PERALTA MAIZAREZ, JOAQUIN E. CORDOBA TALLERES 1 PART. 154
MANZANO BOCCO, SANTINO RIO TERCERO ATLETICO 1 PART. 154
QUIROGA, IGNACIO VALENTIN RAFAELA 9 DE JULIO 1 PART. 154
GARCIA FAGNOLA, MAXIMILIANO RAFAELA 9 DE JULIO 1 PART. 186 Y 260
CABALLERO, MARTIN RAFAELA 9 DE JULIO 1 PART. 154
BERTHOTL, MILTON RAFAELA 9 DE JULIO 1 PART. 154
GRE, MATIAS VILLA MARIA ALUMNI 1 PART. 154
CERUTTI ACOSTA, MIRKO JOSE RIO TERCERO ATLETICO 1 PART. 154
HERRERO, MATIAS RAFAELA BEN HUR 1 PART. 154
BUFFA, MARTIN RAFAELA BEN HUR 1 PART. 154
AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETIN OFICIAL N°20/23 – 20/04/23
EXPEDIENTE N°4822/23 - TORNEO FEDERAL “A” 2022
CIUDADAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, 20 DE ABRIL DE 2023
NOMBRE Y APELLIDO LIGA CLUB SANCION ARTIÍCULO
BARRERA, LEANDRO SAN JUAN PEÑAROL 2 PART. 186
BASSANI, JAQUIN MAR DEL PLATA C. DEPORTIVO 3 PART. 200 A 7
BRIZUELA, JUAN (CT) FORMOSA SOL DE AMERICA 1 PART. 186 Y 260
CAPRINI, SAMUEL (CT) SALTA C. NORTE 1 PART. 186 Y 260
FREDES, HERNAN SAN LUIS J. U. INIVERSITARIO 3 PART. 200 A 11
GALVAN, GALVAN (CT) VIEDMA SOL DE MAYO 1 PART. 186 Y 260
GIACCAGLIA, EZEQUIEL (CT) SALTA G. Y TIRO 1 PART. 186 Y 260
GONZALEZ OLIVERA, IGNACIO SAN JUAN PEÑAROL 2 PART. 201 A
HUICHULEF, JUAN VIEDMA SOL DE MAYO 1 PART. 207
LOPEZ, CRISTOPHER VIEDMA SOL DE MAYO 1 PART. 204
MARTINEZ, MARIO (CT) TRELEW GERMINAL 1 PART. 186 Y 260
TOLEDO, ALEJANDRO B. BLANCA OLIMPO 1 PART. 207
VALDEBENITO, ADAN (CT) VIEDMA SOL DE MAYO 1 PART. 186 Y 260
EXPEDIENTE N°4822/23 - TORNEO FEDERAL “A” 2023
Buenos Aires, 20 de Abril de 2023.
VISTO:
La nota elevada por los Sres. Horacio Echeverria y Alfredo Gerónimo
Dagna, en carácter de secretario y presidente respectivamente del Club
Olimpo (Bahía Blanca), solicitando se revea la expulsión del jugador
Alejandro Daniel Toledo, en el partido correspondiente a la 6ta. fecha
Zona "1", Etapa Clasificatoria del Torneo Federal “A” edición 2023/24,
disputado el 16 de Abril del presente año, versus el club Liniers de
Bahía Blanca, especialmente en la primer tarjeta amarilla y
consecuentemente el jugador en cuestión no sea suspendido y pueda
jugar el próximo partido de forma normal, acreditando una sola tarjeta
amarilla; y,
CONSIDERANDO:
Que los comparecientes manifiestan que “...nos dirigimos a Uds. a fin de
informales que en el partido disputado durante el día de ayer domingo
16 de abril del corriente frente al Club Liniers, jugado en el estadio de
este último, fue expulsado por doble amarilla nuestro Jugador Toledo
Alejandro DNI 36535915. Al respecto quisiéramos informar que
adjuntamos videos para que se vea claramente que al comienzo del
partido fue agredido primero por el Jugador Nº 5 del Club Liniers, Lefinir
Franco, con un codazo en la cara (se adjunta foto probatoria) que el
árbitro no pudo dejar de ver conforme al video que adjuntamos y que
dejó pasar sin ninguna sanción. Acto seguido, en un nuevo saque del
banda, favorable para el Club Olimpo, el jugador Nº 6, Giménez Carlos,
lo vuelve a agredir a nuestro jugador, con otro codazo en la cara
provocándole otro golpe en el ojo que generó un sangrado. Nuestro
Jugador le protesta al árbitro, mostrándole la sangre en la mano, y este
le responde "te lo hiciste vos mismo" y lo amonesta. Por lo cual decimos
que esta tarjeta además de injusta es inválida, produciendo para
nuestro equipo un perjuicio importante dado que en otro saque de
banda a los 10' de juego, nuestro Jugador Toledo, disputa una pelota
tocando con el hombro a un jugador de Liniers, éste cae al piso y el
Juez estando de espaldas no ve la acción, ante las airadas protestas de
los jugadores de Liniers el árbitro consulta al Juez de Línea y este sin
haber visto la jugada saca segunda amarilla a nuestro Jugador.
Obsérvese que esto condicionó no solamente el resultado del partido
sino la expulsión de uno de nuestros jugadores más importantes y
titulares de nuestro equipo sin ningún tipo de justificación. Por todo lo
ante expuesto, solicitamos que se revea la expulsión, especialmente en
la primer tarjeta amarilla (adjuntamos documentación) y el Jugador en
cuestión no sea suspendido y pueda jugar el próximo partido de forma
normal, acreditando una sola tarjeta amarilla...”.
Los dirigentes acompañan adjuntos a la presentación, dos videos de los
jugados cuestionadas.
Que el árbitro del partido de referencia Sr. Álvaro Gastón Carranza, en
el informe correspondiente sobre la expulsión de Toledo nos hace
saber: “…Expulsado del juego por dos tarjetas amarillas (primera en 8
min, Desaprobar con palabras o acciones, y la segunda en 11 min,
Conducta antideportiva)...”.
Que, sobre el tema traído a estudio el reglamento del torneo en su Art.
69 establece expresamente que “Las decisiones del árbitro, en cuanto a
la interpretación y/o aplicación de las Reglas de Juego se refiere, no
podrán ser motivo de protestas y/o impugnaciones”.
RESULTANDO:
Que, es jurisprudencia de este Tribunal de Disciplina, que los informes
elaborados por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en
ellos se consigna, y qué sólo mediante el aporte de medios probatorios
directos en contrario -lo que no ha ocurrido en autos-, puede
desacreditarse ese valor.
La autoridad del encuentro es el árbitro y se presume la legalidad de
sus actos hasta que se demuestre su error, de otra manera no podría
sustanciarse ningún proceso administrativo deportivo.
Que, lo expuesto en los considerandos resulta suficientemente claro,
para no considerar la presentación efectuada por el Club Olimpo de
Bahía Blanca, contra la determinación del Sr. Carranza de expulsar al
jugador Alejandro Daniel Toledo, por cuanto de los videos
acompañados no se aportan elementos probatorios para desacreditar
las decisiones arbitrales.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,
RESUELVE:
1º) Desestimar “in limine” la nota elevada por los Sres. Horacio
Echeverria y Alfredo Gerónimo Dagna, en carácter de secretario y
presidente respectivamente del Club Olimpo (Bahía Blanca), solicitando
se revea la expulsión del jugador Alejandro Daniel Toledo, en el partido
correspondiente a la 6a fecha Zona "1" - Etapa Clasificatoria, del Torneo
Federal “A” edición 2023/24 (Arts. 32, 33 RTP y Art. 69 TF “A”).
2°) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP).
MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo
Beacon.-