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Tribunal de Disciplina

Sanciones del Torneo Federal A, Regional Juvenil y fallos

AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETIN OFICIAL N°52/23 – 31/08/23

EXPEDIENTE N° 4880/23 – TORNEO FEDERAL “A” 2023

CIUDAD AÚTONOMA DE BUENOS AIRES, 31 DE AGOSTO DE 2023.-
NOMBRE Y APELLIDO LIGA CLUB SANCION ART
BREZZO, PATRICIO (CT) TRELEW GERMINAL 1 PART. 186 Y 260
CAPELLO, DARIO (CT) SAN FRANCISCO SP. BELGRANO 1 PART. 186 Y 260
HERTEL, LEONARDO B. BLANCA V. MITRE 1 PART. 287 5
IGARTUA, ALEJANDRO TANDIL SANTAMARINA 1 PART. 207
LOPEZ, JULIO FORMOSA SOL DE AMERICA 3 PART. 200 A 7
LOVOTTI, FABRICIO SAN NICOLAS DEF. DE BELGRANO 3 PART. 200 A 1
MOTRONI, JUAN TRELEW GERMINAL 1 PART. 207
ORUE, MAURO SAN FRANCISCO SP. BELGRANO 2 PART. 201 B 1
URBINA, MIGUEL (CT) RESISTENCIA SARMIENTO 1 PART. 186 Y 260
ACUÑA, BRAIAN SAN LUIS ESTUDIANTES 1 PART. 208
CHIQUICHANO, OSCAR FORMOSA SAN MARTIN 1 PART. 208
CRISTALDO PANIAGUA, ERIC POSADAS C. DEL NORTE 1 PART. 208
MEDINA, DIEGO SAN LUIS ESTUDIANTES 1 PART. 208
SANTANGELO, EZEQUIEL B. BLANCA SANSINENA 1 PART. 208
VIVANI, JOAQUIN GRAL. PICO FERRO CARRIL 1 PART. 208

EXPEDIENTE N° 4881/23 – TORNEO REGIONAL JUVENIL CENTRO SUB “15” 2023

CIUDAD AÚTONOMA DE BUENOS AIRES, 31 DE AGOSTO DE 2023.-
NOMBRE Y APELLIDO LIGA CLUB SANCION ART
TORRANZO, DYLAN JAVIER CORDOBA TALLERES 1 PART. 154
MARQUEZ, RODRIGO SEBASTIAN CORDOBA LAS PALMAS 1 PART. 154
ALANIS, SAMUEL ELIAS ATENAS RIO CUARTO 1 PART. 154
RODRIGUEZ RIVERO, JOAQUIN RIO TERCERO ATLETICO 1 PART. 154

EXPEDIENTE N° 4882/23 – TORNEO REGIONAL JUVENIL CENTRO SUB “17” 2023

NOMBRE Y APELLIDO LIGA CLUB SANCION ART
RIVILLI CONTRERA, GEREMIAS CORDOBA RACING 1 PART. 154
AGUILAR, BENJAMIN JESUS MARIA COLON 1 PART. 154
MARIANTONI, SANTIAGO BELL VILLE JUSTINIANO POSSE 1 PART. 154
FARIAS, TOMAS NAHUEL CORDOBA PEÑAROL 1 PART. 154

EXPEDIENTE N° 4883/23

Club Atlético San Martín (El Bañado Valle Viejo, Catamarca) s/ Apelación
c/ Resolución del Tribunal de Penas de la Liga Chacarera de Fútbol,
Provincia de Catamarca.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 31 de Agosto de 2023.-
VISTO:
Que, llegan a este Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior, las
actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por los Sres.
Martín Humberto Soria Savio y Raúl Erasmo Colombo, invocando en
carácter de secretario y presidente respectivamente, del club Atlético San
Martín, Afiliado a la Liga Chacarera de Fútbol, Provincia de Catamarca,
contra la Resolución 048 de fecha 16 de Agosto del 2023, emitida por el
Tribunal de Penas de la citada Liga, por la cual se aplicó al mismo una
multa de dos (2) fechas, de valor entrada reales (precio de venta al público)
de cien (100) y la deducción de nueve (9) puntos.
Los recurrentes cumplieron con el arancel de Pesos cien mil ($
100.000,00.-), establecido por el Presidente Ejecutivo del Consejo Federal
del Fútbol de AFA, en el Despacho nro. 12.641.
CONSIDERANDO:
Que adentrándonos en el tratamiento del recurso, vemos que el plazo en
el que el mismo fue interpuesto se encuentra dentro del término legal,
toda vez que la presentación se efectivizó dentro del término de diez (10)
días de notificada la resolución atacada, conforme al art. 73 del
Reglamento del Consejo Federal, por consiguiente corresponde avocarse
al tratamiento del mismo.
Que, los comparecientes en su presentación expresan que “… el Informe
del Sr. Arbitro y en su ampliación, el informe del Sr. Asistente Deportivo,
NO concuerda con lo aplicado por el Tribunal, porque en el inc. a) b) y c)
del Articulo (80") dice promueva desorden, en este caso, con las pruebas
presentadas (videos) se ve claramente que en ningún momento hubo
desorden. Los que menciona los otros incisos, sobre objetos que
arrojaron, se ve claramente en los videos presentados, que una lata de
humo vacía pasa por detrás de los jugadores que ingresaron al túnel, que
los lleva al vestuarios, el otro objeto que es una caja de cartón que cae de
la tribuna de los hinchas del club San Martín, y supuestamente impacta,
en el jugador Ulises Ciarez del club Obreros de San Isidro, también es
dable mencionar que el Tribunal, en la busca de prueba jamás pidió
Certificado Médico del jugador que en estos caso creemos que
correspondían…”.
Los quejosos concluyen su presentación expresando que “...estamos:
convencido que es un error del Tribunal de Penas al aplicar, en el Articulo
1ro y 2do, en la cual es Sancionado con multa y quita de nueve
(9) puntos a nuestra Institución … estamos mal sancionados, en el
descargo correspondiente, nuestro Club, presento pruebas claras y
precisas de lo sucedido. Entendemos si corresponde la Multa Aplicada,
pero NO la quita de puntos, por cuanto el encuentro ya había finalizado...”.
Se acompañó adjunto al referido informe la siguiente documentación
relacionada con el Expte.: 1) Nota del Club San Martín del Bañado elevada
al Presidente del Tribunal de Penas del interior con la apelación
propiamente dicha de fecha 25 de Agosto de 2023; 2) Comprobante de
Deposito del pago de la Apelación al Tribunal de Penas del Interior; 3)
Copia de la Resolución N° 48/2023 del Tribunal de Disciplina de la Liga
Chacarera de Fútbol la cual impone las sanciones al Club San Martín del
Bañado; 4) Copia del Informe del Asistente Deportivo Guillermo Eduardo
Collantes; 5) Copia del Informe del Arbitro Sr. Mario Baigorri con fecha 25
de Julio de 2023; 6) Copia de ampliación de informe del Arbitro Sr. Mario
Baigorri con fecha 28 de Julio de 2023; 7) Copia de la Planilla de Juego
del Partido Disputado entre el Club San Martin del Bañado vs el Club
Obreros de San Isidro disputado el día 23 de Julio de 2023; 8) Copia de
Nota por pedido de Reconsideración del Club San Martín del Bañado con
fecha 22 de Agosto de 2023; 9) Copia de Descargo voluntario realizado
por el Club San Martín del Bañado de fecha 02 de Agosto de 2023 10)
Video de lo sucedido sobre los incidentes del partido captado por un medio
periodístico de la Provincia denominado "El Esqulu Play"
RESULTANDO:
Que, el fallo dictado por el Tribunal de Penas de la Liga Chacarera de
Fútbol se ajusta a derecho, con la salvedad de la deducción de nueve
(9) puntos, por cuanto de los informes del árbitro y del asistente deportivo,
surge que el partido había finalizado cuando ocurrieron los incidentes.
Que, las conductas tipificadas en el Art. 80 del RTP que traen aparejado
la deducción de puntos, es para los supuestos en que se impidiere la
iniciación del encuentro o su prosecución, lo cual no ocurrió.
Que, por todo ello, por aplicación del principio de tipicidad, que debe estar
siempre a la vista de quienes sancionan y debe siempre ir unido a la
proporcionalidad que debe existir entre la acción y la sanción, corresponde
hacer lugar parcialmente al Recurso de Apelación elevado por el club
Atlético San Martín, revocando la sanción de deducción de nueve (9)
puntos.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,
RESUELVE:
1°) Hacer lugar parcialmente al Recurso de Apelación elevado por el club
Atlético San Martín, Afiliado a la Liga Chacarera de Fútbol, Provincia de
Catamarca, contra la resolución Resolución 048, de fecha 16 de Agosto
del 2023, emitida por el Tribunal de Penas de la citada Liga, revocando la
sanción de deducción de nueve (9) puntos (Arts. 32, 33 y 80 del RTP).
2°) Disponer el reintegro al club Atlético San Martín, del importe abonado
en concepto de Derecho de Apelación (Art. 73 in fine del RGCF).
3°) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP).

MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo Beacon.-

Jueves 31 de agosto de 2023, 19:17

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