitado para actuar hasta tanto de cumplimiento al requisito exigido; 
2) Copia de la solicitud de transferencias internacionales ingresadas en la A.F.A no más allá de la fecha establecida en el Punto. 13; 
3) Copia de la solicitud de transferencias interligas ingresadas en las ligas no más allá de la fecha establecida en el Punto 13, en las cuales ineludiblemente, deben contar con la firma de los jugadores. Con relación a estas transferencias interligas e inmediatamente de haber recibido la conformidad (pase concedido), la Liga deberá proceder a la inscripción y habilitación respectiva, y dentro de las 24 horas enviar copia del aludido pase concedido, refrendado al dorso del mismo por Presidente y Secretario, a la secretaria de esta Federación acompañando asimismo el Boletín Oficial y/o Acta mediante el cual se habilita al jugador. 
EL DUPLICADO de la Lista de Buena Fe deberá obrar en poder de la Liga, luego de certificar los datos insertos en la misma (Punto 17, inc. i). 
EL TRIPLICADO de la Lista de Buena Fe deberá quedar en poder del Club participante
 
17.- Una vez presentada la Lista de Buena Fe no se podrá, bajo ningún concepto, agregar y/o reemplazar a jugador alguno.
 
18.- DATOS 
En la Lista de Buena Fe se deberá consignar los siguientes datos: 
a) Apellidos y nombres completos de los jugadores. 
b) Los números del Documento Nacional de Identidad
c) Fecha de nacimiento. 
d) Situación reglamentaria de cada jugador; es decir, si es propiedad del Club o a prueba “con” o “sin” opción; debiendo, en este último caso, adjuntar copias legibles de los respectivos convenios (Punto 15). 
e) Apellidos y nombres completos de los miembros del Cuerpo Técnico. 
f) Los números de todos los documentos que posean los miembros del Cuerpo Técnico. 
g) El cargo que ocupa cada integrante del Cuerpo Técnico, a saber: 
g.1 - Director Técnico. 
g.2 - Preparador Físico. 
g.3 - Médico. 
g.4 - Kinesiólogo. 
g.5 - Personal Auxiliar (aguatero, camillero y/o utilero). 
Se deja aclarado que, en ocasión de cada partido, sólo podrán ingresar al campo de juego un (1) Director Técnico, un (1) Médico, un (1) Kinesiólogo y un (1) Personal Auxiliar, los que deberán ubicarse en el respectivo banco de suplentes. 
h) Firmas y sellos del Presidente y del Secretario del Club y sello del Club. 
i.) Fecha (perfectamente legible) en que la Liga recibe del Club la Lista de Buena Fe y certifica los datos volcados en la misma (al dorso). 
j) Firmas y sellos del Presidente y del Secretario de la Liga y sello de la Liga (al dorso).
 
19.- INTERCAMBIOS 
Antes del inicio de cada encuentro cada Club deberá entregar a su eventual rival una copia de la Lista de Buena Fe, como así también de las comunicaciones cursadas por la FFBP respecto de rectificaciones operadas sobre la Lista de Buena Fe (las copias deberán ser perfectamente legibles).
El árbitro del encuentro, a pedido de parte, dejará constancia en el Rubro “Observaciones” de la Planilla de Firmas y Resultado, la no entrega de la Lista de Buena Fe por parte del adversario.
El incumplimiento de lo dispuesto en párrafos anteriores dará lugar a aplicar al infractor las medidas disciplinarias de carácter administrativo. 
 
20.- RECTIFICACIONES Y REEMPLAZOS MIEMBROS CUERPO TECNICO 
 Toda rectificación a alguno de los datos consignados en la Lista de Buena Fe y/o reemplazo de miembros del cuerpo técnico, deberá ser solicitada por la respectiva Liga.
RECTIFICACION DE DATOS: PESOS MIL ($5000,00.-)
REEMPLAZOS MIEMBROS CUERPO TECNICO: PESOS DOS MIL ($8000,00-.) Los miembros del Cuerpo Técnico pueden ser reemplazados en cualquier momento (cumpliendo previamente con lo establecido en el párrafo precedente), para lo cual se deberá comunicar cual es el reemplazado y los datos del reemplazante.
 
21.- ACREDITACION DE IDENTIDAD 
 Los jugadores deberán acreditarse ante el árbitro, antes del inicio del encuentro al momento de la firma de la Planilla de Firmas y Resultado con el Documento Nacional de Identidad volcado en la Lista de Buena Fe; y, los miembros del cuerpo técnico alguno de los documentos insertos  en dicha lista.  
En caso de duda o a pedido de alguna de las partes el árbitro deberá dejar asentado al dorso de la referida planilla la observación del caso pero, bajo ningún concepto, podrá impedir que un jugador sea incluido en la misma, corriendo por cuenta y riesgo del equipo al cual pertenece el jugador los efectos a que pudiera dar lugar la inclusión del mismo.
 
CAPITULO IV - ARBITROS
 
22.- NOMINACIONES - Durante la disputa de los encuentros en las distintas etapas, serán dirigidos por árbitros designados por la FFBP que formen parte de la Tabla de Méritos elevada al Consejo Federal por las respectivas ligas.
 
22.1 – ARANCELES TERNAS ARBITRALES
Por cada encuentro percibirán las siguientes sumas:  
Árbitro $ 10.000
Árbitros Asistentes c/u $ 5.000
Más los gastos de traslado 
 
23.- TRASLADOS - Los traslados de los árbitros (inscriptos en las Tablas de Méritos de las Ligas afiliadas) y del Representante designado deberán realizarse únicamente en medio de transporte público (trenes o micros), debiendo abstenerse de viajar en automóvil particular, remisse, taxi o cualquier otro privado, corriendo por cuenta y riesgo de los mismos los efectos (accidentes, mayores costos, etc.) producidos por cualquier alteración que por propia determinación efectúen al itinerario y medio de transportes fijados.
 
CAPITULO V - PLANILLAS DE FIRMAS Y RESULTADO – INFORME
 
24.- PLANILLA DE FIRMAS Y RESULTADO – Su provisión será responsabilidad de la Liga cuyo Club actúa como local, conforme al ejemplar que se adjunta al presente Reglamento.
 
25.- DATOS – En la Planilla de Firmas y Resultado deberá ser confeccionada por Triplicado y en la misma deberán consignarse los siguientes datos:
a) Denominación del certamen y de la Ronda respectiva.
b) Estadio donde se disputa el partido.
c) Fecha en que se disputa el partido.
d) Hora de inicio y de finalización de cada período.
e) La denominación de ambos Clubes intervinientes.
f) Cantidad de goles convertidos por cada equipo.
g) Número del  Documento Nacional de Identidad de cada jugador.
h) Apellidos y nombres completos de cada jugador.
i.) Firmas de los jugadores.
j) Cantidad de goles convertidos por cada jugador.
k) Aclaraciones y firmas del árbitro y de cada árbitro asistente.
l) Número de casaca y firmas de ambos capitanes.
m) Aclaraciones y firmas de los delegados.
n) Sustituciones realizadas en cada equipo (al dorso).
ñ) Aclaraciones, número de documento y firmas de cada miembro del Cuerpo Técnico de ambos Clubes (al dorso).
o) En el rubro “observaciones” (al dorso), además de todas aquellas anotaciones que correspondan (salvar las correcciones, dejar constancia de las observaciones sobre identificación, detallar el resultado registrado en el tiempo suplementario y/o en la definición por penales, etc.), el árbitro deberá dejar asentado el número de la casaca o el cargo y el apellido y los nombres de cada jugador o miembro del Cuerpo Técnico de cada Club, quienes durante el transcurso del partido resultaron expulsados (tarjeta roja), con el objeto que las partes puedan llevar un autocontrol; no debiendo por ningún motivo dejar constancia de las causales que dieron lugar a la aplicación de las mismas.
 
26.- INFORME – No obstante lo señalado en el inc. o) del art. 25° precedente, cada integrante de la terna arbitral, al elevar su informe a la FFBP sobre las novedades ocurridas, deberá efectuar un detallado relato de los hechos que dieron lugar a las infracciones cometidas antes, durante y después del partido, el que deberá estar redactado con letra clara y legible sobre el modelo de formulario adjunto a este Reglamento. En caso de no haber ocurrido nada, sobre el referido formulario se deberá cruzar la leyenda “SIN NOVEDAD”.
 
27.- REMISIÓN - El ORIGINAL de la Planilla de Firmas y Resultado y/o del obligatorio Informe  de las novedades ocurridas será entregada por el árbitro y cada árbitro asistente, según corresponda, en forma directa a la FFBP o a la Liga a la cual pertenece. 
Las Planillas de Firmas y Resultado conjuntamente con los de Informes, entregados por los árbitros a la Liga a la cual pertenecen, deberán ser adelantados a la FFBP, POR PARTE DE LA LIGA, MEDIANTE WAPSSAP (al 02396-15-600588) o E-mail (..........) y, los originales, remitirlos por correo privado (preferentemente urgente) dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de disputado el partido.
El ÁRBITRO deberá RETENER en su poder una FOTOCOPIA de la Planilla de Firmas y Resultado y del Informe a los efectos de un posible requerimiento de la FFBP, en caso de extravío, pérdidas, etc. de los citados documentos.
 
28.- El incumplimiento a lo establecido en los Puntos 26° y 27° dará lugar a la aplicación al infractor de las medidas disciplinarias correspondientes.
 
29.- De las restantes dos copias de la Planilla de Firmas y Resultado se deberá distribuir una para cada Club.
 
30.- A los efectos de poder completar en tiempo las Planillas de Firmas y Resultado como así también para poder verificar la documentación y permitir el control de la indumentaria de los jugadores, con el objeto de no demorar la hora de inicio fijada para el encuentro, ambos equipos deberán encontrarse en los vestuarios con una antelación no menor a una (1) hora a la fijada para el comienzo del partido. 
 
CAPITULO VI - REPRESENTANTE
 
31.- DESIGNACIÓN - La FFBP designará para cada partido del certamen a un Representante. Si así no lo hiciera el Presidente de la Liga local asumirá las funciones asignadas a aquél.
Al Representante, sólo cuando fuese designado por la FFBP, se le deberá abonar, en concepto de reintegro de gastos, el importe que en tal sentido sea determinado y comunicado por la propio FFBP.
En caso de ser designado un Auditor el Representante deberá colaborar con aquél y aceptar las sugerencias y/o pedidos que el mismo imparta.
 
32.- FACULTADES - El Representante tendrá amplias facultades para intervenir en todo lo concerniente a la organización del encuentro, como así también para solicitar sean puestos a su disposición los elementos que crea necesarios para el mejor desempeño de sus funciones, tales como:
a) Requerir el detalle de boletos de entradas habilitados para la venta.
b) Controlar las boleterías y accesos; debiendo los boleteros, porteros, etc. ser puestos a su disposición con la expresa recomendación de aceptar sus sugerencias, de cuyo incumplimiento será responsable el Club local.
c) Exigir sean puestas a su disposición las urnas existentes en cada acceso al momento de realizarse la recaudación y la liquidación.
d) Intervenir en la recaudación y en la liquidación del partido.
e) Requerir el apoyo de personal policial (para prevenir desordenes y/o el ingreso al estadio de personas sin entradas y/o el ingreso al campo de juego, etc.) debiendo ponerse en su conocimiento el operativo policial programado para el partido.
f) Disponer el cierre o apertura de accesos al estadio o al campo de juego.
 
33.- INFORME - El Representante, indefectiblemente, deberá producir un informe personal, el que deberá ser entregado o remitido a la FFBP dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de disputado el partido. 
El informe elevado por el representante será prueba más que suficiente para actuar en consecuencia, salvo que se arrimasen elementos probatorios que demuestren lo contrario.
 
CAPITULO VIII – ENTRADAS, RECAUDACION, DISTRIBUCION
 
34.- SUMINISTRO DE LAS ENTRADAS - Los boletos de entradas habilitadas en ocasión de cada partido deberán ser suministrados por el Club que hace las veces de local.   En ocasión de cada partido el Club deberá enviar a la Liga que pertenece la cantidad de entradas de cada tipo, a través de una planilla de habilitación de entradas, para ser visadas por la misma. Todas estas entradas deberán contener de forma legible la leyenda “TORNEO DE PRIMERA DIVISIÓN DE LA FFBP” y la respectiva “VISACION”  por parte de la Liga; y, la numeración de cada tipo de entradas, según se señala en el Punto 35°, debiendo comenzar con el número 01 y la misma deberá ser correlativa hasta la finalización del Torneo. En tal sentido, la FFBP podrá, en cualquier momento, requerir al Club, por conducto de su Liga, la siguiente información:
a) Último número impreso de cada tipo de entrada.
b) El detalle de la numeración de entradas de cada tipo habilitadas en cada partido del certamen.
c) El detalle de la numeración de entradas de cada tipo vendidas en cada partido del certamen.
d) El detalle de las entradas en su poder, es decir las que aún no han sido vendidas (las entradas no vendidas en cada partido deben quedar en poder del Club a los fines de su control y posterior habilitación para el próximo encuentro).
De detectarse entradas que no figuran como vendidas la FFBP podrá, en carácter de multa, ordenar la liquidación de tales cantidades detectadas al mayor precio fijado para cada tipo en los partidos disputados hasta ese momento, como local.
e) Se deja debidamente aclarado que no está permitida la venta de entradas para “SOCIOS”.
 
35.- TIPOS DE ENTRADAS - Los tipos de entradas habilitados para le venta son:
a) Generales (incluye el seguro de espectador).
b) Jubilados, Pensionados (incluye el seguro de espectador).
c) Menores y Credenciales (para los menores de doce años de edad y aquellos que tienen libre acceso al estadio) (incluye el seguro de espectador).
d) Adicionales a Platea (no dan derecho a ingresar al estadio, sólo dan derecho a ocupar una butaca en el sector de plateas, debiendo venir acompañado por alguno de los tipos de entradas señalados en los inc. a, b o c precedentes, o por la debida credencial que certifique el libre acceso al estadio).
 
36.- PRECIO DE LAS ENTRADAS - El precio máximo será de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00).   
El precio de las entradas de jubilados, pensionados será igual al 50% fijado para las entradas generales en ocasión de cada partido.
El precio de las credenciales será de PESOS Cien ($ 100,00)
El Club local fijará el precio de los adicionales a platea.
El Club local deberá comunicar a su respectiva Liga los valores fijados para los distintos tipos de entradas en ocasión de cada partido.
 
37.- DISTRIBUCION – El total recaudado en todo concepto luego de efectuados los pagos establecidos en esta reglamentación quedan íntegramente para el Club LOCAL.
 
CAPITULO IX - LIBRE ACCESO A LOS ESTADIOS
 
38.- Tendrán libre acceso a los estadios donde se disputen partidos programados por el certamen, no obstante lo cual deberán abonar el seguro obligatorio:
  a) El Presidente de la Nación, los Gobernadores y el Intendente del Municipio donde se juega el partido.
b) Los Ministros de la Nación y de las Provincias.
c) Los menores de doce años de edad, debiendo exhibir el correspondiente documento a los fines de comprobar la edad (con doce años cumplidos debe abonar la entrada general).
d) Los periodistas con credenciales acordadas por el Club local y visadas por la Liga.  A tales efectos y en todos los casos dichas credenciales deberán extenderse como se indica a continuación:
d.1 - Tres credenciales como máximo a cada medio periodístico escrito.
d.2 - Cinco credenciales como máximo a cada medio periodístico oral o televisivo.
e) Los miembros titulares y suplentes de las Comisiones Directivas de ambos Clubes (local y visitante), debiendo exhibirse la correspondiente credencial.
f) Las autoridades estatutarias de ambas Ligas (local y visitante) debiendo exhibirse la correspondiente acreditación.
g) Las autoridades de la A.F.A. y del Consejo Federal y los poseedores de credenciales extendidas por la A.F.A., exhibiendo la correspondiente acreditación.
h) Los poseedores de INVITACIONES.   Estas invitaciones se distribuirán:
h.1 - Treinta para el Club local.
h.2 - Veinte para el Club visitante.
h.3 - Veinte para la Liga local.
Las invitaciones deberán estar numeradas, debiendo constar en el detalle de entradas habilitadas, con la leyenda a qué partido corresponden. También deberán ser suministradas por la Liga con cargo al Club local.
 
CAPITULO X - ORGANIZACION DE LOS PARTIDOS
 
39.- RESPONSABILIDADES DE LA LIGA LOCAL - La organización de todo lo inherente al partido es responsabilidad de la Liga cuyo Club actúa como local, entre, las cuales se encuentran las siguientes:
a) La contratación del servicio policial suficiente, como mínimo CUATRO -4- EFECTIVOS POLICIALES, para mantener el orden y la seguridad tanto en las inmediaciones como en los accesos y dentro del estadio, dentro del campo de juego, en la zona de vestuarios, en las boleterías, en la sala de recaudación, etc.
b) La adopción de medidas que en caso de accidentes permitan la atención del accidentado (primeros auxilios), tales como la presencia de personal médico, ambulancias, paramédico, etc.
c) Garantizar un correcto sistema de venta de entradas, abriendo la cantidad suficiente de boleterías en sectores debidamente acondicionados.
d) Controlar que en las boleterías sólo se vendan las entradas habilitadas, así como también arbitrar los medios para evitar que fuera del estadio sean revendidas las mismas o sean vendidas entradas ilegítimas.
e) Abrir los accesos necesarios, con la cantidad de porteros suficientes, para un correcto ingreso del público.
f) Controlar que el público ingrese únicamente con las entradas habilitadas.
g) Garantizar la existencia de al menos dos urnas en cada uno de los accesos (deben ser recipientes de material resistente, con tapa, con suficiente capacidad, no admitiéndose el uso de bolsas) donde los porteros deberán introducir los talones de las entradas.   Estas urnas, al momento de efectuarse la recaudación, deberán ser puestas a disposición del Representante y/o Auditor.   La falta de existencia de urnas o su existencia en número menor al señalado dará lugar a la aplicación de una multa equivalente al valor de diez (10) entradas generales por cada urna faltante.   En caso de reincidencia se aplicará: a la primera vez el doble de la sanción fijada por cada urna faltante, a la segunda vez el doble de lo apuntado precedentemente y así sucesivamente.   El monto resultante ingresará a la FFBP.
h) Que la cancha esté debidamente marcada, las redes colocadas y en condiciones y que estén colocados los banderines de corners.
i.) Que los vestuarios estén en perfectas condiciones de higiene y seguridad.
j) Poner a disposición del árbitro y los árbitros asistentes los banderines (rojo y amarillo).
k) Prestar colaboración y asistir al personal encargado del control antidóping.
l) Prestar colaboración, asistir y aceptar cualquier orden o sugerencia que pudieran necesitar, solicitar y/o manifestar las autoridades de la Liga y/o el Representante y/o la FFBP.
m) TRES balones NUEVOS que deberán estar a disposición del árbitro en su vestuario, previo al inicio del partido, de la marca reglamentariamente aprobada por el Consejo Federal como balón oficial. 
 
40.- RESPONSABILIDAD DE LA LIGA LOCAL - Es responsabilidad de la Liga cuya Club actúa como local:
a) Ejercer un control directo sobre lo determinado en los incisos del Punto anterior.
b) La confección y habilitación de las entradas para cada partido estará a cargo del club local, las que deberán ajustarse, ineludiblemente, a las exigencias determinadas en los Puntos 41; 42; y, 43.
c) Suministrar al Representante y/o al Auditor el detalle de las entradas habilitadas para cada partido y sus respectivos precios.
d) Atender, colaborar y asistir a la terna arbitral, al Representante y al Auditor.-
 
41.- GASTOS - Todos los gastos de organización (policías, porteros, boleteros, etc.) así como cualquier tipo de impuestos (nacionales, provinciales o municipales) serán absorbidos por el Club local.
 
42.- HORARIO DE LOS PARTIDOS 
El Liga local, deberá comunicar al FFBP y a la Liga de su eventual rival, con no menos de cinco días de anticipación a la fecha prevista para el partido, el horario (DIURNO – NO PODRÁ FIJARSE EL HORARIO DE DISPUTA CON ANTELACIÓN A LAS 11:00 DE LA MAÑANA Y NOCTURNO NO MAS ALLÁ DE LAS 19:30 Hs.) en que habrá de disputarse el mismo, de no obrar en consecuencia la FFPB pasará a fijar el horario del mismo
Conforme lo previsto en el Punto 9, la FFBP se reserva el derecho de efectuar la modificación que crea oportuna respecto del horario.
El Liga local podrá fijar un mismo horario (DIURNO o NOCTURNO) para todos sus partidos, lo cual deberá ser expresamente señalado en su comunicación a la FFBP, no obstante lo cual deberá comunicarse a las Ligas cuyo equipo actúe como visitantes dentro del plazo previsto en el párrafo anterior.
Por cualquier modificación al horario comunicado según lo previsto en el párrafo precedente, el Liga local deberá proceder según lo dispuesto en el párrafo primero.
El incumplimiento a lo antes dispuesto dará lugar a lo previsto en el último párrafo del Punto 9 de este Reglamento.
 
CAPITULO XI- PROTESTAS E IMPUGNACIONES
 
43.- PLAZO - Para protestar y/o impugnar la validez de un partido, la correspondiente denuncia con sus respectivos antecedentes deberá obrar en poder del Tribunal de Disciplina de la FFBP  antes de las 18:00 horas del segundo día hábil siguiente (de lunes a viernes) al de disputado el encuentro.
 
44.- REQUISITOS - Al momento de interponerse la protesta y/o impugnación el recurrente deberá:
a) Acreditar la titularidad de los derechos que le fueron agraviados.
b) Presentar el escrito, por duplicado, detallando claramente los agravios y señalando los normativos transgredidos.
c) Abonar, en concepto de Derechos de Protesta, el equivalente al valor de CIENTO CINCUENTA (150) entradas generales, calculadas al precio mínimo fijado en tal sentido por la FFBP.   Este importe será devuelto al recurrente en caso de resultarle favorable el reclamo y, en caso contrario, será destinado a la Cuenta Gastos de Administración.
 
45.- FALLO - El Tribunal de Disciplina de la FFBP resolverá la situación en forma sumaria, con los elementos de juicio obrantes en su poder o con aquellos que estime necesario, en un todo de acuerdo con las prescripciones contenidas en este Reglamento, en el de Transgresiones y Penas y en el del propio FFBP.
El Tribunal de Disciplina de la FFBP resolverá en todos los casos en única y definitiva instancia, destinando al archivo, sin otro trámite, las protestas y/o impugnaciones que no se ajusten a lo dispuesto en el presente Capítulo.
 
46.- Las decisiones del árbitro, en cuanto a la interpretación y/o aplicación de las Reglas de Juego se refiere, no podrán ser motivo de protestas y/o impugnaciones.
 
CAPITULO XII – SANCIONES
 
47.- NO PRESENTACION DE EQUIPO 
           a) Cuando el infractor no se presente a la disputa de UN (1) encuentro, sea en condición de LOCAL o VISITANTE, QUEDA AUTOMÁTICAMENTE ELIMINADO DEL CERTAMEN. 
b) Asimismo dará lugar al reintegro de gastos por parte de la Liga infractor a su ocasional rival, según se indica:
b.1 - Cuando el infractor no se presente a partido en el cual debía actuar como local deberá reintegrar a su ocasional rival los gastos que demandó su traslado, alojamiento y comidas sobre no más de veinte personas. Estos gastos deberán demostrarse con la presentación de los correspondientes comprobantes.
b.2 - Cuando el infractor no se presente a partido en el cual debía actuar como visitante deberá reintegrar a su ocasional rival los gastos que demandó la organización del partido. Estos gastos deberán demostrarse con la presentación de los respectivos comprobantes.
47.1 DE LOS JUGADORES Y MIEMBROS DEL CUERPO TECNICO
a) Aquellos que estuvieran cumpliendo penas por partidos aplicadas por las Ligas en el orden local podrán participar y actuar en el presente torneo. Esta franquicia no alcanza a aquellos infractores que estuvieran cumpliendo penas por tiempo, los que no podrán actuar.
b) La expulsión del campo de juego (tarjeta roja o doble tarjeta amarilla) de jugadores o miembros del Cuerpo Técnico, DARÁ LUGAR EN FORMA AUTOMATICA A LA SUSPENSION PROVISIONAL, hasta tanto se expida el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior.
c) Para la aplicación de sanciones de hasta cuatro (4) partidos de suspensión el Tribunal de Disciplina de la FFBP se expedirá en forma sumaria con los elementos de juicio que estime necesarios. Para la aplicación de sanciones de cinco (5) o más partidos de suspensión el Tribunal de Disciplina procederá a dar vista al imputado, por un plazo perentorio, vencido el cual se dará por decaído el derecho a defensa.
47.2 DE LOS EQUIPOS 
De producirse incidentes provocados por jugadores, miembros del Cuerpo Técnico, Dirigentes, Delegados, Socios y/o la parcialidad de un club, en cualquiera de los dos encuentros eliminatorios que disputen una paraje de equipos y que consecuentemente tales hechos den lugar a la suspensión del encuentro por parte del árbitro, el Tribunal de Disciplina Deportiva de la FFBP sancionará el Club responsable con la perdida de los dos (2) encuentros eliminatorios que conforman la serie.
La misma sanción será de aplicación cuando los jugadores de alguno de los dos equipos incurran en conductas reprochables y/o antideportivas en el desarrollo del encuentro o abandonen el campo de juego en cualquier momento del mismo, cualquiera sea la causal  invocada; y, siempre que el hecho resulte una ventaja a favor de su equipo.
 
48.- JUZGAMIENTO DE INFRACCIONES 
El Tribunal de Disciplina Deportiva de la FFBP, juzgará y resolverá las denuncias, transgresiones y/o infracciones que se cometan en el marco del certamen con sujeción a lo expresamente establecido en este Reglamento, en el de Transgresiones y Penas y en el del propio FFBP.
 
CAPITULO XIII - NOTIFICACIONES
 
49.- Toda notificación a los imputados (vistas, cambios de estadios horarios, etc.) relacionada con todo tipo de situaciones durante el desarrollo del certamen, se efectuará por conducto de la respectiva Liga, la cual asume la total responsabilidad por el cumplimiento de los plazos que por las distintas disposiciones fijara la FFBP y/o el Tribunal de Disciplina del Interior.
Será responsabilidad absoluta de los Clubs afiliados retirar semanalmente de la Secretaría Administrativa de la Liga el Boletín Oficial del Tribunal de Disciplina de la FFBP.  
 
CAPITULO XIV - REGLAS DE JUEGO
 
50.- Los partidos del certamen se disputarán en DOS -2- tiempos de Cuarenta Y Cinco -45- MINUTOS CADA UNO, con una interrupción de QUINCE -15- MINUTOS; asimismo las instituciones podrán efectuar Cinco -5- CAMBIOS DE JUGADORES, realizadas en tres (3) ventanas, no contándose el entretiempo como un de ellas. 
Los partidos del certamen se disputarán con sujeción a las Reglas de Juego  aprobadas por el International Board.
 
CAPITULO XV - SUSPENSION DE PARTIDOS
 
51.- DECISIÓN - La facultad de suspensión de un partido (iniciado o no) en lo que hace a las condiciones del campo de juego es de exclusiva competencia del árbitro, siendo éste el único que podrá determinar si las mismas permiten el normal desarrollo del partido.
 
52.- Club VISITANTE - En caso que por cualquier causa fuere suspendido un partido (iniciado o no) la delegación visitante, con el objeto de disputar el mismo al día siguiente, podrá optar por:
a) Permanecer en la ciudad sede del partido.
b) Volver a su ciudad de origen y regresar al día siguiente a la ciudad sede del partido.
En ambos casos correrá por cuenta del Club visitante los gastos emergentes de la disputa del partido al día siguiente al fijado primitivamente, en lo que a su delegación se refiere.
 
53.- NO PRESENTACION - La no presentación de cualesquiera de los equipos al día siguiente al fijado primitivamente para la disputa del partido, cualquiera sea la argumentación esgrimida, dará lugar a que sea considerado incurso en las previsiones del Punto  47° de este Reglamento.
 
54.- NUEVA SUSPENSION - En caso de disputarse el partido al día siguiente del primitivamente fijado se deberá reconocer:
a) Al Representante designado por la FFBP: Un día más de viático.
b) A la terna arbitral: Un día más de viático a cada integrante de la misma; y,
b.1 - Si en la fecha primitivamente fijada el partido SE INICIÓ y luego debió ser suspendido se les deberá abonar a cada integrante de la misma el 100% de los Aranceles con motivo del partido suspendido y otro 100 % por la prosecución del partido al día siguiente.
b.2 - Si en la fecha primitivamente fijada el partido NO LLEGO A INICIARSE se le deberá abonar a cada integrante de la misma el 50% de los Aranceles con motivo del partido suspendido y otro 100% por la disputa del mismo al día siguiente; dejándose debidamente establecido que el presente Punto solo será de aplicación siempre y cuando la terna arbitral no sea de procedencia local. 
 
55.- En caso de no poder disputarse el partido ni el día primitivamente fijado ni al día siguiente, el mismo quedará temporalmente suspendido hasta tanto la FFBP fije una nueva fecha para su disputa.
En este supuesto, inmediatamente de quedar firme la suspensión temporal, el Club local deberá abonar a la terna arbitral y al Representante designado:
a) Al Representante designado: Los gastos comunicados por la FFBP (Punto 30) y un día más de viáticos.
b) A la terna arbitral: Los gastos de traslados y viáticos comunicados por la Liga y un día más de viáticos, para el caso que opten por solicitar árbitros de otra Liga. 
b.1 - El 100 % de los Aranceles si, en la fecha primitivamente fijada el partido SE INICIO y luego debió ser suspendido o sólo el 50% si el mismo NO LLEGO A INICIARSE.
b.2 - Además de lo establecido en el apartado b.1 anterior, el 100% de los Aranceles si al día siguiente del primitivamente fijado el partido SE INICIO o PROSIGUIO y luego debió ser suspendido o sólo el 50% si el mismo NO LLEGO A INICIARSE o REINICIARSE.
 
56.- En ocasión de llevarse a cabo el partido completo o su prosecución en la nueva fecha fijada por FFPB, la Liga a la cual pertenecen los árbitros deberán entregar a los mismos un nuevo nombramiento.
El importe resultante de lo señalado en los incs. a) y b) del Punto 55° y del párrafo primero de este Punto deberá ser deducido de la Recaudación Bruta que se obtenga al momento de disputarse el partido en la nueva fecha programada.
 
CAPITULO XVI - VARIOS
 
57.- SITUACIONES NO PREVISTAS - Toda situación que pudiera surgir y que no se encontrara prevista en el presente Reglamento será resuelta a su leal saber y entender por las FFBP.
 
58.- ACEPTACION - Todos los participantes, desde el momento de su integración y actuación en el certamen, aceptan y se comprometen a cumplir todas las previsiones contenidas en el presente Reglamento, como así también en las disposiciones complementarias y toda otra resolución que se dicte dentro de las atribuciones contempladas en el mismo.
 
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Sábado 09 de abril de 2022, 11:56

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JuanJo · Jueves 05 de mayo de 2022, 12:46 · Citar

cuando se van a dignar a subir resultados.

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