Las sanciones y el fallo
AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETIN OFICIAL N° 72/22 – 23/09/22
EXPEDIENTE N° 4708/22 - TORNEO JUVENIL SUB 15 REGION CENTRO
NOMBRE Y APELLIDO LIGA CLUB SANCION ARTICULO
PEREYRA TORRES, FEDERICO RIO TERCERO ATLETICO RIO TERCERO 1 PART. 154
BARTOLONI, RAMIRO JESUS VILLA MARIA ALUMNI 1 PART. 154
RODRIGUEZ, LAUTARO VILLA MARIA ALUMNI 1 PART. 154
EXPEDIENTE N°4709/22
Club Gimnasia y Tiro (Nueva Orán) s/ Apelación c/ Resolución del
Tribunal de Disciplina de la Liga Regional de Fútbol del Bermejo (Salta).
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de Septiembre de 2022.-
VISTO:
Que, llegan a este Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior, las
actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por los Sres.
Ramón Martin Tognini y Oscar J. Layampa, invocando en carácter de
prosecretario y presidente respectivamente, del Club Gimnasia y Tiro de
San Ramón de la Nueva Orán, afiliado a la Liga Regional de Fútbol del
Bermejo, Provincia de Salta, contra el fallo emitido por el Tribunal de
Disciplina Deportiva de la citada Liga, publicado en el Boletín N° 22 de
fecha 02/09/22 Exp 098/22.
El recurrente cumplió con el arancel de Pesos cuarenta mil ($
40.000,00.-), establecido por el Presidente Ejecutivo del Consejo
Federal del Fútbol de AFA, en el Despacho nro. 12.603.
CONSIDERANDO:
Que, atento a la presentación que da inicio a las presentes actuaciones,
se corrió traslado a la Liga Regional de Fútbol del Bermejo, la cual
remitió los antecedentes del fallo recurrido.
De la imposibilidad de este Tribunal de analizar el recurso interpuesto
en fecha 19/09/22, como lo indica el sello de mesa de entrada de la Liga
de origen bajo el Expediente Nº 111/22, por adolecer del cumplimiento
de requisitos formales esenciales, atento a que el mismo fue planteado
fuera de término, a tenor de lo normado por el art. 73 del Reglamento
General del Consejo Federal, por cuanto la resolución del a quo es de
fecha 02/09/2022.
RESULTADO:
Que, lo expuesto en los considerandos resulta suficientemente claro,
para no considerar la presentación efectuada por el Club Gimnasia y
Tiro de San Ramón de la Nueva Orán, afiliado a la Liga Regional de
Fútbol del Bermejo, Provincia de Salta, contra el fallo emitido por el
Tribunal de Disciplina Deportiva de la citada Liga, publicado en el
Boletín N° 22 de fecha 02/09/22 Exp 098/22, por haberse presentado
fuera de termino.
Por lo expuesto, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior.
RESUELVE:
1º) Rechazar “in limine” el Recurso de Apelación deducido por el Club
Gimnasia y Tiro de San Ramón de la Nueva Orán, afiliado a la Liga
Regional de Fútbol del Bermejo, Provincia de Salta, contra el fallo
emitido por el Tribunal de Disciplina Deportiva de la citada Liga,
publicado en el Boletín N° 22 de fecha 02/09/22 Exp 098/22, por
extemporáneo (Arts. 32, 33 RTP y Art. 73 RGCF).
2º) Destinar a la cuenta de gastos administrativos el importe depositado
por el apelante (Art. 73 del RGCF).-
3°) Comuníquese, publíquese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP).-
MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo Beacon.
Viernes 23 de septiembre de 2022, 20:42