/
Tribunal de Disciplina

Las sanciones

AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 28/19 – 02/05/2019

 

EXPEDIENTE Nº 4263/19 – TORNEO FEDERAL “A” 2018/19
APELLIDO Y NOMBRES LIGA CLUB SANCION ART

  • JUNCOS, JOAN ALEXANDER MENDOZA *HURACAN L.HERAS 1 208
  • MALACARNE, LUCAS VIEDMA *SOL DE MAYO 1 208
  • MOLINA, FRANCISCO NAHUEL MAR DEL PLATA *ALVARADO 1 208
  • URQUIZA, EMANUEL N. MAR DEL PLATA *ALVARADO 1 208
  • CORVALAN, GERARDO SAN JUAN *SP. DESAMPARADOS 1 208
  • DEPETRIS, RODRIGO LEONEL MAR DEL PLATA *ALVARADO 1 287 5
  • DAHER, LUIS R. MENDOZA *DEP. MAIPU 1 204

NOTA: Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituídas por su equivalente en valor entradas (Art. 260, segundopárrafo del RTP).
Buenos Aires, 02/05/2019

 

EXPEDIENTE Nº 4261/19 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2019
BUENOS AIRES, 2 DE MAYO DE 2019
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART

  • AVILA, RAMON SAN JUAN COLON 1 PART. 207
  • BIONDINI, FACUNDO (DT) ROSARIO ADIUR 1 PART. 186 Y 260
  • CARRIZO, GASTON CATAMARCA TESORIERI 2 PART. 200 A 1
  • CONTRERAS, FRANCISCO (DT) SGO. DEL ESTERO INDEPENDIENTE 2 PART. 186 Y 260
  • DEMETRIO, AXEL NEUQUEN MARONESE 1 PART. 202 B 2
  • DIAZ MURO, ENZO RIO GALLEGOS BOXING 1 PART. 207
  • DURAN, YAMIL TUCUMAN CONCEPCION F. C. 1 PART. 207
  • ESCOBAR, FACUNDO RESISTENCIA RESISTENCIA CENTRAL 1 PART. 207
  • FRANCES, CLAUDIO CORDOBA LAS PALMAS SUSP. PROV. 22
  • GARCIA, HORACIO (AUX) JUJUY TALLERES 1 PART. 186 Y 260
  • GARCIA, MIGUEL SAN JUAN COLON 1 PART. 201 B 1
  • GOMEZ, CESAR MERCEDES (CTES) COMUNICACIONES 1 PART. 207
  • INSAURRALDE, ALEJANDRO (AUX) RESISTENCIA ESTUDIANTES 1 PART. 186 Y 260
  • JUAN, DARIO TUCUMAN CONCEPCION F. C. 1 PART. 207
  • JUAREZ, SEBASTIAN CORDOBA SAN LORENZO 1 PART. 207
  • MALDONADO, AMILCAR (AUX) LINCOLN RIVADAVIA 1 PART. 205 A Y 260
  • MARAMBIO, RUBEN (AUX) PTO. SANTA CRUZ INDEPENDIENTE 1 PART. 186 Y 260
  • MAYDANA, MARIO (AUX) RESISTENCIA RESISTENCIA CENTRAL 1 PART. 205 A Y 260
  • MONGES, JULIO FIAMBALA DEF. FIAMBALA 2 PART. 200 A 1
  • MORELLINI, GONZALO SGO. DEL ESTERO INDEPENDIENTE 1 PART. 207
  • OLMEDO, MARCELO GRAL. ALVEAR PACIFICO 1 PART. 201 B 4
  • OLMOS, ABEL TUCUMAN AMALIA 1 PART. 207
  • ORELLANA, FACUNDO CORDOBA LAS PALMAS SUSP. PROV. 22
  • PAETZ, FACUNDO (AUX) RESISTENCIA ESTUDIANTES 1 PART. 186 Y 260
  • PEREYRA, JORGE SGO. DEL ESTERO INDEPENDIENTE 1 PART. 287 5
  • PONZI, ABEL LINCOLN EL LINQUEÑO 1 PART. 207
  • RECCHIONI, JOSE (AUX) MENDOZA SAN MARTIN 1 PART. 186 Y 260
  • RETAMOZO, ABEL CORRIENTES FERROVIARIO 1 PART. 207
  • ROSSAROLI, HERNAN (AUX) RIO CUARTO ACCION JUVENIL 1 PART. 186 Y 260
  • RUIZ DIAZ, RAMON CONCORDIA UNION 2 PART. 200 A 1
  • SALVATIERRA, RAMON SGO. DEL ESTERO VELEZ 1 PART. 207
  • SCAGLIARINI, GASTON RIO CUARTO ACCION JUVENIL 1 PART. 186
  • SORIA, GONZALO CORDOBA LAS PALMAS SUSP. PROV. 22
  • SOTO, LAUTARO COLON (ER) ACHIRENSE 2 PART. 200 A 1
  • SPECK, CARLOS RAFAELA LIBERTAD 1 PART. 207
  • TASCATA, PABLO JUJUY LA VIÑA 2 PART. 200 A 3
  • VALDEZ, MATIAS SAN RAFAEL PILARES 1 PART. 207
  • VASSAROTTO, LAUTARO MAR DEL TUYU EL PORVENIR 1 PART. 204
  • VILLALVA, DARIO MERCEDES (CTES) COMUNICACIONES 1 PART. 207
  • ZANUZZI, NICOLAS (AUX) RAFAELA BEN HUR 1 PART. 186 Y 260
  • ANSE, MATIAS FIAMBALA DEF. FIAMBALA 1 PART. 208
  • BARRERA, FRANCO TUCUMAN SP. GUZMAN 1 PART. 208
  • FERNADEZ, JUAN BELL VILLE SARMIENTO 1 PART. 208
  • GOMEZ, LUIS RESISTENCIA RESISTENCIA CENTRAL 1 PART. 208
  • HERNANDEZ, LEANDRO C. OLIVIA OLIMPIA JRS. 1 PART. 208
  • LAVAYEN, RICARDO SAN PEDRO (J) ATL. SAN PEDRO 1 PART. 208
  • LOPEZ, CARLOS JUJUY TALLERES 1 PART. 208
  • MEDINA, DIEGO SAN NICOLAS GRAL. ROJO 1 PART. 208
  • PERALTA, EMAUEL SGO. DEL ESTERO COMERCIO 1 PART. 208
  • RIOS, DIEGO RESISTENCIA FONTANA 1 PART. 208
  • RIOS, LEONEL MAR DEL TUYO EL PORVENIR 1 PART. 208
  • SAAVEDRA, JOSE TUCUMAN CONCEPCION F. C. 1 PART. 208
  • SALAS, SEBASTIAN CORDOBA SAN LORENZO 1 PART. 208
  • SEGUNDO, BRANDON TRELEW J. J. MORENO 1 PART. 208
  • SILVA, JAVIER CORDOBA LAS PALMAS 1 PART. 208
  • VALENTE, GASTON COLON (ER) ACHIRENSE 1 PART. 208
  • VILLAREAL, GONZALO ESCOBAR MALVINAS 1 PART. 208

NOTA: En las sanciones que anteceden se aplicó el Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
VISTA:
CLUB LAS PALMAS (CORDOBA).
FRANCES, CLAUDIO (CLUB LAS PALMAS -CORDOBA).
ORELLANA, FACUNDO (CLUB LAS PALMAS -CORDOBA).
SORIA, GONZALO (CLUB LAS PALMAS - CORDOBA).

 

EXPEDIENTE Nº 4196/19 - TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2019
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de mayo de 2019.
VISTO:
La denuncia presentada por el Club Central Córdoba de Frías, Pcia. de Santiago del Estero, por hechos acaecidos en el vestuario que se le asignara a dicho equipo en el partido que disputó en fecha 24 de Febrero del año en curso por el Torneo Federal Regional Amateur en cancha del Club Comercio Central Unidos, contra el conjunto local; y
CONSIDERANDO:
Que dicha denuncia fue ingresada a este Consejo Federal del Fútbol Argentino en fecha 01 de marzo del corriente año, conforme surge del correspondiente sello fechador inserto en presentación de fs. 1 de autos, y se basa en una nota fechada el día 28/02/2.019, por lo que fue presentada por el denunciante de modo extemporáneo, a tenor del plazo establecido por el art. 1 del RTP, que fija en tres días el término para deducir denuncias por quien se considere con derecho a ello ; y
RESULTANDO:
Que en el particular no media ninguna de las causales de excepción que prevé dicha norma para ampliar el plazo en razón de la distancia, ya que dicho extremo fáctico resulta de imposible verificación si se considera que todas las denuncias y demás presentaciones por ante este Tribunal se realizan por vía informática, como que de hecho la sub examine lo fue por ese conducto.
En virtud de ello corresponde aplicar en el particular lo taxativamente normado por el párrafo in fine de dicho art. 1 del RTP y proceder al archivo de la denuncia de que se trata, conforme lo prevé dicha norma.
Por lo demás, según consta en documentación adjunta a la presentación ante este Tribunal, el Club perjudicado interpuso –a su vez-denuncia penal ante la Policía y Justicia Ordinaria de Santiago del Estero, por lo que dicha Entidad podrá en el futuro realizar una eventual nueva presentación ante este Tribunal, en la medida que la misma derive procedente a las resultas de dicha investigación policial-jurisdiccional.
Por ello, el TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR, RESUELVE:
1°) Archivar por extemporánea la denuncia presentada por el Club Central Córdoba de Frías a través de los autos del rubro (art. 1 del RTP).
2°) Comuníquese, publíquese y archívese.

 

EXPEDIENTE Nº 4265/19 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2019
Buenos Aires, 24 de abril de 2019.
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 28/04/2019 en el encuentro disputado entre los clubes Independiente (Sgo. del Estero) y su similar el Club Instituto Deportivo (Sgo. del Estero), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del Club Independiente la suma de $ 15.050,00.
CONSIDERANDO
Que, el art. 33° del Reglamento del Certamen establece claramente el mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las previsiones establecidas en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina, RESUELVE:
1°) - INTIMAR al Club Independiente (Sgo. del Estero), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL 06/05/2019 (Art. 33° del Reglamento del Certamen), para que proceda a dar cuenta, en forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $ 15.050,00, que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el 28/04/19 con el Club Instituto Deportivo.
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total de la deuda reclamada, el Club Independiente, quedará AUTOMATICAMENTE SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento (remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y, simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.

MIEMBROS PRESENTES: Dr. Antonio Raed; y Dr. Pablo Iparraguirre.

 


AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 29/19 – 03/05/2019

EXPEDIENTE Nº 4266/19 – TORNEO SELECCIONES SUB “15” 2019
BUENOS AIRES, 03 DE MAYO DE 2019
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
PADIN DIETRICH, FACUNDO OLAVARRIA ESTUDIANTES 1 PART. 154
DADEA, FRANCO PERGAMINO DOUGLAS HAIG 1 PART. 154

MIEMBROS PRESENTES: Dr. Antonio Raed; y Dr. Pablo Iparraguirre.-

Jueves 02 de mayo de 2019, 18:28

Se informa a los visitantes de Ascenso del Interior que los comentarios serán visibles una vez aprobados por el moderador y que no será publicado ningún comentario que contenga insultos, amenazas, agresiones o denuncias anónimas. Muchas Gracias.
¿No tenés Facebook? Ingresá tu comentario continuación:
Nombre:
Comentario:
 
  Por favor ingresá el texto de la imagen: